Administración Publica Municipal
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Administración Pública Municipal
Pág.
1.- EL AYUNTAMIENTO
2.- INTEGRACIÓN DEL AYUNTAMIENTO
3.- FUNCIONES DEL AYUNTAMIENTO
4.- FUNCIONES DE LOS MIEMBROS DEL AYUNTAMIENTO
4.1 El Presidente Municipal
4.2 Los Síndicos
4.3 Los Regidores
5.- ORGANIZACIÓN DEL AYUNTAMIENTO
5.1 Organización del Cabildo
5.2 Organización Administrativa
6.- AUTORIDADES AUXILIARES DEL AYUNTAMIENTO
ADMINISTRACIÓN PÚBLICA MUNICIPAL
1. EL AYUNTAMIENTO
Es el órgano de representación popular encargado del gobierno y la administración del municipio. El ayuntamiento se elige por elección directa, en los términos establecidos en la Ley Orgánica Municipal y dura en su cargo tres años. El Plan Nacional de Desarrollo 1995-2000 contempla la posibilidad de modificar el período constitucional, previa autorización del H. Congreso de la Unión.
2. INTEGRACIÓN DEL AYUNTAMIENTO
El Ayuntamiento se integra por:
2.1 El Presidente Municipal.
2.2 El Síndico o Síndicos.
2.3 Los Regidores.
3. FUNCIONES DEL AYUNTAMIENTO
Formular, aprobar y expedir el Bando de Policía y Buen Gobierno y demás reglamentos, acuerdos y disposiciones de carácter general que se requieren para la organización y funcionamiento de la administración y de los servicios públicos.
Designar entre sus miembros las comisiones para la inspección y vigilancia de los diferentes aspectos de la administración y los servicios públicos municipales.
Organizar la estructura y funcionamiento de la administración pública municipal.
Nombrar y renovar al secretario del ayuntamiento, al tesorero municipal, al jefe de la oficina de obras y servicios públicos, al comandante de policía y demás funcionarios de la administración pública, a propuesta del presidente municipal.
Analizar, discutir y aprobar el presupuesto de egresos y la iniciativa de ley de ingresos del municipio.
Vigilar que se recauden oportuna y correctamente los ingresos municipales.
Presentar oportunamente al congreso local las cuentas y comprobantes de recaudación y gastos de los fondos públicos.
Expedir licencias, permisos y autorizaciones propias de su competencia.
Celebrar convenios con las dependencias federales, estatales y con otros ayuntamientos para la realización de obras o la prestación de servicios públicos.
Aprobar los planes y programas de desarrollo urbano municipal.
Intervenir de acuerdo con las leyes federales y estatales en la regularización de la tenencia de la tierra urbana.
Fomentar las actividades productivas, educativas, sanitarias, culturales y deportivas.
4. FUNCIONES DE LOS MIEMBROS DEL AYUNTAMIENTO
4.1 El Presidente Municipal
Es el encargado de llevar a la práctica las decisiones tomadas por el ayuntamiento y el responsable del buen funcionamiento de la administración pública municipal.
Sus principales funciones son:
Cumplir y hacer cumplir la Constitución Política de la República, la Constitución Política del Estado, la Ley Orgánica Municipal, los reglamentos municipales y las resoluciones del ayuntamiento.
Realizar a nombre del ayuntamiento, todos los actos necesarios para el desarrollo de los asuntos políticos y administrativos.
Informar anualmente a la población de la situación que guarda la administración municipal, detallando las actividades realizadas por las dependencias municipales y el manejo y destino de los fondos públicos.
Nombrar y remover empleados y funcionarios cuya designación sea exclusiva del ayuntamiento.
Llevar a cabo un control sobre la aplicación y el ejercicio de la ley de ingresos y del presupuesto de egresos.
Vigilar la aplicación de los planes y programas estatales y municipales de desarrollo.
Vigilar que la administración y prestación de los servicios públicos se lleve a cabo de la mejor manera y con apego a los reglamentos.
Aprobar la solicitud de permisos para el uso y aprovechamiento de las áreas públicas.
4.2 Los Síndicos
Son los encargados de defender los intereses municipales y de representar jurídicamente a la ayuntamiento en los litigios en los que éste fuere parte. También son los responsables de supervisar la gestión de la hacienda pública municipal, todo ello en observancia a la Ley Orgánica Municipal vigente.
Sus principales funciones son:
Vigilar el buen manejo de las finanzas públicas municipales.
Mantener al corriente el inventario general de los bienes muebles e inmuebles propiedad del municipio.
Revisar y firmar los estados de cuentas de la tesorería municipal y remitirlos a la Contaduría Mayor de Glosa del Congreso del Estado.
Vigilar que se presente oportunamente la cuenta pública para su revisión por el Congreso Local, así como los informes contables y financieros mensuales.
Procurar el cobro oportuno de los créditos, multas y rezagos a favor del municipio.
Asistir regular y puntualmente a las sesiones de cabildo y actos oficiales.
Practicar a falta o en auxilio del ministerio público, las primeras averiguaciones sobre los hechos que hayan alterado el orden público.
Comparecer y suscribir los contratos y de más actos jurídicos que contengan obligaciones patrimoniales para el municipio.
4.3
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