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Patrimonio: conjunto de bienes propios de una persona o de una institución, susceptible de estimación económica


Enviado por   •  11 de Julio de 2018  •  Ensayos  •  493 Palabras (2 Páginas)  •  1.138 Visitas

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Patrimonio: conjunto de bienes propios de una persona o de una institución, susceptible de estimación económica. Patrimonio activo: resigna el conjunto de bienes y derechos que componen el activo de una propiedad. Derechos reales: en virtud de lo cual aquello nos pertenece, ya en su totalidad. Dos elementos del derecho real: titular del derecho y objeto de derecho. Derecho de crédito o personal: facultad en virtud de la cual una persona llama acreedor, puede exigir de otra (deudor) entrega de una cosa. Teoría monista de la equiparación del derecho personal al derecho real: gazin afirma que el derecho real es una relación entre una persona como sujeto activo y todas las demás como sujetos pasivos. Teoría monista de la equiparación del derecho real a un derecho personal correlativo de una obligación: planiol niega enfáticamente la posibilidad de que entre y una cosa haya relaciones de carácter jurídico. Sujeto o persona: todo aquel capaz de tener facultades y deberes. Personas jurídicas: físicas (hombre) moral (un sindicato). Articulo22: la capacidad jurídica de las personas físicas se adquiere por el nacimiento y se pierde por la muerte. Artículo 25: personas morales (la nación, estado, municipio). Acepciones del vocablo: larva histrionalis: era una careta que cubria la faz del autor cuando recitaba en escena. Punto de vista ético: persona es el sujeto dotado de voluntad y razón; es decir un ser capaz de proponerse fines libremente y encontrar medios para realizarlos. Los valores según Hartman: son importantes frente a la realidad. Para que las urgencias ideales que de los mismos deriven lleguen a convertirse en fuerzas moderadoras de lo real. Personas físicas: se da el nombre de personas físicas a los hombres, en cuantos sujetos de derecho. De acuerdo con la concepción tradicional, el ser humano, por el simple hecho de serlo, posee personalidad jurídica. Persona física y jurídica: las personas físicas son los hombres y las personas jurídicas todos aquellos sujetos de derecho que no son hombres. Ser individuo: es ser yo y no otro es ser una intransferible, incanjeable, irreductible. La persona autentica: profunda, entrañable, constituye esa instancia única e intransferible de decisión que somos cada uno de nosotros. La persona jurídica: atribuida al individuo se apoya o se funda precisamente en aquellas dimensiones que este tiene en común con los demás. Tesis acerca de la personalidad jurídica de los entes colectivos: autores, Savigny colaborador: windscheid. Savigny dice que persona es todo ente capaz de obligaciones y derechos. Teoría de la ficción: la teoría de la ficción no nos dice cuál es la esencia de aquellos seres: se aleja de la experiencia y desconoce las realidades. Teoría de los derechos sin sujeto: Brinz dice que se dividen en dos en un fin y en un destino los del primer grupo pertenecen a un sujeto, los segundos carecen de dueño. Teoría realista: el realismo jurídico es una doctrina filosófica que identifica al derecho con la fuerza estatal o con la probabilidad asociada a las decisiones jurídicas.

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