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Bases Legales Para La Resistencia Popular


Enviado por   •  24 de Junio de 2011  •  1.730 Palabras (7 Páginas)  •  1.982 Visitas

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Bases Legales para la guerra popular de resistencia

“La seguridad de la Nación se fundamenta en la corresponsabilidad entre el estado y la sociedad civil, para dar cumplimiento a los principios de independencia, democracia, igualdad, paz, libertad, justicia, solidaridad, promoción y conservación ambiental y afirmación de los derechos humanos, así como en la satisfacción progresiva de las necesidades individuales y colectivas de los venezolanos y venezolanas…

Articulo 326 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.

Desde la perspectiva de la construcción del poder popular, el factor armado es uno de los elemento fundamentales que junto con lo político, lo social, lo económico y lo cultural permiten que efectivamente el pueblo conciente y organizado retenga su fuero o fuerza constituyente para ejercer el Poder de manera permanente; es decir, que se configure el poder del pueblo o lo que nosotros llamamos poder popular. Recordemos siempre que solo si el pueblo tiene articulado bajo su conducción y control estos ámbitos de poder podemos hablar de estar realmente en el rumbo de darle Poder al Pueblo.

Por lo tanto, si hablamos de construir un nuevo paradigma de poder, un nuevo Estado revolucionario, una democracia revolucionaria para lo cual es necesario la “explosión comunal” y además hablamos de la necesidad de un nuevo pensamiento militar fundamentado en la fusión pueblo ejercito, debemos dar pasos concretos para que los Consejos comunales se doten de mecanismos de defensa articulados y como parte, del sistema de seguridad y defensa de la nación. Los Consejos Comunales deben tener entre sus componentes fundamentales la política de seguridad y defensa. Debe ser un consejo comunal que materialice el nuevo pensamiento militar propuesto por el comandante Chávez, en el cual el pueblo organizado y preparado militarmente es eje central.

Esto además, cobra mucho más vigencia y urgencia ante la amenaza cierta que sobre la revolución existe por las pretensiones del imperialismo norteamericano de evitar a toda costa que seamos una nación realmente libre y soberana. Esta amenaza latente debe obligarnos a acelerar los planes para estar en capacidad de defendernos mediante una guerra de resistencia. Recordemos que los EEUU tiene una larga historia de invasiones en América latina y el mundo a países en donde gobiernos nacionalista o revolucionario se negaron a cumplir sus órdenes.

Sólo con la organización y preparación de todo el pueblo en una estrategia de guerra de todo el pueblo, es decir, que todos y todas estemos en capacidad de entrar a defender la soberanía y la autodeterminación nuestra, de darnos el modelo político, económico y social que queramos, de cualquier amenaza interna o externa estaremos sentando las bases sólidas de un sistema de seguridad y defensa acorde con los retos y las amenazas que en esta materia tiene la Revolución Bolivariana; además de ir perfilando un verdadero poder popular al poner en manos del pueblo medios y mecanismos para que este defienda sus conquistas.

Hoy el espacio comunal, ámbito este, que es el punto de partida para la implementación del nuevo sistema de seguridad y defensa, permite comenzar a dar pasos concretos; pues esa fuerza popular que se encuentra organizada en Consejos Comunales por todo el país puede fácilmente pasar a conformar milicias Territoriales y tendríamos así condiciones para organizarnos con la Fuerza Armada Nacional Bolivariana materializando la ya famosa Unidad Cívico Militar.

BASES LEGALES PARA LA INCORPORACIÓN DE LOS CONSEJOS COMUNALES A LAS TAREAS DE SEGURIDAD Y DEFENSA.

El artículo 322 de la Constitución Nacional en el título VII, de la seguridad de la Nación, Capítulo I. De las Disposiciones Generales, establece las líneas fundamentales de la nueva concepción de la defensa integral:

“La seguridad de la Nación es competencia esencial y responsabilidad del Estado, fundamentada en el desarrollo integral de ésta y su defensa es responsabilidad de los venezolanos y venezolanas; también de las personas naturales y jurídicas, tanto de derecho público como de derecho privado, que se encuentren en el espacio geográfico nacional”.

En complemento a este el artículo 326 señala que la seguridad de la Nación se fundamenta en la corresponsabilidad entre el Estado y la sociedad civil para dar cumplimiento a los principios de independencia, democracia, igualdad, paz, libertad, justicia y solidaridad, entre otros.

De manera reiterada en más de una oportunidad el presidente de la República, Hugo Chávez Frías, se ha dirigido a la nación para explicar la defensa integral. Específicamente, en el programa Aló Presidente del 20 de marzo del 2005, el Jefe de Estado invitó al pueblo a “asumir una actitud de defensa nacional integral a fin de preservar nuestra soberanía ante amenazas como Estados Unidos”.

Desde el año 2004 se comenzó a trabajar en la “ofensiva ideológica del nuevo pensamiento militar venezolano, que debe partir de nuestras raíces, del pensamiento antiimperialista, unificador, patriótico, igualitario, justiciero, fraterno y liberador'.

Esta doctrina militar incluye la cooperación activa del pueblo en defensa de la soberanía. Dicha doctrina tiene tres líneas: 1) Fortalecimiento del poder militar de la Nación, 2) Profundización de la unión cívico militar (soldados y pueblo) y 3) Fortalecimiento y participación popular en las tareas de la defensa nacional.

En ese orden, el DECRETO CON RANGO, VALOR Y FUERZA DE LEY ORGÁNICA DE LA FUERZA ARMADA NACIONAL BOLIVARIANA prevé la creación del Comando

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