ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

Cesion De Credito


Enviado por   •  10 de Junio de 2013  •  446 Palabras (2 Páginas)  •  410 Visitas

Página 1 de 2

Un contrato de cesión de derechos, es un contrato en el que una parte cede los derechos que pueda tener para con algo, ya sea un derecho en sí mismo o un artículo material a otra persona. En este contrato se conoce como CEDENTE a la parte ce entrega los derechos ya mencionados y como CESIONARIO a la persona que recibe los derechos. Puede realizarse por una persona física o por persona moral que debe estar debidamente identificada.

Caracteres

• Consensual: se perfecciona por el simple acuerdo de voluntades.

• Formal: ya que requiere la forma “escrita” bajo pena de nulidad, incluso a veces es necesario la escritura publica, la excepción esta dada en la “cesión de títulos al portador”, donde la forma escrita se sustituye “por la entrega del titulo”.

CONTRATO DE CESION

Es una clase de contrato en el cual una persona llamado cedente (acreedor), traslada su derecho a un tercero para que le cobre a su deudor, ese tercero se llama cesionario quien ocupa el lugar del acreedor ( cedente) para cobrar la deuda o derecho.

CLASES DE CESION

De créditos personales, de derechos hereditarios, de derechos litigiosos., de créditos.

Es un contrato por el cual el acreedor, que se llama cedente, transmite los derechos que tiene en contra de su deudor a un tercero, que se llama cesionario. La palabra cesión designa también a la transmisión del crédito y entonces hay que distinguir esta transmisión de sus oígenes.

Por la cesión, el acreedor es sustituído por el adquirente del crédito; pero queda subsistiendo el crédito mismo contra el sujeto pasivo sin alterarse la obligación.

La cesión de crédito tiene el carácter de venta si se hace por un precio cierto y em dinero, el de permuta si se efectúa a cambio de una cosa, el de donación si se realiza gratuitamente. En lo único que se diferencía de la venta, la permuta y la donación, por una parte, y la cesión de crédito por otra, es con respecto al objeto, en un supuesto se trata de cosas y en otro de bienes incorporales.

En un principio se pueden ceder todos los créditos. Además, el acreedor puede ceder a dos personas diferentes partes alicuotas del mismo crédito o puede ceder una parte del crédito reservándose la otra

CESIÓN DE CRÉDITOS Y OTROS DERECHOS

Las normas expresas del Código Civil sobre cesión de crédito y otros derechos se refieren a la cesión en sentido estricto, o sea, a titulo de venta, de ¡os derechos relativos, entre los cuales los más importantes son los derechos de créditos; pero no regulan la cesión de los derechos absolutos (como p. ej.: de los derechos reales).

La cesión o venta de un

...

Descargar como (para miembros actualizados)  txt (2.7 Kb)  
Leer 1 página más »
Disponible sólo en Clubensayos.com