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Bienes Publicos Externalidad Y Freeraiders


Enviado por   •  5 de Agosto de 2013  •  1.043 Palabras (5 Páginas)  •  451 Visitas

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Bienes públicos, externalidades y free-riders.

Bien publico son aquellos que producen efectos sobre aquellos que no participan en la transacción, es decir, que se produce para todos o no se producen.

Los bienes públicos se caracterizan por la no rivalidad y donde es que el bien no disminuye pero el echo de que lo consume un numero mayor de personas y también se caracteriza por la no exclusión.

Por lo que este echo le da lugar a las externalidades que gente se beneficie del bien sin haber contribuido a su financiación, ellos son los free-riders o también, en otros casos, gente que se perjudica (externalidades negativas o costos externos), Es importante distinguir una externalidad negativa de una lesión al derecho.

En cualquier caso, en este contexto, se mantiene que los bienes públicos deben ser provistos por el gobierno los beneficiarios de externalidades positivas financiarían el producto en cuestión vía los impuestos. Y, por tanto, no habría free-riders y, por ende, desaparecería esa falla del mercado (la producción de externalidades no internalizadas)

Visto de otra manera el bien público constituye el argumento central del intervencionismo estatal, ya que, en esta línea argumental, el gobierno produciría la cantidad óptima del bien en cuestión que sería financiado por todos a través de impuestos, con lo cual se internalizaría la externalidad y no habría free-riders ni costos ni beneficios externos sin internalizar

La mayor parte de los bienes y servicios producen free-riders, desde educación hasta el diseño de las corbatas.

Donde si los bienes públicos fueran fabricados en el mercado ellos serían, en el mejor de los casos, sub-producidos. Es interesante hacer notar que cuando aludíamos al principio de la no-exclusión decíamos que, según Samuelson, una de las características del bien público es que se produce para todos o no se produce para ninguno. La conclusión de Goldin, entonces, es que el principio de no-exclusión siempre tiene límites. Es, en este sentido,relativo y afecta también al principio de no-rivalidad puesto que después de cierto punto no es correcto afirmar que el bien no se consume, ya que no estará disponible para demandantes adicionales.

No parece haber un criterio para determinar en casos específicos qué bienes son públicos y cuáles son privados puesto que, por una parte, muchos de los considerados bienes públicos pueden ser males para ciertas personas dada la valorización subjetiva. y, por otra, Hans-Hermann Hoppe dice que aquellos bienes que aparecen privados como el interior de mi departamento o el color de mis calzoncillos pueden convertirse en bienes públicos cuando algún otro se interese por esos bienes o también estos mismo bienes se pueden convertir en bienes privados al verse no interesados por ellos , cada uno de esos bienes puede cambiar sus características una y otra vez puede convertirse de bien público a privado a un mal público o privado y viceversa dependiendo exclusivamente de los cambios de preferencias.

Si esto es así, no puede haber una decisión basada en la clasificación de bienes privados y públicos. De hecho, para proceder de esa manera habría que preguntarle a cada

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