ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

COMUNICACIÓN A 3602 BCRA


Enviado por   •  28 de Junio de 2017  •  Tutoriales  •  403 Palabras (2 Páginas)  •  54 Visitas

Página 1 de 2

Comunicación "A" 3602

[pic 1][pic 2]

1 Introducción


Objetivo del Relevamiento

  • Disponer de información estadística detallada y actualizada sobre los pasivos externos del sector privado no financiero y el sector financiero para la administración de la política cambiaria.
  • Ampliar la cobertura de las estimaciones del balance de pagos.

Las deudas del sector privado no financiero (saldos y transacciones asociados) y del sector financiero, representan una información sumamente útil para las estimaciones del balance de pagos, de activos y pasivos externos y en definitiva de las políticas cambiarias.

Esas estimaciones basan sus resultados en la información obtenida mediante la DDJJ que estableció el BCRA a través de la COM. “A” 3602 del 7 de mayo de 2002 (los primeros datos relevados son de diciembre de 2001) y las cuales pueden consultarse en: http://www.bcra.gov.ar/Estadisticas/estser030300.asp

Comunicación "A" 3602

[pic 3][pic 4]

2 Marco Legal



Sujetos Obligados

  • Todo deudor perteneciente al sector financiero o al sector privado no financiero que mantenga deudas pendientes a la fecha de referencia por una o más de las operaciones comprendidas.

Todas las personas físicas y jurídicas del sector privado no financiero y las personas jurídicas del sector financiero (bancos) que al cierre del trimestre calendario, posean deudas con acreedores no residentes en el país o títulos de deuda pendientes de cancelación (cualquiera sea la residencia de los tenedores de los mismos, la moneda o la legislación correspondiente) están obligados a brindar la información que requiere el relevamiento.

Cuando decimos al cierre del trimestre calendario, esto significa tomar un punto estático de la situación al 31/03, 30/06, 30/09 y 31/12. Si durante el trimestre hemos tenido alguna deuda pero antes de esas fechas la hemos cancelado, NO debemos informarlas.

Es muy importante destacar, que una vez que una operación ha sido informada, o sea que la hemos dado de alta en el sistema, deberemos informar los movimientos que en ella se han producido hasta tanto la misma se cancele completamente. Esto es que cada operación se informa trimestre tras trimestre hasta que su saldo sea igual a CERO.

Lectura recomendada:

Comunicación “A” 3602 – RUNOR 1-550 Relevamiento de emisiones de títulos y de otras obligaciones externas del sector privado financiero y no financiero. Emitida el 07/05/2002 y publicada en el Boletín Oficial Nro. 29.902 de fecha 21/05/2002.

Comunicación “C” 43089 – Seguimiento de anticipos y prefinianciaciones de exportaciones adeudados al exterior. Validación de la Comunicación “A” 3602. Emitida el 27/09/2015 y publicada en Boletín Oficial nro. 30850. De fecha 21/02/2006

...

Descargar como (para miembros actualizados)  txt (3 Kb)   pdf (155 Kb)   docx (410 Kb)  
Leer 1 página más »
Disponible sólo en Clubensayos.com