Pedro Perez Programacion
pedro20000000013 de Mayo de 2015
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By isabelcruces | Studymode.com
Análisis del Preámbulo Constitucional
En el preámbulo de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (1999) quedaron sentados los motivos o propósitos que orientaron a los constituyentes para establecer los principios fundamentales organizativos del Estado y del sistema político venezolano; es decir, se establecieron claramente las características que definen el Estado venezolano, los valores de la Sociedad Política y los fines sociales que debe perseguir el Estado en orden a garantizar los derechos humanos que, en el se consagran como esenciales. En el mismo se indica que somos "un Estado de Justicia Federal y Descentralizado" destacándose el valor de la justicia, de manera que más que un Estado sometido al derecho, se configura un Estado sometido a la justicia. También se plasmaron los siguientes valores: libertad, independencia, paz, solidaridad, bien común, integridad, convivencia y el imperio de la ley. Valores estos que deben orientar el texto Constitucional en procura de alcanzar los derechos humanos esenciales.
En el Preámbulo se habla de la normativa constitucional. En él se establecen los principios que inspiraron al constituyente y, las orientaciones generales que el mismo siguió en el enunciado y la regulación de las diferentes instituciones. Se expresa también que el autor de la Constitución es el pueblo de Venezuela, cuya potestad deriva del “ejercicio de sus poderes creadores”. A los fines de materializar tal ejercicio, se evocan la protección de Dios, “el ejemplo histórico de nuestro LibertadorSimón Bolívar”, y el heroísmo y sacrificio de los antepasados aborígenes y de quienes forjaron “una patria libre y soberana”. Es decir va dirigido a un pueblo creyente que sigue los principios que se conformaron a través de su historia, representados por la epopeya de los aborígenes, la de Simón Bolívar y la de otros precursores y forjadores de la República.
TÍTULO I
PRINCIPIOS FUNDAMENTALES
Artículo 1. La República Bolivariana de Venezuela es irrevocablemente libre e independiente y fundamenta su patrimonio moral y sus valores de libertad, igualdad, justicia y paz internacional, en la doctrina de Simón Bolívar, el Libertador.
Son derechos irrenunciables de la Nación la independencia, la libertad, la soberanía, la inmunidad, la integridad territorial y la autodeterminación nacional.
Análisis: En su artículo N° 1, establece la doctrina de Simón Bolívar como fundamento (muy esencialmente sintetizada en tres principios fundamentales: unidad regional, independencia plena de todo poder fáctico extranjero, justicia e igualdad).
Artículo 2. Venezuela se constituye en un Estado democrático y social de Derecho y de Justicia, que propugna como valores superiores de su ordenamiento jurídico y de su actuación, la vida, la libertad, la justicia, la igualdad, la solidaridad, la democracia, la responsabilidad social y en general, la preeminencia de los derechos humanos, la ética y el pluralismo político.Análisis: como Venezuela es un país democrático en este artículo se establece la preeminencia de los derechos humanos y el pluralismo político, y que todos tenemos derecho a la vida, la libertad la justica, la igualdad entre otros valores de ordenamiento jurídico.
Artículo 3. El Estado tiene como fines esenciales la defensa y el desarrollo de la persona y el respeto a su dignidad, el ejercicio democrático de la voluntad popular, la construcción de una sociedad justa y amante de la paz, la promoción de la prosperidad y bienestar del pueblo y la garantía del cumplimiento de los principios, derechos y deberes consagrados en esta Constitución.
La educación y el trabajo son los procesos fundamentales para alcanzar dichos fines.
Análisis: en este artículo se establece que el estado tiene como fin primordial defender y hacer cumplir los deberes y derechos de las personas y alguno de estos son el respeto a su dignidad, el ejercicio democrático de la voluntad popular entre otros.
Artículo 4. La República Bolivariana de Venezuela es un Estado federal descentralizado en los términos consagrados en esta Constitución, y se rige por los principios de integridad territorial, cooperación, solidaridad, concurrencia y corresponsabilidad.
Análisis: Por Estado federal descentralizado se ha de entender, de acuerdo a la Constitución, que se debe expresar la voluntad de transformar el anterior Estado centralizado en un verdadero modelo federal con las especificidades que requiere nuestra realidad. Usando palabras claves como Federalismo,descentralización, coordinación, cooperación, solidaridad.
Artículo 5. La soberanía reside intransferiblemente en el pueblo, quien la ejerce directamente en la forma prevista en esta Constitución y en la ley, e indirectamente, mediante el sufragio, por los órganos que ejercen el Poder Público.
Los órganos del Estado emanan de la soberanía popular y a ella están sometidos.
Análisis: aquí se establece como intransferible la soberanía popular (es en el pueblo donde siempre radica el poder constituyente que está siempre por encima del poder constituido, es decir, instituciones y representantes).
Artículo 6. El gobierno de la República Bolivariana de Venezuela y de las entidades políticas que la componen es y será siempre democrático, participativo, electivo, descentralizado, alternativo, responsable, pluralista y de mandatos revocables.
Análisis: en este artículo se hace énfasis que antes de que cualquier ente ocupe un cargo político debe pasar por un proceso electivo, es decir que antes de que una persona sea presidente, gobernador o alcalde debe pasar por un proceso de elecciones donde el pueblo lo elija de forma democrática.
Artículo 7. La Constitución es la norma suprema y el fundamento del ordenamiento jurídico. Todas las personas y los órganos que ejercen el Poder Público están sujetos a esta Constitución.
Análisis: en este artículo se establece que todas las personas y órganos que ejerzan un poder público deben cumplir con las normas de esta constitución y estar sujetos a ella.
Artículo 8. La bandera nacional con loscolores amarillo, azul y rojo; el himno nacional Gloria al bravo pueblo y el escudo de armas de la República son los símbolos de la patria.
La ley regulará sus características, significados y usos.
Artículo 9. El idioma oficial es el castellano. Los idiomas indígenas también son de uso oficial para los pueblos indígenas y deben ser respetados en todo el territorio de la República, por constituir patrimonio cultural de la Nación y de la humanidad.
TÍTULO II
DEL ESPACIO GEOGRÁFICO Y LA DIVISIÓN POLÍTICA
Capítulo I
Del Territorio y demás Espacios Geográficos
Artículo 10. El territorio y demás espacios geográficos de la República son los que correspondían a la Capitanía General de Venezuela antes de la transformación política iniciada el 19 de abril de 1810, con las modificaciones resultantes de los tratados y laudos arbitrales no viciados de nulidad.
ANALISIS: El Territorio: Puede entenderse como la delimitación territorial donde un Estado ejerce y dispone su autoridad mediante una autoridad legítima. El territorio venezolano es, como lo establece el artículo 10 de la Constitución "los que correspondían a la Capitanía General de Venezuela antes de la transformación política iniciada el 19 de abril de 1810, con las modificaciones resultantes de los tratados y laudos arbítrales no viciados de nulidad..."
El territorio constituye una unidad jurídica, puesto que todo el territorio forma parte de lo que se conoce como República Bolivariana de Venezuela.
Artículo 11. La soberanía plena de la República se ejerce en losespacios continental e insular, lacustre y fluvial, mar territorial, áreas marinas interiores, históricas y vitales y las comprendidas dentro de las líneas de base recta que ha adoptado o adopte la República; el suelo y subsuelo de éstos; el espacio aéreo continental, insular y marítimo y los recursos que en ellos se encuentran, incluidos los genéticos, los de las especies migratorias, sus productos derivados y los componentes intangibles que por causas naturales allí se encuentren.
El espacio insular de la República comprende el archipiélago de Los Monjes, archipiélago de Las Aves, archipiélago de Los Roques, archipiélago de La Orchila, isla La Tortuga, isla La Blanquilla, archipiélago Los Hermanos, islas de Margarita, Cubagua y Coche, archipiélago de Los Frailes, isla La Sola, archipiélago de Los Testigos, isla de Patos e isla de Aves; y, además, las islas, islotes, cayos y bancos situados o que emerjan dentro del mar territorial, en el que cubre la plataforma continental o dentro de los límites de la zona económica exclusiva.
Sobre los espacios acuáticos constituidos por la zona marítima contigua, la plataforma continental y la zona económica exclusiva, la República ejerce derechos exclusivos de soberanía y jurisdicción en los términos, extensión y condiciones que determinen el derecho internacional público y la ley.
Corresponden
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