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Carpeta De Homicidio

america122 de Marzo de 2013

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AÑO 2010

PROCESO NO. 234/2010 LEGAJO No. ORIGINAL

CONSEJO GENERAL DEL PODER DE JUDICIAL

JUZGADO SEGUNDO PENAL: OAXACA, OAXACA

IMPUTADO: JUAN JOSE CABRAL PEREZ

DELITO: ROBO

VICTIMA: RODRIGO MONTEZ DELGADO

FISCAL:

TEORIA DEL CASO

Esta Representación social, de acuerdo con las facultades que le confiere a ley en el artículo 21 constitucional el cual señala que es facultad del Ministerio Publico la persecución de los delitos, razón por la cual comparecemos en representación para denunciar el delito de ROBO, figura delictiva tipificada en el artículo 349 del Código Penal del estado de Oaxaca, por los hechos que a continuación se exponen: el pasado 1 del mes de mayo del 2010 dos mil diez siendo las 2:35 de la madrugada de ese día, recibimos una llamada en la que nos reportaron la posible comisión de un delito en ese momento, en esta localidad, de inmediato nos dirigimos a la dirección y al llegar ahí encontramos un sujeto, de aproximadamente 29 años de edad, el cual se encontraba dentro de una camioneta FORD 150 modelo 2009 con placas JYT989 del ESTADO DE OAXACA, el cual al parecer el dueño no era el él cual procedimos a preguntarle por la procedencia de la camioneta el cual no supo contestar ni comprobarnos que la camioneta era suya, el cual al parecer el dueño de la camioneta era el Sr. RODRIGO MONTEZ DELGADO, quien dijo ser el propietario de la camioneta, el cual comprobó con la factura y papeles comprobantes de que la camioneta efectivamente era de él, el menciono que el sujeto de nombre JUAN JOSE CABRAL PEREZ tomo su camioneta que estaba estacionada afuera de su domicilio el cual era JUAN ESCUTIA con numero marcado con el 456, el Sr. RODRIGO MONTEZ DELGADO fue testigo presencial de los hechos ya que observo el momento que se apoderaba de la camioneta el cual procedió a llamar al cuerpo de seguridad pública del estado de Oaxaca. Para comprobar lo anteriormente expuesto contamos con los suficientes medios probatorios que señalen al imputado como el culpable del delito de ROBO en contra de Sr. RODRIGO MONTEZ DELGADO, mismas que a continuación se mencionan, en primer lugar tenemos PRUEBA TESTIMONIAL Sr. RODRIGO MONTEZ DELGADO como testigo presencial de los hechos, así como los elementos del cuerpo policial que participaron en la detención, los dictámenes periciales psicológicos el cual comprueban que tenia conocimientos de hecho y de derecho y por último el informe policial.

ESTRUCTURA DEFINIDA PARA LA INVESTIGACION

DEL DELITO DE ROBO

ELEMENTOS CONSTITUTIVOS DEL DELITO

PRUEBAS

TESTIGOS

HECHOS

VINCULOS

*CONDUCTA TIPIFICADA

Figura delictiva señalada en el artículo 349 del código penal del estado de Oaxaca.

*Sujeto activo que realiza la conducta típica.

* Objeto material del delito.

* ROBO

ARTICULO 357

Al que sin derecho y sin consentimiento de quien pueda otorgarlo, se apodere:

I.- De un vehículo de motor, se le aplicara de seis a doce años de prisión y de doscientos a

quinientos días multa.

Se entiende por vehículo de motor, para los efectos de este artículo, los automóviles,

camionetas, camiones y tracto camiones de cualquier tipo y autobuses;

DENUNCIA DEL OFENDIDO.

*PRUEBAS TESTIMONIALES

*DICTAMENESPERICIALES PSICOLOGICOS DEL IMPUTADO.

INFORME POILICIAL.

*PRESENTADO POR LA FISCALIA:

PRUEBA TESTIMONIAL:

Sr. RODRIGO MONTEZ DELGADO.

AGENTES POLICIACOS:

RODOLFO GONZALES PEÑA.

RAMIRO ZARATE CRUZ.

ESPOSA DEL OFENDIDO;

Sra. SANDRA GUEVARA BUENROSTRO

PERITOS ESPECIALIZADAS EL LA MATERIA YA SOLICITADA:

AGENTE MINISTERIAL: PABLO ESCOBAR CADENA

*J UZGADOR

A petición de la parte ofendida, en los términos que señale la ley. El acta que se levante debe llenar en su totalidad los datos requeridos en para la investigación eficaz del delito

El pasado 1 del mes de mayo del 2010 dos mil diez siendo las 2:35 de la madrugada de ese día, recibimos una llamada en la que nos reportaron la posible comisión de un delito en ese momento, en esta localidad, de inmediato nos dirigimos a la dirección y al llegar ahí encontramos un sujeto, de aproximadamente 29 años de edad, el cual se encontraba dentro de una camioneta FORD 150 modelo 2009 con placas JYT989 del ESTADO DE OAXACA, el cual al parecer el dueño no era el él cual procedimos a preguntarle por la procedencia de la camioneta el cual no supo contestar ni comprobarnos que la camioneta era suya, el cual al parecer el dueño de la camioneta era el Sr. RODRIGO MONTEZ DELGADO, quien dijo ser el propietario de la camioneta, el cual comprobó con la factura y papeles comprobantes de que la camioneta efectivamente era de él, el menciono que el sujeto de nombre JUAN JOSE CABRAL PEREZ tomo su camioneta que estaba estacionada afuera de su domicilio el cual era JUAN ESCUTIA con numero marcado con el 456, el Sr. RODRIGO MONTEZ DELGADO fue testigo presencial de los hechos ya que observo el momento que se apoderaba de la camioneta el cual procedió a llamar al cuerpo de seguridad pública del estado de Oaxaca.

*FUNDAMENTO JURIDICO:

Con Fundamento en lo dispuesto por el artículo 167 del Código procesal penal de Oaxaca, por encontrarse acreditados los elementos de la flagrancia que señala el artículo 167 en mención, y tomando en consideración que el delito por el que se procede tiene detención preventiva.

C. AGENTE DEL MINISTERIO PUBLICO CIUDAD OAXACA

DEL FUERO COMUN EN TURNO. 1 DE MAYO DE 2010

PRESENTE:

DENUNCIA

El día 1 de mayo La Dirección de Seguridad Pública Municipal, nos dio a conocer la denuncia telefónica por quien se identifico como RODRIGO MONTEZ DELGADO quien dijo que un sujeto, de aproximadamente 29 años de edad, el cual se encontraba dentro SU CAMIONETA FORD 150 modelo 2009 con placas JYT989 del ESTADO DE OAXACA, el cual al parecer trataba de apoderarse de ella el sin consentimiento del dueño el cual procedimos a preguntarle por la procedencia de la camioneta al sujeto el cual no supo contestar ni comprobarnos que la camioneta era suya, el cual al parecer el dueño de la camioneta era el Sr. RODRIGO MONTEZ DELGADO, quien dijo ser el propietario de la camioneta, el cual comprobó con la factura y papeles comprobantes de que la camioneta efectivamente era de él, el menciono que el sujeto de nombre JUAN JOSE CABRAL PEREZ tomo su camioneta que estaba estacionada afuera de su domicilio el cual era JUAN ESCUTIA con numero marcado con el 456, el Sr. RODRIGO MONTEZ DELGADO fue testigo presencial de los hechos ya que observo el momento que se apoderaba de la camioneta el cual procedió a llamar al cuerpo de seguridad pública del estado de Oaxaca.

Por lo anterior pido se me tenga por presentada la denuncia en tiempo y forma a fin de aplicar la ley y la justicia lo más pronto posible.

Sr. Rodrigo Montez Delgado

INFOME POLICIAL

DIRECCIÓN DE SEGURIDAD PÚBLICA MUNICIPAL

FECHA:

1/05/2010

SECTOR. 9

MUNICIO OAXACA DE JUAREZ , OAXACA FECHA 1 DE MAYO DEL 2010 por medio de la presente informo a la autoridad competente, que tras recibir el reporte de la que al llamar a nuestra base dijo llamarse RODRIGO MONTEZ DELGADO y decir que en el domicilio que es; la calle JUAN ESCUTIA numero 456 de la colonia PEDREGAL DE LA CIDAD DE OAXACA se encontraba su camioneta estacionada afuera de su domicilio el cual estaba un sujeto abriendo su camioneta, se nos pasa la información a los oficiales de la zona más cercana que es el que suscribe la presente e inmediatamente nos trasladamos al lugar de los hechos, para cerciorarnos. Al llegar al lugar comprobamos que efectivamente un sujeto se avía apoderado de la camioneta FORD 150 MODELO 2009 con placas JYT989 del ESTADO DE OAXACA, el cual al parecer el dueño no era el él cual procedimos a preguntarle por la procedencia de la camioneta el cual no supo contestar ni comprobarnos que la camioneta era suya al solicitarle que se identificara se identifico con el nombre de JUAN JOSE CABRAL PEREZ el cual no tenia consigo ni facturas ni otro documento que acreditara de su propiedad la camioneta, el cual el denunciante de nombre RODRIGO MONTEZ DELGADO salió de su finca de la calle JUAN ESCUTIA marcada con el numero 456 de la colonia PEDREGAL de la ciudad de OAXACA el cual asegura ser el dueño de dicha camioneta el cual procedimos a que acreditara la que era de su propiedad dicha camioneta,

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