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Administración Pública Nacional De Venezuela

albertomongolico27 de Abril de 2013

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REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

UNIVERSIDAD BICENTENARIA DE ARAGUA

VICERRECTORADO ACADÉMICO

FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS Y POLÍTICAS

ESCUELA DE DERECHO

SAN ANTONIO DE LOS ALTOS – ESTADO MIRANDA

LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA NACIONAL

Integrantes:

Erika Navarro C.I: 20.583.562

Alberto Bogado C.I: 20.747.774

Gabriel Komander C.I: 21.119.218

Anthony de Andrade C.I: 22.440.575

San Antonio de los Altos, 11 de Diciembre de 2012

ÍNDICE GENERAL

PP.

INTRODUCCIÓN............................................................................................................. 3

CAPITULO

I LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA............................................................... 4

Doctrinas............................................................................................................4

Potestades Públicas Administrativas..........................................................8

Estructura organizativa del estado..............................................................8

La administración pública nacional..........................................................10

La administración pública estadal.............................................................15

La administración de los distritos metropolitanos................................15

La administración de los municipios........................................................16

Principios fundamentales relativos a la administración pública......16

Principios de la actividad de la administración pública…………….21

Principios relativos a la competencia……………………….…..........24

Principios relativos a la organización administrativa…….………...26

El administrado deberes, derechos y garantías……………………..28

CONCLUSIONES................................................................................................30

MATERIAL DE REFERENCIA……………………………………………....31

INTRODUCCIÓN

La presente investigación nos consagra la importancia de la Administración Pública Nacional debido a que es el contenido esencial de la actividad correspondiente al Poder Ejecutivo, y se refiere a las actividades de gestión, que el titular de la misma desempeña sobre los bienes del Estado para suministrarlos de forma inmediata y permanente, a la satisfacción de las necesidades públicas y lograr con ello el bien general.

Por tal motivo pretendemos profundizar y estudiar exhaustivamente a la Administración Pública Nacional para ofrecer un mejor entendimiento de ¿cómo funciona?, ¿que lo rige?, ¿quién lo controla?, ¿cómo está conformado dentro del territorio venezolano?, también instruyéndonos sobre las leyes en las cuales está consagrada debido a que todo ente político posee un poder que afecta al colectivo, y por ende, debe ser regulado por la norma con el fin del desarrollo y bienestar del colectivo al cual afecta.

CAPITULO I

LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

Es el contenido esencial un conjunto de organismos que desempeñan una serie de funciones. Para satisfacer las necesidades de la población en cuanto a los servicios públicos de forma inmediata y permanente sometiéndose al marco jurídico en la labor de su ejercicio.

En la doctrina adopta dos significados distintos, e inclusive contrapuestos:

(a) Actividad, es decir, a la realización de una acción para el logro de uno o varios asuntos, o mejor dicho, a la gestión de esos asuntos.

(b) A la Persona u Organización que realiza la acción o gestión.

Doctrinas

1. Escuela de Viena: Los máximos exponentes de esta corriente fueron Hans Kelsen y Adolfo Merkl, formularon la teoría gradualista o de la doctrina pura del derecho. Para esta escuela toda función del Estado es función creadora del derecho; es lo que se ha llamado la "teoría de la formación del derecho por grados", y que encuentra su imagen en la pirámide de Kelsen.

Kelsen observa que en la función administrativa, como en la jurisdiccional, hay también creación de normas jurídicas. Por lo que, para los grandes juristas de esta escuela, toda la actividad del Estado es creadora del orden jurídico, y en dicho proceso de creación jurídica, la norma de orden más elevado determina más o menos el contenido de la norma de grado inferior, De manera pues, que mediante la legislación se está aplicando derecho, lo mismo que la administración y la justicia son actos de creación del derecho en relación a la ejecución de actos jurídicos en función de ellas mismas.

En la Teoría de Merkl se contempla una oposición entre la legislación y la administración y con respecto a la Constitución una nota diferencial, ya que la Constitución representa para la legislación un fundamento inmediato mientras que para la administración es mediato, es decir, que está próximo a la legislación pero no es lo mismo. La legislación viene, pues, a ser entendida como ejecución de la Constitución, en tanto, que la justicia y la administración son ejecución de la legislación lo que significa está por debajo o dependen de ella (sub-legales).

Manual de Derecho Administrativo Pagina 18 Según Adolfo Merkl "Es actividad ejecutiva condicionada por las instrucciones mediante las cuales se interpreta la ley".

Es decir, son aquellos movimientos por parte de la administración pública realizados de acuerdo a lo que mande la ley

La administración es pues entendida como las funciones de aquel complejo orgánico regido por relaciones de dependencia que se revelan en el derecho a dar instrucciones del órgano superior y en deber de obedecerlas del órgano inferior.

2. Escuela Francesa: Sus creadores León Douguit y Mourice Hauriou, quienes consideran que la administración es la actividad estadal destinada a lograr el funcionamiento de los servicios públicos. Duguit considera que la diferenciación entre las funciones estadales surge del contenido de los actos, sin tomar en cuenta el órgano de donde emanan, postulado la existencia de tres tipos de actos: Actos Regla, Actos Condición y Actos Subjetivos.

(a) Actos Regla: Integran la función legislativa;

(b) Actos Condición y Subjetivos: Función administrativa e incluye en las operaciones materiales que garantizan el funcionamiento de los servicios públicos.

Manual de Derecho Administrativo Pagina 24, León Douguit y Mourice Hauriou Expresaban: "como la actividad estatal consistente en realizar, en vista del funcionamiento de los servicios públicos, actos subjetivos, actos condición operaciones materiales".

Para ellos la actividad administrativa consistía en la realización de una serie de actos enfocados al servicio público

En conclusión, la Escuela Francesa identifica a la función administrativa con el servicio público; por lo que, toda gestión de los servicios públicos por ser equivalentes a la administración debe estar sometido al Derecho Administrativo; de manera pues si bien todo servicio público es administración, no toda la administración es servicio público.

3. Doctrina italiana: Los autores italianos señalan como propósitos de la administración, la satisfacción de los intereses públicos y la conservación del derecho.

Manual de Derecho Administrativos Página 29. Guido Zanabini "la actividad práctica que el Estado desarrolla para atender de manera inmediata, los intereses públicos que toma a su cargo para el cumplimiento de sus fines"

Guido Zanabini cría que el estado debía desarrolla las actividades de manera inmediata para satisfacer las necesidades de todo el colectivo

El profesor Massino Severo Giannini, se refiere a la función administrativa como el conjunto de las funciones desarrolladas por la administración. La función administrativa es, pues, la síntesis de una multiplicidad de funciones, positivamente individuales que se realizan en el complejo de la actividad administrativa.

Criterio del Autor: El término Administración aplicado al Estado, en sentido objetivo es la actividad o función del Estado y en sentido subjetivo, cuerpo o conjunto de autoridad, funcionario y agentes, en general órganos del Estado regularmente encargados de ejercer la expresada actividad o función.

Manual de Derecho Administrativo Pagina 33 Eloy Lares Martínez “la administración, como la actividad realizada por la rama ejecutiva del poder público, es decir, por el conjunto de órganos Estadales, regidos por relación de dependencia a los cuales corresponde frecuentemente la misión de ejecutar las leyes”

Eloy Lares Martínez expresaba que la administración tenia completa antonimia de los otros entes del estado, aunque unidos y con una misma misión que era ejecutar las leyes, es decir, tenían una relación más no poderío entre sí.

Potestades Públicas Administrativas

Las potestades públicas administrativas están constituidas por aquellas facultades o aptitudes para obrar; exorbitantes, con fuerza ordenadora

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