CLASIFICACION DE LAS SENTENCIAS DE AMPARO, DESDE EL PUNTO DE VISTA DEL SENTIDO EN QUE SE RESUELVE:
Enviado por pochi22 • 2 de Julio de 2015 • 542 Palabras (3 Páginas) • 501 Visitas
CLASIFICACION DE LAS SENTENCIAS DE AMPARO, DESDE EL PUNTO DE VISTA DEL SENTIDO EN QUE SE RESUELVE:
- Sentencias que conceden el amparo.
- Sentencias que niegan el amparo.
- Sentencias que sobreseen el amparo.
- Sentencias que conceden el amparo respecto de alguno o algunos de los actos reclamados y que sobreseen respecto de otro y otros actos reclamados.
CLASIFICACION DE LAS SENTENCIAS, DESDE EL PUNTO DE VISTA DE LA CONTROVERSIA QUE SE RESUELVE:
- Sobre violación de garantías individuales.
- Sobre violación a los derechos del quejoso, derivados de la invasión de la competencia de la autoridad estatal por autoridad federal.
- Sentencias de amparo que resuelven sobre violaciones de derechos del quejoso, derivados de la invasión de la competencia de la autoridad federal por autoridades estatales.
- Sentencias que resuelven sobre violaciones o garantías individuales y sobre violaciones a derechos derivados del sistema de distribución competencial entre federación y estados.
EFECTOS DE LA SENTENCIA DE AMPARO
Son distintos, según la clase de sentencia:
a).- Sentencia de sobreseimiento
1.- Le dan fin al juicio de amparo.
2.- Se abstiene de emitir consideraciones sobre la constitucionalidad o inconstitucionalidad del acto reclamado.
3.- Deja el acto reclamado en las condiciones en que se encontraba al promoverse el juicio de amparo.
4.- Cesa la suspensión del acto reclamado.
5.- La autoridad responsable recupera sus posibilidades de acción, de realización del acto reclamado.
b).- Sentencia denegatoria del amparo
1.- Declara la constitucionalidad del acto reclamado.
2.- Finaliza el juicio de amparo.
3.- Le da validez jurídica al acto reclamado.
4.- Cesa la suspensión del acto reclamado.
5.- Deja el acto reclamado en las condiciones en que se encontraba al promoverse el juicio de amparo.
6.- Permite que la autoridad responsable esté en condiciones de llevar a efecto la plena realización del acto reclamado.
c).-
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