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ANALISIS DE EXPEDIENTE 476-2012 del Juzgado de Familia de M. Nieto


Enviado por   •  23 de Diciembre de 2015  •  Resúmenes  •  4.905 Palabras (20 Páginas)  •  225 Visitas

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Entonces que procedo a analizar cada uno de los actos procesales, realizados en  este proceso.

En primer término tenemos la postulación de la demanda, la cual es interpuesta por Ana María Montoya Flores, en contra de su cónyuge Guillermo Martin Pérez Rosas, ante el Juzgado de Familia de la Corte Superior de Justicia de Mariscal Nieto.

Teniendo como pretensión el Divorcio por las causales de Violencia Familiar (Psicológico) y Abandono Injustificado del Hogar Conyugal por más de 02 años consecutivos, con la finalidad de que se declare extinguido el vínculo conyugal con el demandante; acumulando accesoriamente  las pretensiones de TENENCIA y REGIMEN DE VISITAS  de su menor hija Daniela Sofía Pérez Montoya,  la pretensión de Indemnización por Daño Moral estimada en 100 mil n/s .

Los Fundamentos de Hecho de la Demanda son los siguientes:

  1. Señala la demandante que, con fecha 20/07/2002, ha contraído nupcias con el demandado como consta en el  Acta de Matrimonio, expedida por la Municipalidad de JLBR de la ciudad de Arequipa.  Así también que durante el matrimonio han procreado a una menor de nombre Daniela Sofía, que a la actualidad posee 07 años de edad, quien viene cursando estudios, y se encuentra bajo mi tenencia, además de que el demandado viene otorgándole el pago de una pensión mensual de alimentos, la cual ha sido exigida judicialmente.
  2. Sobre los Fundamentos de Hecho que sustentan la causal de Violencia Familiar (psicológico), tenemos que:
  1. Que si bien el inicio de la relación matrimonial ha existido un periodo de comprensión, armonía y unidad familiar, es que durante el año 2006 el demandado a tenido un cambio de actitud,  consistente en ofensas verbales degradantes y humillantes en contra de la demandante. Al tiempo que el demandado sostenía una relación extramatrimonial, con la cual incluso llego a compararme físicamente, teniendo hiriente fijación en el sobrepeso de la demandante, estos episodios han ido en desmedro de la autoestima y amor propio de la demandante. Además de  con el tiempo, el maltrato padecido acreció, ahora acompañado con violencia física, la cual se produjo en fecha 05/07/2008, cuando el demandado lastimo físicamente con un golpe de puño en el oído izquierdo, consecuencia de ello se le ha diagnosticado un cuadro de PERFORACION TIMPANICA TRAUMATICA, de la cual se adjunta CERTIFICADO MEDICO. Es así que de no poder soportar más este tipo de situaciones en Mayo del 2011, denuncio a su cónyuge ante la fiscalía , y que luego de la investigación y el proceso, culmino en una Sentencia FUNDADA, declarando la existencia de Violencia Familiar (Maltrato Psicológico) ejercida por el demandado en contra de mi persona. Adjunto sentencia recaída en el EXP 456-2011
  1. Sobre los Fundamentos de Hecho que sustentan la causal de Abandono Injustificado por más de 02 años Consecutivos, tenemos que:
  1. Que sin mediar aviso alguno, el demandado se retira del hogar el 24/03/2009, llevándose  consigo pertenencias personales, entendiéndose así que este se retira a hacer vida en común con su amante; dejando en total abandono físico y moral a la demandante y su menor  hija.  Adjunto Constancia Policial de Abandono de Hogar de fecha 30/03/2009. Que es por mi actuar y reclamo, que el demandado a acudido a visitar a su hija, todo por bienestar de la misma.
  1. F. de Hechos que sustentan la Tenencia y Régimen de Vistas, tenemos:
  1. Que debido al abandono injustificado por parte del demandado, la demandante ha tenido que repartir su tiempo entre el trabajo, el cuidado del hogar y su menor hija, además  teniendo en cuenta que ha sido en vía judicial en que recién el demandado a cumplido con su obligación de alimentos como padre y que la tenencia de hecho la ejerce la madre, LA TENENCIA DEBE SER CONFIADA A LA DEMANDANTE.
  2. Sobre  el régimen de visitas, solicita que debido a los antecedentes de violencia ejercidos por el demandado, se le niegue el ingreso al domicilio de la demandante puesto que representan una amenaza de agresión latente, teniendo en cuenta el interés superior del menor.
  1. F. Hecho que sustentan la Indemnización por Daño Moral.
  1. Que ha sido en edad temprana (24años) que la demandante ha contraído nupcias, ello teniendo las ilusiones de constituir una familia, por lo que se ha dedicado exclusiva y excluyentemente a su matrimonio y el cuidado de su hija, postergando así su desarrollo profesional como arquitecta.
  2. Que han sido los constantes maltratos, insultos y humillaciones las que han afectado el equilibrio espiritual, emocional y psicológico, como consta en el examen psicológico sobre el que se basa la sentencia de Violencia Familiar. Además de que se ha afectado la integridad física puesto que el golpe de puño, ha causado un daño irreversible del que a la actualidad requiere controles médicos.
  1. En cuanto al Régimen Patrimonial.
  1. Se indica que la recurrente y el demandado han optado por un Régimen de Separación de Patrimonios, mediante Escritura Pública N° de fecha 11/04/2003, por lo que a la actualidad no existe bienes sociales que liquidar.

Los Fundamentos Jurídicos, en los que se ampara la demanda son:

  1. Los 424°, 425° 130° del   CPC.
  2. 333° inc. 2 y 5 (acreditados con Sentencia de Violencia Familiar y Certificado de Abandono de Hogar.
  3. Respecto a la tenencia, el principio de Interés Superior del Niño amparado en CNA, además de los art. 81 y 84 del mismo.
  4. La indemnización por daño moral, amparado en el art. 345-a del CC.
  5. Y el 480° CPC, que el proceso de divorcio se ventilara en proceso de Conocimiento. 481° CPC, por el que se tiene como parte al M. Público.

Los Medios Probatorio ofrecidos.

  1. Partida de Matrimonio expedida por la Municipalidad de JLBR, que acredita el vinculo matrimonial entre la recurrente y el demandado.
  2. Partida de Nacimiento de la menor Daniela SOfia, expedida por la Municipalidad de Mariscal Nieto, que acredita el parentesco de la menor con la recurrente y el demandado.
  3. Copia certificado del Certificado Policial de Abandono de Hogar, que acredita el Abandono injustificado por parte del demandado.
  4. Copia del Certificado Médico, que acredita la existencia de un maltrato físico en contra de la recurrente provocado por el demandado.
  5. La Sentencia dictada en el expediente 456-2011, 1-JPL, que declara la existencia de violencia familiar ejercida por el demandado en agravio de la recurrente.

Anexos

Se ha adjuntado en documentos, cada uno de los Medios Probatorios, además de la Copia legible de DNI, y la Tasa judiciales por Medios Probatorios y notificación (02).

Firma del ABOG que autoriza el escrito y del demandante.

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