Actividad 5. Mi código De ética.
Blufo6914 de Agosto de 2013
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Código de ética profesional del administrador
Presentación
Los licenciados en Administración representamos el presente y el futuro de nuestra nación, como elemento vital para lograr el modelo de país al que aspiramos todos los mexicanos. Mediante el código de ética, la profesión declara su intención de cumplir con la sociedad y fortalecer le espíritu del ser humano.
La actuación de nuestros profesionistas debe corresponder a las necesidades de México, por lo que requerimos perfeccionar una ética colectiva e individual acorde con la realidad actual, la acta tecnología globalizada con un enfoque objetivo de los principios y valores de la sociedad, así como de las formas de la producción de bienes y valores de la sociedad, así como de las formas de producción de bienes y servicios para que no se nos identifique con preceptos orientados a atender con verticalidad y transparencia las tareas a la que nos dedicamos.
CAPITULO I
DE LAS NORMAS GENERALES
Articulo 1. Este código rige la conducta y relaciones profesionales del administrador mexicano que reside dentro o fuera del país, así como del administrador extranjero que se desempeñe en el territorio nacional.
Articulo 2. Los administradores normaran su conducta de acuerdo a los preceptos contenidos en este código y cuidaran de observarlos acatando las disposiciones legales vigentes que converjan en su aplicación.
Articulo 3. Los licenciados en administración que tengan otras profesiones tendrán que respetar el contenido de este código, independientemente de que se sujete a otra normatividad producto de su formación personal.
Articulo 4. El administrador utilizara sus conocimientos profesionales, únicamente en labores que cumplan con la moral, las buenas costumbres, y con responsabilidad social.
CAPITILO II
DE LA RESPONSABILIDAD EN EL EJERCICIO PROFECIONAL
Articulo 5. Realizara su trabajo con esmero e integridad, poniendo siempre toda su capacidad, habilidad, atención, cuidado y diligencia para cumplir puntualmente con su responsabilidad profesional.
Articulo 6. Pondrá siempre su mejor empeño para lograr los objetivos y metas que la comunidad, las instituciones públicas, privadas y sociales le encomienden.
Articulo 7. Guardara el secreto profesional de los hechos, datos o circunstancias de que tenga conocimiento como productos de su ejercicio como administrador en todo ámbito de actuación.
Articulo 8. Por ningún motivo proporcionara información incorrecta en beneficio de su organización y en perjuicio de la sociedad.
Articulo 9. Tiene obligación de denunciar ante las autoridades competentes situaciones irregulares y de mal manejo de recursos, independientemente de las consecuencias que esto pueda acarrear a la organización infractora.
Articulo 10. Por ningún motivo ostentará un grada académico que no haya obtenido conforme a lo dispuesto por los planes de estudio aprobados de una institución superior reconocida oficialmente.
Articulo 11. Esta obligado a mantenerse permanentemente actualizado en todas las áreas de la profesión, particularmente en la de su especialidad.
CAPITILO III
DE LO SOCIAL
Articulo 12. El Licenciado en Administración, consiente de su responsabilidad como profesionista, antepondrá los intereses de la sociedad a la cual sirve por encima de cualquier interés particular.
Articulo 13. Será promotor de una cultura de no-violencia con respeto a la dignidad, la justicia y la paz.
Articulo 14. Procurara el mayor provecho para la institución donde presente sus servicios, mediante una administración y coordinación efectiva de los recursos humanos, materiales, financieros y tecnológicos, cuidando que los resultados sean en beneficio de esta, sus trabajadores
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