Apuntes de Derecho Empresarial
meltekApuntes27 de Enero de 2016
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1. ESTADO DE GUATEMALA
Analice cómo se encuentra constituido el Estado de Guatemala, en su análisis debe incluir
la forma de gobierno, la estructura y la organización del Estado de Guatemala.
Lectura obligatoria: artículos 140 al 142, 223 al 239 de la Constitución Política de la República
de Guatemala.
Forma de Gobierno
Art. 140 al 142, El Estado y su forma de gobierno: Estos artículos establecen que la forma
de gobierno de Guatemala es democrático, pues el pueblo quien tiene la soberanía, eligen a
sus gobernantes por medio del voto, esta soberanía o poder, es delegado a tres organismos:
Legislativo, Ejecutivo y Judicial.
El territorio donde se ejerce soberanía está compuesto por el suelo subsuelo, espacio
aéreo (22.2kms), el mar (370 kms) y lo recursos naturales.
Estructura y Organización del Estado
Art. 223, Régimen político electoral: Indica que se pueden formar libremente grupos
políticos pero tendrán limitaciones y regulaciones indicas por la ley, además indica que al hacer
la convocatoria a elecciones queda prohibido hacer publicidad sobre el trabajo realizado del
Presidente de la República y funcionarios del Organismo Ejecutivo.
Art. 224-231, Régimen administrativo: Para su administración Guatemala se divide en
departamentos y municipios, coordinados por consejos nacionales y regionales, quienes
reciben el apoyo financiero del Gobierno Central. Cuenta también con un Consejo
Departamental encabezado por el Gobernador, y conformado por los alcaldes de todos los
municipios y representantes de los sectores públicos y privados con el fin de promover
desarrollo.
Art. 232-236, Régimen de control y fiscalización: Contraloría General de Cuentas es la
institución que se encarga de controlar y fiscalizar los fondos del Estado, y el Jefe es el
Controlador General de Cuentas, quien debe tener requisitos como ser mayor de 40 años,
guatemalteco, contador público y auditor y ser elegido por una comisión de postulación
integrada por Decanos de Facultades de las Universidades del país.
Art. 237-239, Régimen financiero: Establece que se debe presentar un presupuesto anual
de ingresos y egresos al Organismo Ejecutivo y al Congreso de la República, dicho
presupuesto es auditado por la Contraloría General de Cuentas y debe ser de conocimiento
público, es decir, accesible a cualquier ciudadano que desee consultarlos.
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