ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

Apuntes derecho mercantil.


Enviado por   •  3 de Febrero de 2016  •  Resúmenes  •  1.026 Palabras (5 Páginas)  •  289 Visitas

Página 1 de 5

PAGO DEL TÍTULO

*Artículo 129.- El pago de la letra debe hacerse precisamente contra su entrega.

*Artículo 17.- El tenedor de un título tiene la obligación de exhibirlo para ejercitar el derecho que en él se consigna. Cuando sea pagado totalmente, debe restituirlo ( DEVOLVERLO). Si es pagado sólo parcialmente o en lo accesorio, debe hacer mención del pago en el título. En los casos de robo, extravío, destrucción o deterioro grave, se estará a lo dispuesto por los artículos 42 al 68, 74 y 75.

EX

PAGO NORMAL

Hecho por el Girado Aceptante

Se hace en la fecha de vencimiento pactado

Se hace al acreedor/ último tenedor de la letra.

Contra entrega del título .129.

Por el total del documento

PAGO ANORMAL

Falta alguno de los requisitos de arriba —> falta alguno del pago normal.

Efectos

—> El título no se extingue en la mayoría de los casos.

Si no lo hace el girado aceptante, quien pague puede repetir vs los deudores.

Artículo 154.- El aceptante, el girador, los endosantes y los avalistas responden solidariamente por las prestaciones a que se refieren los dos artículos anteriores.

El último tenedor de la letra puede ejercitar la acción cambiaria contra todos los obligados a la vez, o contra alguno o algunos de ellos, sin perder en ese caso la acción contra los otros, y sin obligación de seguir el orden que guardan sus firmas en la letra. El mismo derecho tendrá todo obligado que haya pagado la letra, en contra de los signatarios anteriores, y del aceptante y sus avalistas.

b) Se hace por el Girado Aceptante pero faltan alguno requisito del Pago Normal.

EX

REQUISITOS DEL PAGO LEGAL/ LEGÍTIMO/ NORMAL

“cliente pregunta para realizar el pago de la letra de cambio, qué se debe fijar?”.

Contraentrega del documento

Se haga al último tenedor (deuño del documento)

Verificar la continuidad de los endosos—> Artículo 39.- El que paga no está obligado a cerciorarse de la autenticidad de los endosos.pero sí debe verificar la identidad de la persona que presente el título como último tenedor, y la continuidad de los endosos.

4) Identificar al beneficiario.

5) No exista impedimento legal para el pago. ( el juez HAYA ORDENADO LA SUSPENSIÓN DE ESE PAGO).

PAGO PARCIAL

*Artículo 17.- El tenedor de un título tiene la obligación de exhibirlo para ejercitar el derecho que en él se consigna. Cuando sea pagado, debe restituirlo. Si es pagado sólo parcialmente o en lo accesorio, debe hacer mención del pago en el título. En los casos de robo, extravío, destrucción o deterioro grave, se estará a lo dispuesto por los artículos 42 al 68, 74 y 75.

Te hacen el pago parcial Y SE ANOTA EN EL TÍTULO DEL DOCUMENTO

Artículo 8o.- Contra las acciones derivadas de un título de crédito, sólo pueden oponerse las siguientes excepciones y defensa —> fr. VIII.- Las que se basen en la quita o pago parcial que consten en el texto mismo del documento, o en el depósito del importe de la letra en el caso del artículo 132.

b) SI NO SE ANOTA EN EL DOCUMENTO EL PAGO PARCIAL:

El documento sigue valiendo el monto original.

Si ya no circula—> Existe el NEGOCIO CAUSAL ORIGINARIO,

...

Descargar como (para miembros actualizados)  txt (6.4 Kb)   pdf (73.6 Kb)   docx (12.3 Kb)  
Leer 4 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com