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Rama transporte de combustibles líquidos


Enviado por   •  19 de Noviembre de 2012  •  Ensayos  •  382 Palabras (2 Páginas)  •  325 Visitas

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Rama transporte de combustibles líquidos

5.5.1. Conductor de la especialidad. Es toda persona que conduzca los vehículos afectados al Transporte de Combustibles líquidos, de cualquier tipo, siendo sus funciones:

a) Estacionar el vehículo en el lugar que se le indique en la planta de despacho de las Empresas proveedoras de combustibles y verificar que se cargue el producto que corresponda según la orden respectiva, el nivel de engrase de cada cisterna, que los precintos hayan sido colocados y que la válvula quede cerrada:

b) En las operaciones de descarga procederá a cumplimentar lo dispuesto en el Item 3.1.1. Dada la naturaleza de la actividad y la pluralidad de las tareas que realizan, según lo especificado en los incisos precedentes los conductores percibirán un plus o adicional del quince (15%) por ciento sobre el básico del chofer de primera categoría, establecido en el presente Convenio Colectivo de Trabajo el cual formará parte integrante del mismo a todos sus efectos.

5.5.2. Cuando se realice el transporte de asfalto o cualquier producto que para su descarga necesitare el calentamiento del mismo con los equipos incorporados en la unidad, percibirá un (1) jornal por cada viaje que realice ésta operación, sin perjuicio de lo previsto en la presente Convención Colectiva de Trabajo.

5.5.3. Operador de bomba. Los operarios de equipo de bombeo afectados a la carga y descarga de: embarcaciones, aeronaves, transferencia de camión a depósito o viceversa percibirá los salarios previstos para la categoría de encargados.

5.5.4. Elementos de protección. El Empleador proveerá a los conductores de información escrita sobre las medidas de seguridad que deben adoptar éstos en el transporte de combustibles líquidos, así como de instrucciones escritas acerca de la forma de como deben proceder en caso de siniestro. Ambas informaciones deberán estar siempre en la cabina de los vehículos. El empleador proveerá al conductor de los guantes y demás vestimenta apropiada para la operación de descarga adecuada al clima de cada lugar.

5.5.5. Conductor de distribución agraria. Será considerado en esta categoría y encuadrado a todas las disposiciones del presente Convenio Colectivo de Trabajo, el personal que se dedica a la distribución de combustibles líquidos y/o combustibles livianos o pesados derivados del petróleo, dedicado a la distribución de esos productos en las zonas agrarias ajustando sus retribuciones y recargos a lo previsto en la presente Convención Colectiva de Trabajo.

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