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ACTIVIDADES DE DERECHO EMPRESIARIAL I


Enviado por   •  5 de Mayo de 2013  •  2.007 Palabras (9 Páginas)  •  300 Visitas

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Actividad 1

Estado de Guatemala. Guatemala en su forma de gobierno es un Estado libre, independiente y soberano, organizado para garantizar a sushabitantes el goce de sus derechos y de sus libertades. Su sistema de Gobierno es republicano, democrático y representativo. Guatemala es una República porque tiene una forma de gobierno representativa. Esto quiere decir que las autoridades gobiernan un determinado tiempo en nombre del pueblo al que representan. Por ejemplo, el Presidente y Vicepresidente representan a toda la población del país. Los diputados a la población del departamento o distrito del que provengan y los alcaldes a la población de los municipios a que representan. El sistema de gobierno es democrático porque es el pueblo quien elige libremente a sus representantes para gobernar. Las labores del gobierno se realizan a través de tres organismos o poderes. Cada uno de ellos tiene sus propias responsabilidades y es independiente de los otros. Estos son: el organismo Ejecutivo, el organismo Legislativo y el organismo Judicial. El Estado ejerce plena soberanía, sobre:

a) El territorio nacional integrado por su suelo, subsuelo, aguas interiores, el mar territorial en la extensión que fija la ley y el espacio aéreo que se extiende sobre los mismos;

b) La zona contigua del mar adyacente al mar territorial, para el ejercicio de determinadas actividades reconocidas por el derecho internacional; y

c) Los recursos naturales y vivos del lecho y subsuelo marinos y los existentes en las aguas adyacentes a las costas fuera del mar territorial, que constituyen la zona económica exclusiva, en la extensión que fija la ley, conforme la práctica internacional. El idioma oficial de Guatemala es el español. Las lenguas vernáculas, forman parte del patrimonio cultural de la Nación. Existen muchas en nuestro país.

ESTRUCTURA Y ORGANIZACIÓN DEL ESTADOCAPÍTULO IRÉGIMEN POLÍTICO ELECTORAL Libertad de formación y funcionamiento de las organizaciones políticas. El Estado garantiza la libre formación y funcionamiento de las organizaciones políticas y sólo tendrán las limitaciones que esta Constitución y la ley determinen. Todo lo relativo al ejercicio del sufragio, los derechos políticos, organizaciones políticas, autoridades y órganos electorales y proceso electoral, será regulado por la ley constitucional de la materia. Una vez hecha la convocatoria a elecciones, queda prohibido al Presidente de la República, a los funcionarios de Organismo Ejecutivo, a los alcaldes y a los funcionarios municipales hacer propaganda respecto de las obras y actividades realizadas.

RÉGIMEN ADMINISTRATIVO Artículo 223.- Libertad de formación y funcionamiento de las organizaciones políticas. En este articulo la mayor parte es tener conocimiento de las disposiciones legales que ahora objetan en pleno proceso electoral preestablecido, pretendiendo que se les reconozca un trato de privilegio frente a aquellos otros partidos que en condiciones de igualdad fueron sujetos de su aplicación y que tendería a distorsionar los medios de la selecciones generales ya preestablecidos en la sentencia apelada se hace eco del concepto que de los partidos políticos se tiene en el estado moderno, puesto que es efectivo que la postulación a determinados cargos (Presidencia y Vicepresidencia de la República y diputados) se hace de manera exclusiva por intermedio detales organizaciones de Derecho público, y por éstas o por los comités cívicos electorales para otros. Artículo 224.- División administrativa. Es decir, que no se necesita regulación legal ordinaria para que cobre efectividad inmediata. La República se divide en Departamentos y Municipios, en el artículo indica que la administración que será descentralizada y se establecerán regiones de desarrollo con criterios económicos, sociales y culturales que podrán estar constituidas por uno o más Departamentos para dar un impulso racionalizado al desarrollo integral del país.

Actividad No-. 2

1. Esquematice las etapas de proceso legislativo en Guatemala.

Iniciativa: Se proponen las leyes que deben ser discutidas y aprobadas por el poder legislativo, para la iniciativa de ley está el organismo ejecutivo, la corte suprema de justicia la universidad de san Carlos de Guatemala y el tribunal supremo electoral.

Admisión: corresponde al congreso de la republica admitir o rechazar un proyecto de ley presentado por las personas u organismos que tienen iniciativa.

Dictamen: encargada de hacer el estudio y análisis respectivo de determinada iniciativa de ley emitirá un dictamen relacionado con la misma para posteriormente presentarla al pleno del congreso para su discusión.

Discusión: se observara el procedimiento que prescribe la ley orgánica y de régimen interior del organismo legislativo.

Aprobación: procedimiento que recibe el nombre de votación absoluta, o por la votación favorable de las dos terceras partes del total de los Señores representantes.

Sanción: Aquí la aprobación de ley por el organismo legislativo, aca corresponde al presidente.

Promulgación y publicación: consiste en dar a conocer la ley creada a todos los habitantes del estado, en nuestro medio es mediante la publicación.

Veto: Es la facultad que tiene el presidente de la república para oponerse a la aprobación y no sancionar la ley.

Vigencia: es el tiempo que existe entre la fecha en que se inicia la aplicación de una ley y la fecha de su terminación, fecha de terminación de su aplicación, según el Articulo 180, la ley comienza a regir en todo el territorio nacional ocho días después de su publicación.

2. ejemplifique 2 hechos jurídicos y explique por qué los ha denominado como hechos jurídicos.

2.1 La Muerte: Muerte por varios sucesos en la vida, algunas de las mas conocidas accidentes, muerte cerebral, en una persona cuyo corazón ha dejado de latir y no es capaz de respirar por sí mismo, por lo cual esto demuestra que no es estar muerto. El protocolo utilizado para el diagnóstico de la muerte en este caso es diferente y debe ser aplicado por especialistas en ciencias neurológicas, los denomina hechos porque es un acontecimiento dado de una o de otra manera.

2.2 La declaración de guerra es una declaración formal mediante un documento, que proviene de un Estado hacia otro, donde el primero declara el inicio de hostilidades.

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