ANTEPROYECTO ENLACES
milagrosaluq12 de Julio de 2015
9.974 Palabras (40 Páginas)202 Visitas
Momento I.
REFLEXION TEORICO-METODOLOGICA SOBRE EL METODO HERMENEUTICO Y TECNICAS DE INVESTIGACION SOCIO JURIDICAS
REFLEXIÒN TECNICO METODOLÓGICO SOBRE EL MÉTODO HERMENÉUTICO Y TÉCNICAS DE SOCIOJURIDICAS
Desde el más remoto origen de los tiempos, los seres humanos siempre se han encontrado con problemas interpretativos. Preguntas de este tipo siempre vamos a escuchar: ¿Qué quiere expresar este lema?, ¿Cuál es el sentido de este texto sagrado?, ¿Cuál es la tesis del autor en esta obra?, ¿Cómo se interpreta esta preceptiva jurídica? son otros y tantos ejemplos de situaciones o problemas que muestran la imprescindible y constante necesidad de: (a) remitir determinados signos a su significado, (b) relacionar
Los signos lingüísticos con el pensamiento, (c) referir el pensamiento con las cosas y (d) llevar a la praxis una metodología o teoría de comprobación, aunque sea elemental, de los significados oscuros en un mensaje humano.
Es necesario emprender la indagación de ese hilo conductor que nos trae el valor de la palabra, pues el mundo es el todo que se construye con palabras y el lenguaje constituye la única expresión integral, absoluta e inteligible de la interioridad del individuo, donde coexiste con el mundo en su unidad ordinaria; es lo que nos acerca a la acepción general de la palabra hermenéutica (Gadamer, 1993).
TECNICA EN LA INVESTIGACION SOCIO-JURIDICA.
La investigación socio jurídica es, en un sentido amplio, es investigación social, esto implica la realización de trabajo empírico o de campo como entrevistas con cuestionarios cuestionario adecuadas para proporcionar datos susceptibles de
tratamiento estadístico, sondeos, encuestas, muestreos estadísticos.
Esta técnica se fundamenta en las premisas epistemológicas del positivismo sociológico y es por lo tanto el conjunto de supuestos epistemológicos e instrumentos metodológicos que se deben utilizar para formular el Derecho, a partir de una concepción fáctica del mismo.
La investigación socio jurídica le proporciona al estudiante una dosis fundamental de antiformalismo y de realidad sociocultural que no adquiere estudiando
El solo derecho positivo, por cuya exclusividad en la enseñanza se termina con una creencia errada sobre la capacidad del derecho, su fuerza e importancia, así como sobre su poder de regulación social.
El derecho como ciencia social abre posibilidades de estudio diversas y fascinantes. Una de esas posibilidades es sin dudad alguna la investigación socio jurídica, que le ofrece al estudiante un campo abierto de investigación, en el que caben desde estudios convencionales sobre la eficiencia de las cortes y juzgados mediante el uso de métodos cuantitativos hasta estudios cualitativos sobre la experiencia de habitantes de zonas marginadas de las ciudades o zonas rurales y también en cuanto a las familias y sus problemáticas en otras palabras los fenómenos Socio-Culturales.
La investigación socio jurídico se expresa en las políticas públicas o en el desarrollo de tecnologías sociales, en las instituciones y la manera como se instituye y a la vez moldean el quehacer cotidiano de la gente. Una sociedad que no es capaz de generar el conocimiento sobre sí misma y el saber hacer de sus instituciones está condenada a desaparecer.
El objeto de estudio de la investigación socio jurídica son las instituciones sociales, aquellas que están relacionadas con la parte jurídica, contempla no solo los sistemas normativos establecidos, de manera formal o informal, o instituciones sociales estrechamente relacionadas con los operadores del derecho y la aplicación de las normas, sino instituciones sociales de igual o de mayor complejidad como la cultura, la economía, la organización estatal, la familia, etc.
Dentro de las técnicas de la investigación socio jurídica, tenemos la técnica de la recogida de datos, el diseño de la investigación, el análisis de datos y la presentación de los resultados.
El desarrollo de una investigación debe de ser de una manera ordenada y sistematizada con la cual nos permita tener todos los datos organizados de tal manera que podamos tener todo a la mano y poder seguir con este proceso sin que haya dificultades en el trabajo.
Para la resolución de problemas de carácter socio jurídico se debe implementar algunas técnicas y métodos de investigación, la hermenéutica es una de ellas, ya que, es el arte de interpretar textos para fijar y determinar su verdadero sentido.
El Derecho como Interpretación:
Hablar de Derecho, es hablar de la interpretación jurídica por ser el único instrumento que va a permitir la autorrealización del que ha de servirse el Derecho. El sistema jurídico se sustenta en lo fáctico, y debe ser capaz de reflejar esa realidad en las reglas jurídicas considerando mecanismos de actualización que permitan la versatilidad y la consonancia con el aspecto axiológico que debe tomarse en cuenta al momento de interpretar los textos jurídicos. Para el profesor Recasens Siches, (1954), citado por Fernández (1995), el tratamiento del Derecho, debe estar impregnado de criterios valorativos y pautas axiológicas, que son dignas y no menos ricas en soluciones jurídicas prácticas, que van a permitir la interpretación de la Ley, dando como resultado una solución más justa y conveniente al problema concreto que se presente.
La interpretación es propia de las ciencias humanas, en las cuales nos afrontamos a una creación subjetiva del espíritu individual, desde el fuero interno, desde su estructura hermenéutica contrastada históricamente. Si se busca el desarrollo crítico de los estudiantes de Derecho, es importante, en palabras de Letizia Gianformaggio (1987) que se tomen en serio a los llamados juristas intérpretes.
En este orden de ideas tenemos que la interpretación para Betti (2006) se centra en el interés que mueve a los juristas intérpretes, no está dirigido al reconocimiento de un sentido inmutable y en sí clausurado, como sucede en la interpretación histórica, sino que tiende a rendir mejores respuestas a las exigencias sociales del nuevo ambiente; para él la interpretación cumple la tarea de darle eficiencia a las leyes y de hacerlas vivir en la realidad histórica y social.
Así mismo, podemos considerar la interpretación como la esencia misma del Derecho, como señala Frosini (1995), el Derecho está ligado a la historia de la interpretación jurídica y entre estos dos mundos intelectivos, se construye, en palabras de Recasens Siches (1961), una alianza tan profunda hasta el punto de considerar, que sin interpretación no existe orden jurídico.
Para Barbero (1967) la sanción de leyes, códigos y reglamentos deben ser cónsonos con la realidad imperante al momento de su promulgación para ser aplicados a los fines de su creación y el estudiante de Derecho, debe entender que éstas leyes, son más que compendios normativos cerrados, que es un sistema, con vida propia y por tanto, no debe limitarse a un trabajo hermenéutico de exégesis.
La exégesis jurídica estuvo influida, según Legaz y Lecambra (1979) por la ideología codificadora y del espíritu racionalista moderno; sin embargo, esta ilusión exegética llega a su extinción, cuando al Derecho le corresponde enfrentarse con la crisis de la modernidad
Contemporáneamente las relaciones entre la interpretación y el Derecho contienen una estructura a la que, se le encarga la tarea de organizar las formas, instituciones y técnicas presentes en la interpretación. Esta estructura es el producto de la congregación de los distintos aportes doctrinales y jurisprudenciales a lo largo de la historia de la hermenéutica jurídica.
Hermenéutica.
El término hermenéutica, del griego hermeneutiqué que corresponde en latín a interpretâri, o sea el arte de interpretar los textos, especialmente los sagrados, para fijar su verdadero sentido, según se señala en (Diccionario Hispánico Universal, 1961) es un término afín al latín sermo, que indica originalmente la eficacia de la expresión lingüística. En consecuencia, la interpretación viene a identificarse con la comprensión de todo texto cuyo sentido no sea inmediatamente evidente y constituya un problema, acentuado, por alguna distancia (histórica, psicológica, lingüística, etc.) que se interpone entre nosotros y el documento.
Esto está relacionado con "Hermes", que en la mitología griega era el mensajero de los dioses y transmitía e interpretaba los mensajes divinos dirigidos a los hombres. Este personaje mitológico se ocupaba en una función mediadora porque era por su intermedio que los mensajes eran interpretados y llegaban a los seres humanos.
La hermenéutica es una actividad interpretativa para abordar el texto oral o escrito y captar con precisión y plenitud su sentido y las posibilidades del devenir existencial del hombre. Comprender entendido como el carácter óntico de la vida humana, con esta visión se analiza concretamente un texto, con su autor, con su propia historia de vida, sus contenidos y sus significados en el contexto del mundo histórico del que procede, en donde el intérprete establece un diálogo con el texto que involucra multiplicidad
de significados, puntos de vista, concepciones dadas por su momento circundante diferente al del texto y al del autor mismo.
Como disciplina.
La hermenéutica
...