ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

COMPLEMENTO “CARTA PORTE”


Enviado por   •  17 de Septiembre de 2021  •  Síntesis  •  355 Palabras (2 Páginas)  •  132 Visitas

Página 1 de 2

COMPLEMENTO “CARTA PORTE”

El 29 de diciembre de 2020, se publicó en el DOF, la RMF 2021 que, en su regla 2.7.1.9. establece la obligación para los propietarios de las mercancías, los intermediarios, o bien, para los transportistas, de incorporar al comprobante fiscal (“CFDI”) de traslado o de ingreso, según corresponda, el complemento “Carta Porte”, como forma de acreditar el traslado de las mercancías.

Específicamente, en dicha regla, se estableció que los propietarios de mercancías nacionales podrán acreditar el transporte de dichas mercancías, cuando se trasladen por vía terrestre, por vía férrea, marítima, aérea o fluvial, únicamente mediante un CFDI de tipo traslado expedido por ellos mismos, al que deberán incorporar el complemento “Carta Porte”, que para tales efectos se publique en el Portal del SAT.

La misma regla precisa que, en los supuestos en los que el traslado de las mercancías se realice a través de un intermediario, será éste quien deberá expedir el CFDI e incorporar el complemento “Carta Porte” para acreditar el transporte de las mercancías.

Por su parte, el cuarto párrafo de la regla 2.7.1.9, establece que, los contribuyentes dedicados al servicio de transporte terrestre de carga deberán expedir un CFDI de tipo ingreso, al que deberán incorporar el complemento “Carta Porte”, mismo que únicamente servirá para acreditar el transporte de mercancías.

Conforme al Artículo Décimo Primero Transitorio de la Primera RMF 2021, el complemento “carta porte” entró en vigor a partir del 1o. de junio de 2021; sin embargo, durante los 120 días naturales, siguientes al inicio de la vigencia del complemento, los contribuyentes podrán optar por expedir el CFDI sin incorporar dicho complemento, al concluir este periodo será obligatorio.

Esta regla está dirigida a todos los contribuyentes que estén relacionados con el traslado de mercancías, quienes deberán incorporar, al CFDI de tipo traslado o tipo ingreso, el complemento “Carta Porte” de acuerdo con su participación en la operación.

Consecuencias en caso de incumplimiento: 

● Potencialmente la no deducción del servicio de transporte por parte del adquirente del servicio.

● Multa de $17,020 a $93,330 por no emitir el CFDI con los requisitos obligatorios.

● En caso de reincidencia, clausura del establecimiento de 3 a 15 días.

...

Descargar como (para miembros actualizados)  txt (2.4 Kb)   pdf (31.3 Kb)   docx (7.3 Kb)  
Leer 1 página más »
Disponible sólo en Clubensayos.com