CONTABILIDAD 1
angelik070722 de Mayo de 2013
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INDICE
• 1.- INTRODUCCION
• 1.1.- La técnica contable, breve historia y evolución
• 1.2.- Concepto de contabilidad
• 1.3.- Objetivo de la contabilidad
• 1.4.- Relación de la contabilidad con el derecho
• 1.5.- Legislación de la obligación contable
o 1.5.1.- Por el código de comercio
o 1.5.2.- Por la ley y el reglamento del impuesto sobre la renta
o 1.5.3.- Por el código fiscal de la federación
o 1.5.4.- Por el reglamento del código fiscal de la federación
• 1.6.- Aplicaciones de la contabilidad en los sectores público y privado
• 1.7.- Ciclo económico de los negocios o empresas
• 2.- CONCEPTOS BASICOS DE LA OPERACION CONTABLE
• 2.1.- Bienes
• 2.2.- Derechos
• 2.3.- Obligaciones
• 2.4.- Relación de la obligación con los bienes y derechos
• 2.5.- Patrimonio
• 2.6.- Relación de patrimonio con los bienes, derechos y obligaciones
1.-INTRODUCCION
La contabilidad es una técnica que se ocupa de registrar, clasificar y resumir las operaciones mercantiles de un negocio con el fin de interpretar sus resultados. Como sabemos el origen de la contabilidad es de hace muchos años, desde que el hombre se dio cuenta de que su memoria no era suficiente para guardar la información necesaria. Desde el año 6000 a.c. ya existían los elementos necesarios para la actividad contable. En Grecia, Egipto y en los Valles de Mesopotamia llevaban registros y operaciones financieras de las empresas privadas y públicas en tablillas de barro.
1.1.-LA TECNICA CONTABLE, BREVE HISTORIA Y EVOLUCION
Desde que las primeras civilizaciones tuvieron la necesidad de transmitir información económica para tiempos posteriores, hasta hoy en día que existen escuelas especializadas que enseñan esta ciencia, se pudo determinar que existieron 4 etapas marcadas en la historia de la contabilidad como ser:
La Edad Antigua: Donde el hombre gracias a su ingenio proporcionó al principio métodos primitivos de registración; como es la tablilla de barro. Desde entonces la evolución del sistema contable no ha parado en desarrollar.
La Edad Media: Se consolida el “solidus”, moneda de oro que es admitida como principal medio de transacciones internacionales, permitiendo mediante esta medida homogénea la registración contable.
Edad Moderna: Nace el más grande autor de su época, Fray Lucas de Paccioli, Autor de la obra “Tractus XI”, donde no únicamente se refiere al sistema de registración por partida doble basado en el axioma: “No hay deudor sin acreedor”, sino también a las prácticas comerciales concernientes a sociedades, ventas intereses, letras de cambio, etc. Con gran detalle, ingresa en el aspecto contable explicando el inventario, como una lista de activos y pasivos preparado por el propietario de la empresa antes que comience a operar.
Edad Contemporánea: Da lugar a la creación de Escuelas como ser: la personalista, del valor, la abstracta, la jurídica y la positivista tendientes a solucionar problemas relacionados con precios y la unidad de medida de valor, apareciendo conceptos referidos a depreciaciones, amortizaciones, reservas, fondos, etc.
1.2.-CONCEPTO DE CONTABILIDAD
“La Contabilidad es la ciencia que proporciona información de hechos económicos, financieros y sociales suscitados en una empresa; con el apoyo de técnicas para registrar, clasificar y resumir de manera significativa y en términos de dinero, “transacciones y eventos”, de forma continua, ordenada y sistemática, de tal manera que se obtenga información oportuna y veraz, sobre la marcha o desenvolvimiento de la empresa u organización con relación a sus metas y objetivos trazados, con el objeto de conocer el movimiento de las riquezas y sus resultados"
1.4.-RELACION DE LA CONTABILIDAD CON EL DERECHO
La contabilidad ya no es sólo para economistas o contables, tiene su importancia para los juristas porque existen multitud de cuestiones de ámbito jurídico donde tienen que intervenir el abogado, cuestiones por ejemplo como pueden ser ya no solamente la controversia jurídica con el SAT, sino que también si se es representante legal o asesor de los accionistas minoritarios de una empresa interesa conocer y poder dominar cuál es el beneficio real de esa empresa, cómo se han elaborado a la hora de los balances, si se está engañando o no a los accionistas minoritarios con los mismos, si la empresa se encuentra en una situación en que su patrimonio neto haya obligado en un momento determinado a la disolución de la empresa, si eso supone o no responsabilidad social para los administradores, etc.
Todo este tipo de cuestiones están relacionadas y directamente implicadas con el tema de la contabilidad, por lo tanto, el derecho contable es un derecho que regula una parte esencial, que es, la dinámica y la estática dentro de las empresas, que hay que conocer y que sin ello difícilmente se puede asesorar a una empresa ni asesorar a las personas vinculadas a dicha empresa. Es por ello, una materia esencial a estudiar, aunque el gran problema para los licenciados en derecho a la hora de estudiar la contabilidad es el lenguaje, pero que una vez conocido y entendido, la aplicación práctica no es tan difícil.
Sabemos que la interpretación de las normas hasta el momento se ha realizado atendiendo a verdadera naturaleza jurídica de las operaciones, de ahí que el abogado no se preocupe por lo económico, sin embargo existen importantes modificaciones en diversos códigos de comercio en otros países en donde prevalece el principio de la interpretación económica de las normas, esto implica importantes cambios principalmente en el ámbito fiscal en donde varias de las planeaciones fiscales tienen su base en disfrazar bajo formas jurídicas operaciones cuya finalidad económica es totalmente diversa. En México el fisco ha pretendido regular este tipo de operaciones buscando que en sus auditorías se analice las operaciones en su fin económico y no solo en su forma jurídica, lo que no ha sido del todo aceptado por los tribunales ni tampoco se han aprobado reformas al respecto. Empero en este mundo globalizado no nos extrañe que se modifiquen las disposiciones mercantiles en ese sentido.
Derecho: Es el que se encarga del manejo legal de las entidades económicas. Las leyes repercuten en la contabilidad en diversas formas, puesto que los contadores actúan en un ambiente jurídico.
Código de Comercio: Regula las relaciones mercantiles entre comerciantes y no comerciantes.
Código Civil: Este código norma la propiedad y su usufructo, los contratos y otras relaciones entre personas naturales o jurídicas.
Legislación Laboral: Reglamenta los deberes y derechos de las partes, derivados del contrato de trabajo.
Legislación Fiscal: Determina las contribuciones, gravámenes y desgravámenes, sobre los beneficios o utilidades.
1.5.-LEGISLACION DE LA OBLIGACION CONTABLE
En la mayoría de los países las leyes y reglamentos que fijan la obligación de llevar contabilidad sufren modificaciones y adiciones conforme van surgiendo cambios económicos, políticos , sociales y culturales. Por ello es conveniente consultar las leyes y reglamentos que contengan disposiciones actualizadas. En México , las principales disposiciones de estas leyes y sus reglamentos, vigentes a l 1 de enero de 2004, son los siguientes:
1.5.1.-Código de Comercio
Capítulo III
De la contabilidad mercantil
Art. 33. el comerciante está obligado a llevar y mantener un sistema de contabilidad adecuado. Este sistema podrá llevarse mediante instrumentos , recursos y sistemas de registro y procesamiento que mejor se acomoden a las características particulares del negocio , pero en todo caso deberá satisfacer los siguientes requisitos mínimos:
a) Permitirá identificar las operaciones individuales y sus características, así como conectar dichas operaciones individuales con los documentos comprobatorios originales de las mismas.
b) Permitirá seguir la huella desde las operaciones individuales a las acumulaciones que den como resultado las cifras finales de las cuentas y viceversa.
c) Permitirá la preparación de los estados que se incluyan en la información financiera del negocio.
d) Permitirá conectar y seguir la huella entre las cifras de dichos estados , las acumulaciones de las cuentas y las operaciones individuales.
e) Incluirá los sistemas de control y verificación internos necesarios para impedir la omisión del registro de operaciones, para asegurar las corrección del registro contable y para asegurar la corrección de las cifras resultantes.
Art. 34. Cualquiera que sea el sistema de registro que se emplee, se deberán llevar debidamente encuadernados , empastados y foliados el libro mayor, y en el caso de las personas morales, el libro o los libros de actas. LA encuadernación de estos libros podrá hacerse a posteriori, dentro de los tres meses siguientes al cierre del ejercicio; sin perjuicio de los requisitos especiales que establezcan las leyes y reglamentos fiscales para los registros y documentos que tengan relación con las obligaciones fiscales del comerciante.
Art. 35. En el libro mayor se deberán anotar, como mínimo y por lo menos una vez al mes , los nombres o designaciones de las cuentas de contabilidad , su saldo al final del periodo de registro inmediato anterior, el total de movimiento de cargo o crédito a cada cuenta en el periodo y sus saldo
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