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Resumen: Directiva sobre seguridad laboral

orlandorengifo27 de Abril de 2014

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Salud y seguridad en el lugar de trabajo: normas generales

La Unión Europea (UE) adopta un conjunto de normas básicas para proteger la salud y la seguridad de los trabajadores. Por ello, la presente Directiva establece obligaciones para los empresarios y los trabajadores, principalmente con el fin de limitar los accidentes de trabajo y las enfermedades profesionales. La Directiva también debe permitir mejorar la formación, la información y la consulta de los trabajadores.

ACTO

Directiva 89/391/CEE del Consejo de 12 de junio de 1989 relativa a la aplicación de medidas para promover la mejora de la seguridad y de la salud de los trabajadores en el trabajo [Véanse los actos modificativos].

SÍNTESIS

La presente Directiva establece normas básicas en materia de protección de la salud y la seguridad de los trabajadores *. Las medidas que prevé pretenden sobre todo eliminar los factores de riesgo de enfermedad y de accidentes de trabajo.

Estas medidas se aplican a todos los sectores de actividad, privados o públicos, con exclusión de determinadas actividades específicas propias de la función pública (fuerzas armadas, policía, etc.) y de los servicios de protección civil.

Obligaciones de los empresarios:

Los empresarios * deben garantizar la seguridad y la salud de los trabajadores en todos los aspectos relacionados con el trabajo, incluso si recurren a personas o servicios ajenos a la empresa. Los Estados miembros pueden limitar dicha responsabilidad en caso de fuerza mayor *.

De este modo, el empresario establece medios y medidas de protección para los trabajadores. Se trata de actividades de prevención, de información y de formación de los trabajadores, encaminadas sobre todo a:

evitar los riesgos o gestionar aquellos que no pueden ser evitados;

dar instrucciones adecuadas a los trabajadores favoreciendo las medidas de protección colectivas;

adaptar las condiciones de trabajo, los equipos y los métodos de trabajo teniendo en cuenta las evoluciones técnicas.

Los medios y medidas de protección deben adaptarse en el que caso que se produzcan cambios en las condiciones de trabajo. Además, el empresario debe tener en cuenta el tipo de actividades de la empresa y las capacidades de los trabajadores.

Cuando en el mismo lugar de trabajo están presentes trabajadores de varias empresas, los distintos empresarios cooperan y coordinan sus actividades de protección y de prevención de riesgos.

Además, las actividades de primeros auxilios, de lucha contra incendios o de evacuación de los trabajadores en caso de riesgo grave deben adaptarse al carácter del tipo de actividades y al tamaño de la empresa. El empresario debe informar y formar a los trabajadores que pueden estar expuestos a riesgos de peligro grave e inminente.

El empresario crea un servicio de protección y de prevención en su establecimiento, incluyendo las actividades de primeros auxilios y de respuesta a los peligros graves. Para ello, designa a uno o varios trabajadores formados para garantizar el seguimiento de las medidas o recurre a servicios externos.

La vigilancia de la salud de los trabajadores está garantizada por medidas establecidas conforme a las legislaciones y prácticas nacionales. Todos los trabajadores pueden solicitar una vigilancia de salud a intervalos regulares.

Los grupos expuestos a riesgos o especialmente sensibles deben ser protegidos contra los peligros que puedan afectarles de forma específica.

Consulta de los trabajadores

Los empresarios consultan a los trabajadores y a sus representantes sobre

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