ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

AFP HABITAD PERU


Enviado por   •  6 de Enero de 2015  •  817 Palabras (4 Páginas)  •  305 Visitas

Página 1 de 4

AFP HABITAD

Si eliges aportar en el Sistema Privado (AFP), tienes la posibilidad de invertir los ahorros para tu pensión, en cualquiera de los tres Fondos: Fondo tipo 1 (Preservación de Capital), Fondo tipo 2 (Mixto), y Fondo tipo 3 (Apreciación de Capital), dependiendo de la etapa de vida en la que estés, y el nivel de riesgo que estés dispuesto a asumir. Tus aportes son invertidos en instrumentos financieros autorizados, como bonos, acciones, entre otros, en los porcentajes correspondientes a cada fondo.

La importancia de realizar los aportes obligatorios está en que, a lo largo de tu etapa laboral, estás construyendo tu futura pensión.

-Debes aportar obligatoriamente, tanto en AFP como en salud.

-El aporte lo financias de tu remuneración mensual y tu empleador es quien realiza el pago a la AFP.

-El porcentaje a pagar por aporte obligatorio se calcula sobre tu remuneración mensual y depende del esquema de comisión en que te encuentres (Mixta o Por Flujo)

-El aporte obligatorio en AFP Habitat corresponde a un porcentaje de tu remuneración mensual, lo que se compone de la siguiente manera:

*10% Aporte a tu Cuenta Individual para la pensión.

*0,47% Comisión por flujo si estas en Comisión Mixta. (**)

*1.47% si estas en Comisión por Flujo. (Remuneración mensual).

*1,23% Prima de Seguro de Invalidez, Sobrevivencia y Gastos de Sepelio. (*)

Adicionalmente, se descontará del saldo de tu cuenta individual el 1,25% anual por saldo administrado.

-Los aportes obligatorios que realizas se depositan en una Cuenta Individual de Capitalización y su rentabilidad varía según el tipo de fondo que selecciones.

-(*) La prima de seguro no puede ser calculada por un monto superior a la Remuneración Máxima Asegurable.

¿Cuáles son las obligaciones de mi empleador?

• Es deber del empleador descontar de las remuneraciones mensuales los aportes obligatorios, declararlas y pagarlas. Actúa como agente retenedor y pagador de los aportes en la AFP.

• Los aportes obligatorios deben ser pagados por tu empleador dentro de los 5 primeros días útiles del mes siguiente del mes en que se percibieron las remuneraciones.

• Si el empleador se atrasa o no paga los aportes, deberá pagar intereses moratorios de Ley.

¿Cuáles son mis obligaciones?

• Debes preocuparte de revisar que tu empleador pague todos tus aportes y que correspondan a la remuneración mensual informada en tu contrato de trabajo.

• Si eres dependiente, y dejas de trabajar, debes seguir realizando aportes como trabajador independiente, con el fin de continuar ahorrando para tu pensión y no perder los beneficios de cobertura del Seguro de Invalidez, Sobrevivencia y Gastos de Sepelio.

¿Qué otro tipo de ahorro puedo tener en la AFP?

-Puedes tener dos tipos de cuentas adicionales, dependiendo del destino que le quieras dar, y que estas

...

Descargar como (para miembros actualizados)  txt (5.4 Kb)  
Leer 3 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com