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Contabilidad


Enviado por   •  27 de Enero de 2015  •  870 Palabras (4 Páginas)  •  129 Visitas

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Art. 177 libros talonarios y de acciones y accionistas.

Los títulos y certificados de acciones se extenderán en libros talonarios numerados.

Los títulos y certificados nominativos se inscribirán, además, en el Libro de Acciones y Accionistas, en el que se anotaran las siguientes transferencias, constitución de derechos reales y otras modificaciones que ocurran respecto al derecho sobre las acciones.

Art. 178 calidad y derechos del accionista.

La acción confiere a su titular, legitimo, la calidad de accionista y le atribuye, los derechos fundamentales que de ella se derivan y se establece en esta Ley.

Art. 179 indivisibilidad de la acción. Copropiedad.

La acción es indivisible. Por consecuencia, cuando haya varios propietarios de una misma acción, se nombrara un apoderado o en su falta un administrador común, si no se pusieren de acuerdo, el nombramiento será hecho por el juez a petición de ellos mismos.

Los copropietarios responden a las obligaciones que se deriven de la condición de accionistas.

Art. 180 USUFRUCTO DE ACCIONES

En el caso de usufructo de acciones la calidad de accionistas reside en el nudo propietario; el usufructuario tendrá derecho a ganancias obtenidas durante el periodo de usufructo. El usufructo recayere sobre acciones no liberadas, si desea conservar su derecho debe pagar los dividendo pasivos sin perjuicio de repartir contra el nudo propietario.

Art.181 DERECHO PREFERENTE

Los accionistas tienen derecho preferente, en proporción a sus acciones para suscribir las que se emitan en cada caso de aumento de capital suscrito. Esto se ejecuta a los 30 días siguientes a la publicación a la prensa pobra ser incorporada en un valor denominado certificado de preferencia, dicho certificado darán derecho a sus titulares a suscribir las acciones determinadas en el certificado, los certificados deberán ser puestos a disposiciones de los accionistas que consten en el libro de acciones y accionistas dentro de los 15 días hábiles.

Art. 182 FORMAS DE AUMENTO DE CAPITAL SOCIAL

El aumento de capital social mediante emisión de nuevas acciones o por elevación del valor de las ya emitidas puede ser acordado por la compañía.

Art.183 APORTACIÓN POR SUSCRIPCIÓN DE NUEVAS ACCIONES

Podrán realizarse:

1. Por numerario o especie si la junta general lo requiere y de acuerdo a lo establecido en los artículos 156, 157 y 205.

2. Por compensación de créditos.

3. Por capitalización de reservas o utilidades.

4. Por reserva o superávit proveniente de revalorización los activos de acuerdo al reglamento de la superintendencia de compañías y valores.

Al momento de aumentar el capital se debe pagar al menos el 25% de dicho aumento.

Art. 184 MAYORÍA DE DECISORIA PARA EL AUMENTO DE CAPITAL

• Si el aumento se realiza en numerario o en especie se requiere el consentimiento

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