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CONVENIO DE DIVORCIO POR MUTUO CONSENTIMIENTO que celebran por una parte la C. XX y por la otra el C. XY


Enviado por   •  29 de Junio de 2017  •  Trabajos  •  1.297 Palabras (6 Páginas)  •  216 Visitas

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CONVENIO DE DIVORCIO POR MUTUO CONSENTIMIENTO que celebran por una parte la C. XX y por la otra el C. XY, mismo que sujetan al tenor de las siguientes cláusulas:

CLÁUSULAS:

PRIMERA.- Los menores A, B y C, todos de apellidos XXXY, tanto durante el procedimiento, como después de ejecutoriado el divorcio, quedarán confiadas en cuanto se refiere a su custodia a su padre, el señor XY.

Ambos padres conservarán la patria potestad de los tres menores señalados.

Como una modalidad, los padres acuerdan que durante la minoría de edad de sus hijos, éstos quedarán bajo los cuidados de la madre y padre como se ha establecido líneas arriba, sin embargo, una vez alcanzada la mayoría de edad, sus hijos decidirán libremente con quién de los padres habrán de vivir.

Así mismo, ambos padres acuerdan de manera expresa que, para el caso de que durante la minoría de edad de sus hijos, y se diera el caso de fallecimiento de alguno de los padres, los menores quedarán bajo la custodia del padre que sobreviva.

SEGUNDA.- CONVIVENCIA.- La madre conserva el derecho de convivir con sus menores hijos, dicha convivencia será de la siguiente manera:

La madre de los menores tendrá convivencia con sus menores hijos durante todo un fin de semana, considerado desde el día Viernes desde el horario en que los menores salgan de sus actividades escolares, y hasta el día Lunes, debiendo presentarlos a sus respectivas escuelas en los horarios de entrada.

En la misma tesitura, cuando la madre tenga la convivencia con sus menores hijos, será responsable de las tareas y actividades extraescolares de los mismos.

Así las cosas, dicha convivencia será de forma alternada, es decir, un fin de semana si y uno no.

Ahora bien, y respecto a los fines de semana en los que la convivencia con el mamá coincida con el “Viernes de Órgano Colegiado”, es decir, el viernes último de cada mes, y tomando en consideración que los menores de educación básica no tienen clases ese día, la convivencia de los menores con su mamá será desde el día jueves anterior al viernes último de cada mes, desde la hora en la que los menores terminen su horario escolar.

VACACIONES.- Cada uno de los padres individualmente, gozará con los menores de edad alternadamente de un periodo vacacional al año, considerado de una semana completa en los periodos de vacaciones escolares de verano, Semana Santa y navideñas respectivamente.

Así las cosas, durante los periodos vacacionales, cada uno de los padres tendrá por semanas completas; acordando de forma verbal los padres de los menores, cuál o cuáles semanas habrán de pasar los menores con cada uno de sus papás.

FESTIVIDADES FAMILIARES.- En los aniversarios o cumpleaños, ambos padres simultánea o separadamente tienen derecho a ser visitados o a visitar a sus menores hijos en sus respectivos domicilios, o bien, previo acuerdo de los padres decidirán la forma de convivencia así como el lugar de convivencia para las mencionadas fechas.

EVENTOS ACADÉMICOS DE LOS MENORES.- Ambos padres tienen derecho a acompañar a los menores y participar de sus eventos académicos, sociales, deportivos o culturales, en su respectiva escuela, guardando el debido respeto al evento y a los participantes, ya que el padre que escandalice o pierda compostura, perderá el derecho de asistir a eventos futuros de cualquier naturaleza que éstos sean.

ENFERMEDADES Y ACCIDENTES.- Manifiestan ambos padres, que sus menores hijos cuentan con Seguro Popular que ofrece la Comisión Nacional de Protección Social en Salud. Así las cosas, en caso de enfermedad o accidente, ambos padres conservan los derechos de visitar y asistir a sus menores hijos, sin limitaciones, excepto las impuestas por control médico o para la mejor evolución de su condición anímica o física, a opinar sobre su tratamiento, terapia, padecimiento y/o médicos tratantes, la institución en que se encuentren hospitalizados o se hospitalizarán, pudiendo llegar a un acuerdo al respecto teniendo siempre en cuenta el bienestar de los menores, y en caso de urgencia, quien los tenga bajo su custodia,

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