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AUTO DE INADMISIÓN


Enviado por   •  3 de Abril de 2014  •  Síntesis  •  470 Palabras (2 Páginas)  •  226 Visitas

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AUTO DE INADMISIÓN PRETENSIÓN POSESORIA PARA LA DEMOLICIÓN DE OBRA, EDIFICIO, ÁRBOL O COLUMNA O CUALQUIER OTRO OBJETO ANÁLOGO EN ESTADO DE RUINA JUZGADO DE DEL DEPARTAMENTO DE - En la ciudad de , Municipio a los días del mes de del año VISTA: La demanda de interdicto de demolición de obra en estado de ruina, presentada en fecha _.. por el señor .

ANTECEDENTES DE HECHO ÚNICO: El Abogado (generales) actuando en su condición de apoderado del señor , solicita se admita la presente demanda de demolición de obra (obra ruinosa) promovida contra el señor(a) (generales).

FUNDAMENTOS DE DERECHO PRIMERO: Examinada la demanda se estima que la parte demandante como su apoderado legal reúnen los requisitos de capacidad, representación y postulación procesal, necesarios para comparecer en juicio conforme a los artículos 61 numeral 1, 62 numeral 2 literal a), 79 numeral 1, del Código Procesal Civil. Asimismo el artículo 81 numeral 1 establece que el poder para pleitos es un documento que se puede otorgar ante el juez o tribunal, mediante comparecencia ante el secretario respectivo o por escritura publica otorgada ante notario. En consecuencia actúa con poder suficiente para ejercitar la presente acción.

SEGUNDO: Vistas las pretensiones formuladas en la demanda este juzgado tiene jurisdicción para conocer de asuntos civiles, igualmente tiene competencia funcional, objetiva y territorial de conformidad a los artículos 24 numeral 1, 29 numeral 1, 32, 34 numeral 1, 400 numeral 1 del Código Procesal Civil .-Por lo que respecta a esta clase de juicios la parto actora, ha cumplido con lo ordenado en los artículos anteriormente relacionados, y procede sustanciar el proceso por los trámites del juicio abreviado de conformidad al artículo 601 numeral 4 del Código Procesal Civil.

TERCERO: El artículo 583 numeral 1 incisos d) y e) establecen que en el escrito de demanda de proceso abreviado se deberá hacer una descripción suficiente de los hechos en que se basa la petición debiendo establecer a la vez una petición clara y precisa en cuanto lo que pretende que el tribunal resuelva.

CUARTO: El Artículo 586 del Código Procesal Civil establece que se dictará auto declarando inadmisible la demanda cuando esta contenga defectos insubsanables, tal como se aprecia en el caso de autos al no haber señalado el demandante una descripción suficiente de los hechos en que funda la misma y no hay claridad ni precisión en la petición planteada (el Juez debe explicar detalladamente cuales son los defectos insubsanables).

PARTE DISPOSITIVA En base a lo anterior, este Juzgado resuelve: PRIMERO: Declarar inadmisible la presente demanda por adolecer de defectos insubsanables, ordénese el archivo de las presentes diligencias sin ulterior desarrollo y devuélvanse los documentos acompañados previo acuse de recibo.- SEGUNDO: Téngase por conferido

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