Administracion de Justicia
Davidex777Apuntes11 de Agosto de 2020
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Minuto 1 – 15
TEMA 12
Administración de justicia debemos ver lo primero que es:
jurisdicción=
ES facultad del estado para resolver conflictos entre particulares a través O mediante del derecho osea a través de la leyes,
de acuerdo a la ley del órgano del órgano judicial en su artículo 11
La jurisdicción es una potestad del estado para la administración de justicia que emana del pueblo porque es el soberano y que se ejerce a través de las autoridades jurisdiccionales, este concepto o esta definición descrita en la ley resulta ser ciertamente limitada porque nose puede entender la jurisdicción únicamente como un poder, debemos entenderla como una facultad también como una obligación porque a través de esta todos los jueces se encuentran constreñidos a administrar justicia (nose pueden negar a resolver a un caso a noser en las causales que prevee la propia ley) de lo contrario están obligados a resolver a ese caso.
Por lo tanto la administración de justicia y por ende la jurisdicción debe considerarse como una facultad pero también como una obligación deber que tienen las autoridades jurisdiccionales y facultad esto implica que entendemos la facultad debería entendemos que es una función que tienen Las autoridades jurisdiccionales para la administración de justicia en función a la normativa legal y constitucional.
Porque hablamos de la jurisdiccion? Porque la constitución prevée que existen al menos tres tipos de jurisdicciones en nuestro sistema jurídico,
1. la ordinaria la que estudiamos 2. La agroambiental 3. la indígena originaria campesina al margen de ellos existen jurisdicciones especiales como ejemplo la militar, administrativa no desarrollada en ley, la constitucional, etc. También existen jurisdicciones especiales…
De esas tres mencionadas dice la constitución que tienen él mismo rango jerárquico, porque es importante hablar de ellos? Porque la jurisdicción ordinaria, agroambiental tiene una función que es el control de la legalidad, el control de legalidad es el que cumple estas jurisdicciones
Las i.o c se régimen por los sistemas jurídicos propios de cada nación que estaba basados por sus propios usos y costumbres, allí nosotros no podemos entrar porque son sus propios sistemas también hay que mencionar cual es su estructura
El rol de las demás dos jurisdicciones es el control de legalidad
Pero tambien hay que señalar cual es su estructura de esas jurisdicciones ejemplo:
La ordinaria esta configurada e una estructura que la cabeza esta el máximo órgano de control de legalidad que es el tribunal supremos de justicia luego están los tribunales departamentales luego jueces y tribunales. esa es una estructura básica dice que por encima de esa estructura esta él tribunal constitucional.
La comunitaria esta conformada por un tribunal agroambiental y por los jueces y tribunales agroambientales estos hacen el control de legalidad y significa la sujeción a la norma, ver si la conducta se ah acomodado o no a la norma establecida se precuatela El imperio de la ley, qe la norma jurídica infra constitucional que sea respetada. Ejemplo: que alguien haga disturbios y esa conducta recaiga en una norma penal
. En cambio cuando hablamos de él control de constitucionalidad su función finalidad que cumple ese control es él de velar por él respeto de principio de supremacía constitucional que hacen entonces los jueces constitucionales? Velan por que la supremacía quede vigente. El control de constitucionalidad es una verificación del cumplimiento de la constittucion Y en ese marco de ese control de constitucionalidad tiene cuando menos tres formas de control de cumplimiento. De ceste principio Son 1. Control Tutelar 2 normativo 3 control sobre el ejercicio del apoder político.
el tutelar esta verificando si los derechos fundamentales descritos en esta constitucion estan siendo o no vulnerados.
Un control normativo va a verificarse si esta normal constitucional todas sus normas están siendo o no vulneradas por una norma infra constitucional ejemplo el codigo penal tiene una norma contraria que tenga la constitución entonces estaría vulnerando la norma constitucional ypo lo tanto la supremacía constitucional.
prosigue que esa autoridad en el marco de control de constitucionalidad expulse del sistema jurídico vigente deldel sistema jurídico vigente es norma del codigo penal quede sin efecto a eso se llama el control normativo verifica si la norma esta siendo acatadas. O la norma infaconstitucional esta sujetándose a estas normas constitucionales.
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Finalmente el tipo de control del ejercicio politico que también va orientado a establecer si las autoridades del poder politico cumplen sus funciones dentro del marco que les establecido la constitución por que si se va mas allá se apela a este control de constitucionalidad a través de los mecanismos jurídicos procesales y podríamos declarar por ejemplo esos actos como nulos porque no están apegados a lo que prevé la constitución para salvaguardar este principio de supremacía constitucional .
Entonces entendemos que el CONTROL DE CONSTITUCIONALIDAD se entiende como una serie de procedimientos y mecanismos que lo que busca y tiene por fin es salvaguardar y garantizar el principio de SUPREMACÍA CONSTITUCIONAL eso es lo que hace el control de constitucionalidad ,ahora es importante señalar como es esto del control de constitucionalidad a que se refiere y como se maneja este control de constitucionalidad bueno dice que el control de Constitucionalidad por lo menos los Estados en los que se entiende que existe el control de constitucionalidad tiene que cumplir algunos requisitos para que existan.
NESTOR PEDRO SAGUES dice: “Para que exista un sistema de control de Constitucionalidad pleno debe cumplirse ciertos requisitos”
REQUISITOS:
1° debe existir Una constitución Rígida : Cuando decimos una constitución rígida que es la característica de las constituciones modernas , nos referimos a Constituciones que cuentan con un procedimiento especial (distinta a la aplicable para una ley oridinaria)para su reforma y además requiere de un requisito mas se requiere de la aprobación del soberano . pregunta de examen.
2° Tener un órgano de control distinto a los órganos controlados la máxima instancia de control en Bolivia es el Tribunal Constitucional Plurinacional eso significa que el T.C.P no es parte del órgano judicial porque es el órgano que controla y controla a los demás órganos y controla que se respete esa Supremacía de la Constitución .
3° Este órgano de control tiene que tener facultades decisorias y vinculantes que significa eso que las decisiones que emita este órgano de control de constitucionalidad deben ser de cumplimiento OBLIGATORIO así lo establece las constitución Boliviana. facultades decisorias debeb ser vinculantes
Por ejemplo las sentencias que son emitidas por el Tribunal Constitucional Plurinacional son vinculantes eso significa que son de cumplimiento obligatorio.
4°Debe existir la posibilidad de que los particulares puedan exigir o demandar ese control significa de que los particulares tengan la posibilidad de impugnar esta norma de la ley y decirle a este órgano de control señores del tribunal constitucional este articulo 5 de la Ley 348 es inconstitucional e impugno toda la Ley 348 por resultar inconstitucional y transgredir el articulo X de la Constitución Política del Estado que establece la no discriminación del hombre y la mujer esa posibilidad se puede establecer en nuestra nomenclatura a través de las acciones de inconstitucionalidad concretas dentro del marco del proceso judiciall o administrativo . particulares facultad de impuganr o acceder o mandar este control de constitucionaliad.
Finalmente TODOS servidores públicos o privados están sometidos a este control que dice Néstor Pedro Sagúes cuando el Estado cumple estos requisitos podemos estar hablando de un sistema de control pleno de constitucionalidad vigente ,ahora existe la posibilidad de que los países tengan sistemas de constitucionalidad incompleto cuando cumplan cuando menos con el primer punto que hace referencia al sistema de constitucionalidad rígida.
Sistema pleno. Incompleto primero a la rigida
Bueno hay que hablar de este control de constitucionalidad y como se activa existen clasificaciones y es una de las mas habladas es de acuerdo a la función del órgano y podría clasificarse el control de constitucionalidad en dos tipos:
Esto es sistema de control de constitucional podría ser de dos tipos podía ser Un control Politico o un Control Jurisdiccional
Control politico se caracteriza por que sus miembros se emergen de un partido politico quienes hacen el control emergen de un control politico y la designación de estos miembros es una designación de carácter politico
por ejemplo recuerdan cuando revisamos a la estructura del congreso la constitución de 1826 existían tres cámaras y una de esas cámaras era la cámara de los sensores que forman parte del congreso un órgano legislativo un órgano politico su función era controlar el respeto a la constitución y a la ley hacían control de constitucionalidad que tipo de control era dentro del marco de sistemas de control era un tipo politico por que ese órgano era politico era un órgano legislativo politico. Era parte del órgano legislativo.
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