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Acuerdo 696


Enviado por   •  1 de Junio de 2014  •  439 Palabras (2 Páginas)  •  423 Visitas

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Publica SEP acuerdo 696 para la evaluación en educación básica.

Por: Redacción | Profelandia • 20 de septiembre de 2013 a las 9:09

Con esto quedan sin efectos el acuerdo 648 y 685.

La Secretaría de Educación Pública publicó en el diario oficial de la federación el acuerdo 696 por el que se establecen normas generales para la evaluación, acreditación, promoción y certificación en la educación básica.

Dicho acuerdo señala que será aplicable a todas las instituciones públicas y particulares, así como la educación indígena y migrante.

Señala que la evaluación permanente y continua permite al docente orientar a los alumnos durante su proceso de aprendizaje y además, asignar calificaciones parciales y finales conforme a su aprovechamiento, en relación con los propósitos de los programas de estudio.

Del mismo modo y atendiendo a las mejores prácticas en materia de evaluación de aprendizajes, la Secretaría de Educación Pública del Gobierno Federal determinó implementar un modelo de evaluación que considere lo cualitativo y lo cuantitativo, es decir, que describa los logros y dificultades de los alumnos a la vez que asigne una calificación numérica. Este modelo concibe a la evaluación como parte del proceso de estudio y se apoya fuertemente en la observación y el registro de información por parte del docente, durante el desarrollo de las actividades, lo cual implica:

a) Que el docente planifique actividades para que los alumnos estudien y aprendan;

b) Que los alumnos se den cuenta de lo que han aprendido y de lo que están por aprender;

c) Que se tomen en cuenta los procesos de aprendizaje, no sólo los resultados;

d) Que se consideren las necesidades específicas de los alumnos y de los contextos en los que se desarrollan;

e) Que la información sobre el desempeño de los alumnos se obtenga de distintas fuentes, no sólo de las pruebas;

f) Que se fortalezca la colaboración entre docentes, alumnos, padres de familia o tutores, y

g) Que se actúe oportunamente para evitar el rezago o la deserción escolar.

Que lo anterior conlleva derechos y responsabilidades por parte de quienes participan en el proceso educativo, así como la definición de procesos claros y eficientes de evaluación, acreditación, promoción y certificación de los estudios del tipo básico cursados en el Sistema Educativo Nacional.

El acuerdo entra en vigor el sábado 21 de septiembre y deja sin efectos el Acuerdo Secretarial número 648 publicado en el Diario Oficial de la Federación

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