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CARACTERISTICAS GENERALES DEL DERECHO


Enviado por   •  5 de Diciembre de 2013  •  Tesis  •  2.640 Palabras (11 Páginas)  •  416 Visitas

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DERECHO

1.- CARACTERISTICAS GENERALES DEL DERECHO.-

Las sociedades de continuo han generado controversias, discrepancias entre sus miembros, por lo que tienen que resolverse, por lo cual da una serie de reglas o normas de conducta, con ese fin.

No pretende regular o solucionar todos los problemas, sino aquellos que la sociedad considera pertinentes, porque constituyen un peligro para el grupo social.

La búsqueda de las soluciones que aspira, se da con ciertas condiciones dentro del marco jurídico, que es lo que llamamos características.

El derecho persigue dos objetivos básicos, en el desarrollo y convivencia de la sociedad:

a. Ordenar y Garantizar la vida del grupo social, y en ese marco, precisa los actos que puedan hacerse o no hacerse, a los que las personas están impuestas a acatar;

b. La imposición de la justicia como finalidad suprema del derecho.

Con precisión de estos antecedentes, señalamos las siguientes características:

La Heteronomía del Derecho.- Consiste en que es una voluntad superior y ajena a la del hombre, es la que de la norma jurídica, y que está obligado a cumplir ceñido por esta voluntad ajena y superior;

La obligación de cumplir se origina porque sobre él gravita la amenaza de una sanción. Se advierte que aun cuando exista la sanción es su espontanea voluntad que lo acata como un deber moral.

La voluntad superior nace de la sociedad que la sanciona y de los medios para hacerla efectiva.

1. La Bilateralidad del Derecho.- Surge porque crea su transgresión una relación entre dos personas, o grupos de personas, unas que están impuesta a cumplir el deber y otras que tienen la facultad de exigirlo.

El quebrantamiento de la norma jurídica obliga, teóricamente genera un deber y una facultad.

Violentada la norma, vincula una relación entre un sujeto pasivo y un sujeto activo, el uno exige el otro cumple.

2. Generalidad del Derecho.- Surge por cuanto regula situaciones genéricas destinadas a miembros de la sociedad.

Las formas de conductas contenidas en la norma, no son específicas sino generales, prevén una forma de conducta que puede ser realizada o no por el hombre, son hipotéticos concebidos por la sociedad.

3.-La validez del derecho.- Se identifica su validez con su propia conformidad y la exigencia contenida en otras normas, preferencialmente superiores.

Se efectúa su validez en virtud de lo observado por el sujeto jurídico.

Esta dada por los principios o valores éticos fundamentales que ciñen a la sociedad.

La norma tiene validez dentro de los parámetros culturales e históricos, que se dan en cada caso.

Se lo logra cuando se realizan los objetivos que persigue y cuando logra un mínimo de efectividad social.

La legalidad del Derecho.- El Derecho es una forma vinculante de las conductas humanas, logra determinar y ajustar el comportamiento social de los sujetos.

Esta se da a través de dos principios que involucran a las personas, por la violación.de la norma: imperatividad y obligatoriedad.

La Imperatividad.- Se manifiesta porque impone órdenes o mandatos, quedando obligados los sujetos al contenido de lo que preceptúa la norma.

Se la debe ver en la realización de las conductas que prohíbe o manda.

Kelsen, admitió, parcialmente, que las normas jurídicas nunca son simples mandatos, sino que tienen una dimensión objetivada.

La obligatoriedad.- El Derecho es obligatorio o no, no admite principio diferente.

Se lo mira como la capacidad que tiene surgida de la necesidad vinculada a la vida social, en la adecuación a lo tipificado en la norma.

La Coercibilidad del derecho.- No admite que exceda el libre albedrio del sujeto, su cumplimiento, porque estaría absorbido por la moral.

Tiene la capacidad de cumplir la coacción para exigir el cumplimiento o admite la tesis que la coacción es parte esencial de su estructura.

La doctrina sobre la coercibilidad de divide: 1) Admite que recurrir a la coacción es esencial en el derecho; 2) La otra la da el carácter de secundario, lo acepta como lo esencial.

Independientemente a la doctrina, por dirigirse a seres racionales, que impone deberes jurídicos, que puedan ser cumplidos voluntariamente, tiene que recurrir a la imposición por lo coactivo.

2.- LA RELIGION, LA MORAL Y EL DERECHO.-

Toda conducta humana está motivada por tres formas de normas conductuales: religión, moral o derecho.

 La Religión: apreciada como una actividad humana expresada por creencias y prácticas de lo que se mira como divino o sagrado, ajusta la conducta a lo espiritual.

 La Moral: Que se constituye por normas o creencias de una persona o grupo social, de su manera de obrar para orientar los actos dentro del bien o mal, lo correcto o incorrecto.

 El Derecho: Como un conjunto de normas jurídicas que estructuran la conducta del hombre en sociedad.

En los albores de la sociedad, surge la religión como el primer orden normativo del hombre, pero confundidos con la moral y el derecho.

La moral estudia y busca determinar el fin natural del hombre identificando cual es el bien abstracto que lo mueve, verifica el acto humano acercándolo a esos fines.

La moral mira el, bien individual dentro de la misma vida en relación social; mientras el derecho aspira el bien común.

Todo el derecho está fundado, erigido de principios morales, no hay separación absoluta entre moral y derecho, existe una vinculación entre los dos campos normativos.

Buscando analíticamente observaremos diferencias en estos dos campos normativos,

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