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ANALISIS DE LA SENTENCIA T 690 DE 2007


Enviado por   •  6 de Septiembre de 2018  •  Ensayos  •  734 Palabras (3 Páginas)  •  313 Visitas

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ANALISIS DE LA SENTENCIA T 690 DE 2007

HECHOS RELEVANTES:

Un ciudadano se acerca a la Cámara de Comercio de Barranquilla para solicitar información sobre algunos documentos que dicha entidad posee, por tal motivo, la ya nombrada hace entrega de varios de los documentos requeridos por el ciudadano, además, la entidad añade que otra parte de la  información que él solicita, se encuentra disponible en la página de internet de dicha entidad, pero que existen documentos que son de reserva y que como entidad privada están en el derecho de guardar su contenido. Por tal motivo, el ciudadano se dirige a realizar un derecho de petición como lo define la ley, ya que la Cámara de Comercio es una entidad privada que ejerce funciones públicas y que los recursos que poseen se encuentran sujetos a control fiscal.

Después de presentar dos derechos de petición, el usuario asevera que no fueron contestadas satisfactoriamente y que se ve en la obligación de proceder con una tutela en contra de la entidad. Pero aquí podemos observar que el ciudadano se presenta ante la Cámara de Comercio como vocero  de una veeduría ciudadana y como ciudadano y que en el momento en que la entidad solicita los documentos que lo acreditan como tal, no son presentados.

Cabe resaltar que el hecho de que el solicitante no se acreditara como vocero de una veeduría ciudadana, tiene contraindicaciones sobre las pretensiones de éste, ya que busca la entrega de información de las actividades reservadas de esta entidad, que si bien es cierto cumple con funciones de carácter público, es privada.

PROBLEMA JURIDICO:

Se presenta por la no entrega de ciertos documentos de carácter privado por parte de la Cámara de Comercio de Barranquilla al ciudadano, quien insiste en ser vocero de una veeduría ciudadana pero que al momento que la entidad solicita los documentos de acreditación, éste no los da a conocer; teniendo en cuenta que las cámaras de comercio son entidades privadas que excepcionalmente cumplen funciones públicas y que presumen reserva para sus documentos. Ahora como ciudadano particular ejerce su derecho de anteponer una tutela en contra de la entidad, alegando que se le deben ser entregados todos los documentos que solicita. Aquí entonces se coloca en análisis la supuesta violación del derecho fundamental de petición.

REGLA DEL CASO:

Aquí podemos observar que la Cámara de Comercio de barranquilla, no viola el derecho fundamental de petición del tutelante, puesto que la ley aclara radicalmente que las Cámaras de Comercio son de carácter privado que ejercen funciones públicas, que existen documentos que son de carácter privado, particularmente todos aquellos relacionados o generados con ocasión del ejercicio de las funciones privadas propias de estas instituciones, como son por ejemplo, todos los referentes al cumplimiento de actividades típicamente gremiales, o los que atañen al manejo de sus recursos físicos y humanos, así como de los recursos financieros, distintos a los derivados de las tasas relacionadas con el cumplimiento de la función de registro, es importante resaltar que el tema de la reserva de estos documentos se maneja entonces de manera inversa a lo que ocurre con entidades públicas, es decir que todos ellos se entienden protegidos por la reserva constitucional, salvo la existencia de excepciones legales, que como aquellas que establezcan el carácter reservado de un documento público, sean suficientemente expresas.

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