Administracion de desastres
euniger21 de Abril de 2014
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Administración de desastres
Se entiende por administración de desastres o Plan de urgencias, el cuerpo de las políticas y decisiones administrativas y actividades operacionales que pertenecen a las diferentes etapas del desastre en todos sus niveles.
En otros países manejan el concepto como el Conjunto de disposiciones, medidas y acciones destinadas a la preparación, respuesta y rehabilitación de la población ante desastres.
Está sustentado en el conjunto de conocimientos, medidas, acciones y procedimientos, que juntamente con el uso racional de recursos humanos y materiales, se orientan hacia el planeamiento, organización, dirección, ejecución y control de las actividades que permitan evitar o reducir los efectos de los desastres sobre las poblaciones y las infraestructuras de servicios y productivas.
Las fases en la administración de desastres
Las acciones y tareas realizadas para la administración o manejo de desastres son permanentes en el tiempo y en el espacio, conformando un ciclo comprendido por tres fases:
1. El antes (Prevención, Preparación y Alerta), que comprende las medidas y acciones diseñadas para evitar o reducir el desastre;
2. El durante (Respuesta) constituida por el conjunto de actividades y medidas utilizadas durante e inmediatamente después de ocurrido el desastre para minimizar sus efectos, comprende también las labores de salvamento, búsqueda y rescate.
3. El después (Rehabilitación y Reconstrucción), conformada por acciones para la recuperación del estado luego de el desastre.
4. Surge por la necesidad de proteger y defenderse de las adversidades; dandole a las comunidades la informacion necesaria para crear herramientas a la supervivencia en casos fortuitos o causados por el mismo hombre de desastres en todos los panoramas previsibles posibles, asi la poblacion este preparada y prevenida para el mejor desenvolvimiento para casos de rescate y rehabilitaciones de los lugares afectados.
Importancia
Surge por la necesidad de proteger y defenderse de las adversidades; dandole a las comunidades la informacion necesaria para crear herramientas a la supervivencia en casos fortuitos o causados por el mismo hombre de desastres en todos los panoramas previsibles posibles, asi la poblacion este preparada y prevenida para el mejor desenvolvimiento para casos de rescate y rehabilitaciones de los lugares afectados.
Protección civil
Definición y Objetivos: Es el organismo encargado del estudio, planificación, programación, coordinación y adiestramiento de los recursos públicos y privados, así como la ejecución de las acciones necesarias para prevenir, reducir y atender las emergencias y los daños derivados de las situaciones de desastres de origen natural, social, tecnológico o conflictual, y el consiguiente socorro y atención de las poblaciones y el medio ambiente afectados. La Protección Civil como parte de la seguridad del estado y de su cometido de mantenimiento del orden público en todo el territorio nacional, debe estimular la capacidad de autoprotección de las comunidades. En función a esta premisa, desarrolla programas para lograr la formación y capacitación de la población, en todo lo concerniente a la autoprotección, vigilancia vecinal, rescate, primeros auxilios y otros aspectos claves, para que en caso de desastres, estén en capacidad de recibir directrices de los organismos competentes y lograr una mejor labor. Elaborar y mantener actualizados a nivel municipal un inventario de los recursos humanos, técnicos, materiales y financieros para ser utilizados en la ejecución de planes de defensa y protección civil. Igualmente coordina a nivel Municipal las Operaciones en caso de emergencias y/o desastres.
Bases legales:
• Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela, Nº 38.081 de fecha 07 de Diciembre de 2004
• Se aprueba en todas sus partes y para que surta efectos internacionales en cuanto a la República Bolivariana de Venezuela se refiera, el "Protocolo de Kyoto de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático", adoptado en la ciudad de KyotoJapón, el 11 de diciembre de 1997.
Leer más: http://www.monografias.com/trabajos81/proteccion-civil/proteccion-civil.shtml#ixzz2rKa6wDD4
IMPORTANCIA DE LA PROTECCIÓN CIVIL
La necesidad de proteger y defenderse de las adversidades, es tan antigua como la vida misma. La historia es proclive en hechos que son ejemplos de preparación, previsión, rescate y rehabilitación que afianzaron la supervivencia de la humanidad.
Características de la Protección Civil
Definición de Desastre
Todo evento violento, repentino y no deseado, capaz de alterar la estructura social y económica de la comunidad, produciendo grandes daños materiales y numerosas pérdidas de vidas humanas y que sobrepasa la capacidad de respuesta de los organismos de atención primaria o de emergencia para atender eficazmente sus consecuencias. (Art. 4).
Definición de Emergencia
Cualquier suceso capaz de afectar el funcionamiento cotidiano de una comunidad, pudiendo generar víctimas o daños materiales, afectando la estructura social y económica de la comunidad involucrada y que puede ser atendido eficazmente con los recursos propios de los organismos de atención primaria o de emergencias de la localidad. (Art. 4).
Estado de Alarma
Es la declaratoria oficial, emitida por la primera autoridad civil del municipio, Estado o Nación, oída la opinión del Comité Coordinador de Protección Civil y Administración de Desastres respectivo, que permita la activación de recursos técnicos, humanos, financieros o materiales, con el objeto de reducir los efectos dañosos ante la ocurrencia inminente de un fenómeno natural técnicamente previsto (Ley de la Organización de Protección Civil y Administración de Desastres)
Estado de Emergencia
Es la declaratoria oficial emitida por la primera autoridad civil del Municipio, Estado o Nación, oída la opinión del Comité Coordinador de Protección Civil y Administración de Desastres respectivo, que permite la activación de recursos técnicos, humanos, financieros o materiales, con el objeto de atender o enfrentar los efectos dañosos causados por un fenómeno natural o tecnológico que han generado un desastre.
Organización Nacional de Protección Civil y Administración de Desastre:
Es un componente de la seguridad de la nación, con el objeto de planificar, coordinar, y supervisar el cumplimiento de políticas orientadas a la preparación del estado para actuar ante desastres.
Gaceta oficial
GACETA OFICIAL
DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
N° 5557 DEL 13 DE NOVIEMBRE DE 2001
EXPOSICION DE MOTIVOS
DECRETO LEY DE LA ORGANIZACION NACIONAL
DE PROTECCIÓN CIVIL Y ADMINISTRACION DE DESASTRES
La ocurrencia de desastres en el país, comporta grandes pérdidas de vidas humanas y recursos materiales, por la insuficiente preparación de la población, en términos de autoprotección, para defender en la medida de lo posible su propia vida y pertenencias esenciales. Asimismo, se advierte la frecuente descoordinación de los diversos órganos que intervienen en el momento de acaecer el desastre, lo cual más que constituir una vital colaboración, se transforma en situaciones de confusión y hasta de conflicto interinstitucional.
Asimismo, muchas entidades estadales y municipales carecen de organizaciones de protección civil y administración de desastres, así como de los recursos humanos y materiales que se requieren frente a estas contingencias, lo cual constituye una falta de previsión injustificable en un país que por su ubicación geográfica y conformación geológica está naturalmente sujeto a sufrir eventos de este tipo.
Ante esta situación, ya el constituyente de 1999 previó la creación de una Organización de Protección Civil y Administración de Desastres, especialmente dedicada a prestar la asistencia por parte del Estado y a coordinar la participación ciudadana, frente a situaciones de desastres.
El aporte del presente Decreto Ley consiste en la creación de la Organización de Protección Civil y Administración de Desastres, tanto a nivel nacional, como en los niveles estadales y municipales, cada una de ellas y dentro del ámbito de su propia competencia territorial, dedicadas a ejecutar la Política Nacional de Protección Civil y Administración de Desastres, a garantizar la coordinación de los esfuerzos interinstitucionales, la dotación de recursos materiales y equipos, el entrenamiento de personal de defensa civil y la realización de los programas educativos, formales o informales, de preparación de la ciudadanía frente a desastres.
Todas estas Organizaciones de Protección Civil y Administración de Desastres, quedan articuladas en el Comité Coordinador de la Organización Nacional de Protección Civil y Administración de Desastres, al cual, fundamentalmente le corresponde dictar e instrumentar la Política Nacional de Protección Civil y Administración de Desastres.
Tanto la Organización Nacional de Protección Civil como el Comité Coordinador Nacional están adscritos al Ministerio del Interior y Justicia, mientras que las Organizaciones de Protección Civil y Administración de Desastres, en los niveles estadales y municipales, están bajo la dirección de los respectivos Gobernadores y Alcaldes.
Se crea el Fondo para la Preparación y Administración de Desastres,
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