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CONTRATO DE PRESTACION DE SERVICIOS PROFESIONALES ENTRE LA COMISION DE ACCION SOCIAL MENONITA

sheskyPráctica o problema2 de Febrero de 2016

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CONTRATO DE PRESTACION DE SERVICIOS PROFESIONALES ENTRE LA COMISION DE ACCION SOCIAL MENONITA (CASM) Y ERIKA MURILLO.

Nosotros Cesar Augusto Carcamo Ruiz, casado, hondureño, con cédula número 0703-1067-00274 residencia en San Pedro Sula, en su condición de Gerente Regional de la Comisión de Acción Social Menonita en Sula,  en adelante denominada CASM, y Erika Johana Murillo Velasquez, residente en la colonia Barrio Guadalupe 1ra Calle 20 y 21 ave en San Pedro con número de identidad 1804-1882-00997, en adelante denominada la Consultora, por el presente acordamos el siguiente contrato de prestación de servicios de consultoría bajo las condiciones que a continuación se establecen:

PRIMERO: La Consultora prestará sus servicios profesionales a CASM en la Organización y planificación y ejecución  de actividades en incidencia política, así como el mejoramiento de carretas tiradas a caballo y coordinación del tratamiento de enfermedades comunes en las bestias que sirven como medio de transporte a familias que viven en los Bordos de los Ríos que cruzan la ciudad de San Pedro Sula.

SEGUNDO: Las responsabilidades de la consultora son las siguientes:

  1. Selección y organización de los beneficiarios de mejoramiento de carretas, herrado y desparasitado de bestias que utilizan como medio de transporte.
  2. Diseño de mensajes publicitarios de incidencia política, que promuevan el respeto a los derechos de las familias que viven en los Bordos.
  3. Capacitación de las familias para que le den un seguimiento a las familias y continúen por su cuenta atendiendo y mejorando su medio de transporte como lo es la carreta tirada a caballo
  4. Brindar un informe donde quede claramente establecido cada uno de las actividades desarrolladas.

TERCERO: Las responsabilidades de CASM son las siguientes

A. Facilitar a la consultora, todos los insumos que tiene y pueden ser útiles para hacer el trabajo más eficiente, entendiendo como insumos documentos, contactos que ya están establecidos con personajes claves, informes actividades.

B. Organizar las actividades de campo y de oficina donde se requiere la participación de líderes comunitarios este incluye movilización de la consultora, facilitación de la logística, y el traslado hacia las comunidades siempre se hará en un vehículo de CASM y la consultora deberá ir siempre acompañada por un empleado o empleada de CASM

C. Cancelar a la consultora en concepto de honorarios profesionales el valor de Diez Mil Lempiras Exactos (L.10, 000.00) el cual se le retendrá el 12.5% conforme al ISR.

D. CASM le asignara un valor extra de Dos Mil Quinientos Lempiras Exactos (L. 2,500.00) para que la consultora cubra sus costos de Movilización.

CUARTO: La consultora lee, acepta y se compromete a firmar y cumplir el código de conducta y demás políticas institucionales, bajo las mismas condiciones que lo hacen los empleados y empleadas de cada una de las regiones

QUINTO: Disposiciones conjuntas de carácter general

A. Cualquier disposición no contemplada en las cláusulas anteriores se podrá incorporar previa suscripción de un adendum al presente, propuesto en forma conjunta.

B. En caso de desacuerdos en la interpretación o ejecución de este contrato, las partes acuerdan resolver por la vía del entendimiento, el diálogo y la buena voluntad; salvo caso contrario, deberá resolverse por medio de la instancia legal correspondiente en el domicilio que las partes establezcan

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