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BOLETÍN B10, RECONOCIMIENTO DE LOS EFECTOS DE LA INFLACIÓN EN LA INFORMACIÓN FINANCIERA


Enviado por   •  8 de Abril de 2015  •  458 Palabras (2 Páginas)  •  833 Visitas

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BOLETÍN B10, RECONOCIMIENTO DE LOS EFECTOS DE LA INFLACIÓN EN LA INFORMACIÓN FINANCIERA

El CINIF considera en determinados periodos contables el nivel de inflación sea bajo o alto, por tanto, sea irrelevante su reconocimiento contable o haya la necesidad de reconocer estos efectos.

Objetivo de la norma: Integrar normas individuales para el reconocimiento de los efectos de la inflación en los estados financieros de las entidades.

NORMAS DE REEXPRESIÓN:

Cuando su entorno económico es calificado como entorno inflacionario. La entidad debe reconocer los efectos de la inflación en sus estados financieros mediante la aplicación del método integral el cual consiste en: A) partidas monetarias, la afectación a su poder adquisitivo B) partidas no monetarias, el efecto de reexpresión necesario para poder expresarlas en unidades monetarias de poder adquisitivo a la fecha de cierre del balance general.

Cuando su entorno económico es calificado como no inflacionario, la entidad no debe reconocer en sus estados financieros los efectos de la inflación del periodo

NORMAS DE PRESENTACIÓN

En el balance general: Todas las partidas deben presentarse expresadas en unidades monetarias de poder adquisitivo a la fecha de cierre del balance general.

Estado de resultados: Cada uno de los ingresos, costos y gastos, en lo individual, debe presentarse expresado en unidades de poder adquisitivo a la fecha de cierre del balance general, sin hacer una separación de las cifras base y sus efectos de reexpresión.

Estados financieros comparativos: los estados financieros de periodos anteriores deben presentarse expresados en unidades monetarias de poder adquisitivo de la fecha de cierre del estado financiero más reciente.

NORMAS DE REVELACIÓN

Todos los estados financieros reexpresados comparativos, deben revelarse en notas a los estados financieros por: A) haber operado en un entorno económico inflacionario, y consecuentemente de haber reexpresado los estados financieros; B) por el porcentaje de inflación acumulada de los tres ejercicios anuales anteriores, así como el porcentaje de inflación del periodo; C) nombre del índice de precios utilizado.

CAMBIO DE ENTORNO ECONÓMICO

De un entorno inflacionario a uno no inflacionario: La entidad debe dejar de reconocer en sus estados financieros, los efectos de la inflación del pero debe mantener los efectos de reexpresión reconocidos hasta el periodo anterior, siempre que correspondan a activos, pasivos o componentes de capital contable o patrimonio contable que no se hayan dado de baja.

De un entorno o inflacionario a uno inflacionario: la entidad debe reconocer los efectos de la inflación en la información financiera debe reconocerse mediante aplicación retrospectiva (deben ajustarse para reconocer los efectos acumulados de la inflación que existió durante todos los periodos en los que se estuvo en un entorno no inflacionario) De tal manera, los estados financieros comparativos deben presentarse expresados en unidades monetarias de poder adquisitivo de la fecha de cierre del estado financiero más reciente.

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