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Administración Judicial


Enviado por   •  11 de Diciembre de 2021  •  Apuntes  •  3.141 Palabras (13 Páginas)  •  77 Visitas

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28/10/2021

Revisión Solemne 2

1.Tribunales 🡪Garantía y Juicio Oral

Todo ingresa por el de garantía, los de mayor gravedad pasan a oral 🡪5%

Garantía unipersonal, Oral 3 jueces

Garantía uno en cada comuna, oral jurisdicción amplia (tipo gobernación)

2. Querella presentada por un particular 🡪 acompaña al ministerio publico, se pide indemnización

Denuncia presentada por cualquier persona, en carabineros, investigaciones, tribunal

Delito flagrante, al ser descubierto cometiendo el delito 🡪 inmediatamente detenido por 24 hrs.

Ministerio Público formaliza de forma inmediata

3. Se entra en tribunales y a través del poder judicial hay salida

Se delimita a la acusación solamente

Se suspende el plazo de prescripción penal 🡪 post formalización

Se empieza a contar el plazo máximo para investigar y se entrega un plazo para investigar (desde la formalización)

El fiscal pierde el derecho exclusivo de archivar de forma provisional

4.

5. Que se le atribuya un participación en un hecho punible (penal)

No basta solo con la denuncia, se debe practicar una diligencia en contra de la persona (querella, delito flagrante, formalización).

Materia: CONCLUSION DE LA INVESTIGACION

Procedimiento Ordinario

Cerrada la investigación el fiscal puede:

Pedir sobreseimiento: solicita el requerimiento y juez llama a audiencia para ver si va a lugar o no, ante lo cual puede aceptar, sustituir causal, modificar o rechazar.

El querellante pierde la opción de recibir indemnización, ante lo cual puede perder esta opción. Lo que puede hacer es oponerse, o no perseverar. Los antecedentes pasan a autoridad superior de fiscalía (Fiscal Regional)

El juez en audiencia puede pedir que se acuse al imputado y pasar a juicio (caso especial), presenta por escrito la acusación, garantía cita a audiencia. En conjunto preparan la acusación 🡪 preparación de juicio oral (fiscal juez y defensor se ponen de acuerdo) Fiscal y defensor se ponen de acuerdo en el extracto de afiliación, es decir, si tiene condenas. Datos personales.

Actuación del querellante

  1. Adherirse a la acusación del fiscal o acusar particularmente
  2. Señalar los vicios formales de la acusación
  3. Ofrecer prueba
  4. Deducir demanda civil

Actuación del imputado (por escrito)

  1. Señalar los vicios formales de la acusación
  2. Deducir excepciones de previo y especial pronunciamiento
  3. Exponer argumentos de defensa y señalar medio de prueba para el Juicio Oral
  4. Solicitar el Procedimiento Abreviado (Confesar el delito)

Contenido del auto apertura del juicio oral

Señalar tribunal competente para conocer el Juicio Oral (jurisdicción donde se comete el delito)

  1. La(s) acusación(es)
  2. La(s) demanda(s) civil(es)
  3. Las pruebas que deberán rendirse en la audiencia oral
  4. La individualización de quienes deber ser citados al Juicio Oral

Pruebas que no se admiten en el juicio

  1. Las que provienen de actuaciones o diligencias que hubieran sido declaradas nulas
  2. Aquellas obtenidas con inobservancia de garantías fundamentales
  3. Las manifiestamente impertinentes
  4. Las que pretendan acreditar hechos públicos y notorios
  5. Las solicitadas con fines puramente dilatorios

Mecanismos de descongestión del proceso penal

Descriminalización 🡪 No todos son delincuentes, sirve para casos fortuitos, sirve para gente que no ha cometido delito, o cuasidelito

Ampliación de delitos de acción privada (querellante) y acción publica (fiscalía)  previa instancia particular 🡪 Termina una denuncia y llega acuerdo con los involucrados, no todos los delitos son querellables. Por ciertos delitos hay querellas y delitos que no hay querellas, los querellables afectan al patrimonio

  1. Inadmisibilidad de la querella Art. 114🡪 Juez rechaza la querella. (no es delito, presentada fuera de tiempo, no se corrigen los vicios) (Exclusivo del Ministerio Público)
  2. Facultad de no iniciar investigación Art. 168 🡪 (exclusivo del Ministerio Público) Lo denunciado no es delito o que esté prescrito (que haya pasado hace tiempo), no hay intervención del juez de garantía.
  3. Archivo provisorio Art. 167 🡪 En esta etapa ya hay delito, pero no hay antecedentes para encontrar al autor del delito, se archiva hasta que aparezcan nuevos antecedentes, la mayoría de las denuncias en el país quedan en esta etapa. (exclusivo del Ministerio Público) No hay intervención del juez de garantía.
  4. Principio Oportuno Art. 170 🡪 Cuando hay delito que no compromete el interés público de ser resuelto (una pelea entre 2 amigos, la cual puede estar resuelta). Salvo que lo denunciado supere presidio menor en su grado mínimo o que sea un funcionario publico en ejercicio de funciones. Aun no hay intervención de juez de garantía, salvo si el Tribunal de Garantía examina las condiciones que se argumentan.
  5. Plazo acusar no perseverar Art. 248 🡪 Pasada la formalización (plazo para investigar entregado por el juez), fiscalía puede no contar con antecedentes durante la investigación, por lo tanto la persona puede ser sobreseída (no hay impacto en los antecedentes). Ministerio Público solicita esto y tribunal aprueba.
  6. Plazo judicial de cierre de la investigación Art. 247 🡪 Después de iniciada la formalización, a la fiscalía se le puede pasar el plazo de investigación y el tribunal antes esto puede declarar cerrado el caso y sobreseído.
  7. Juicio inmediato Art. 235 🡪 Se presenta la acusación (delito flagrante) y se pasa al juicio oral. Acá se acelera todo el procedimiento.
  8. Suspensión condicional del procedimiento Art. 237 🡪 Acuerdo entre fiscal e imputado se aplica cuando: El delito por el cual se aplica la suspensión no supere los 3 años y 1 día, no tiene que tener antecedentes la persona (no haber sido condenada por crimen o simple delito), no tenga suspensión en otro procedimiento en curso. Puede ser de 1-3 años, durante el periodo de suspensión debe cumplir ciertas condiciones (firma ante carabineros, prohibición de acercase a la victima, entre otros), cumpliendo las condiciones que pide la fiscalía, la causa queda sobreseída. Favorece al imputado por no haber tenido antecedentes. Es decir, no tiene una vida delictual. Si se comete delito, la suspensión se anula y se sigue con el procedimiento, además se sigue la investigación del nuevo delito.

-Arturo Vidal fue sobreseído por suspensión condicional-

  1. Acuerdo Reparatorio Art. 241 🡪 Acuerdo entre el imputado y la victima. Afecta a delitos cuya restitución se puede hacer -bienes patrimoniales- (robo de bicicleta, vidrio de un auto, semáforos), lesiones menos graves o delitos culposos (se cometen sin intención). Debe ser realizado en acuerdo libre (sin presiones). Se realiza entre la formalización y la acusación. La causa de sobresee cuando se paga el daño.
  2. Sobreseimiento Temporal Art. 252 🡪 Resolución de una cuestión civil (terreno usurpado, aunque se debe saber de quien es el terreno), cuando el acusado no se presenta hasta que el acusado sea detenido y puede ser acusado, que el imputado cayere en enajenación mental (mientras no se demuestra hay sobreseimiento temporal).  Esto ocurre entre el cierre de la investigación y la acusación
  3. Sobreseimiento definitivo Art. 250 🡪 Se da cuando el hecho formalizado no es constituido como delito, cuando el acusado es encontrado inocente (durante la investigación), imputado exento de responsabilidad penal (menores o enajenado mentalmente), si la responsabilidad penal se extingue por algún motivo establecido en la ley (5-6-8-9), cuando se investiga algo que tiene una sentencia, se decreta sobreseimiento sobre a segunda acusación.
  4. Procedimiento Abreviado Art. 406 🡪 El imputado reconozca que es el autor de delito, y que el delito no supere los 10 años de presidio (acá hay sentencia). La sentencia no será superior a los 10 años y 1 día y puede obtener beneficios carcelarios. Imputado queda con antecedentes penales.

Simultáneos al proceso

  1. Inadmisibilidad de la querella
  2. Decisión de no iniciar investigación
  3. Archivo provisional
  4. Principio de oportunidad
  5. No perseverar en el procedimiento
  6. Plazo judicial para cierre la investigación
  7. Juicio inmediatamente
  8. Suspensión condicional del procedimiento
  9. Acuerdos reparatorios
  10. Sobreseimiento (temporal o definitivo)
  11. Procedimiento abreviado

Suspensión condicional 🡪 Se da después de la formalización hasta la audiencia de preparación

        Efectos

  1. Durante el periodo fijado no se reanuda el curso de la prescripción de la acción penal (se suspende la prescripción, no suma días)
  2. Durante el periodo fijado se suspende el plazo de 2 años para cerrar la investigación
  3. No se extinguen las acciones civiles de la victima o terceros. Pero si la victima recibe pagos, ellos se imputan a la indemnización de perjuicios que le pueda corresponder. Es decir la Suspensión Condicional del Procedimiento no impide ejercer por vía civil las acciones correspondientes.
  4. Si durante el periodo fijado no se revoca la Suspensión Condicional del Procedimiento, se extingue la acción penal y el tribunal DE OFICIO, debe dictar el SOBRECEIMIENTO DEFINITIVO.

Acuerdos reparatorios 🡪 Acuerdo reparatorio entre acusado y victima, el cual debe ser ratificado por el juez de garantía.

Procedimiento Simplificado

  • Se aplica para las faltas o simples delitos donde el MP no solicite la aplicación de una pena mayor a Presidio o Reclusión menos en su grado mínimo (61 a 540) (Beber alcohol en la vía pública)
  • Se recibe la denuncia por el MP y este solicita al Juzgado de Garantía la citación inmediata a juicio.
  • Se debe proceder a citar a una Audiencia de Procedimiento Simplificado. Las partes deben concurrir con todos sus medios de pruebas.
  • Una vez rendida la prueba el tribunal dicta sentencia.
  • El juez en la sentencia puede suspender la aplicación de la pena por un plazo hasta 6 meses.
  • Contra la sentencia solo se podrá deducir Recurso de Nulidad.

Procedimiento Abreviado

Tiene lugar durante la Audiencia de Preparación del Juicio Oral.

Requisitos

MP pide una pena privativa de hasta 5 y 10 años

Acusado debe conocer los hechos

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