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Contabilidad

melvis286 de Marzo de 2015

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artículo 104 de la LOTTT señala que se entiende por salario la remuneración, provecho o ventaja, cualquiera fuere su denominación o método de cálculo, siempre que pueda evaluarse en moneda de curso legal, que corresponda al trabajador o trabajadora por la prestación de su servicio.

Así mismo, define el salario normal como la remuneración devengada por el trabajador o trabajadora en forma regular y permanente por la prestación de su servicio. Quedan por tanto excluidos del mismo las percepciones de carácter accidental, las derivadas de las prestaciones sociales y las que esta ley considere que no tienen carácter salarial.

Cálculo del salario integral

El salario integral ha sido definido por la jurisprudencia como aquel que comprende todos los conceptos contemplados en modo enunciativo en el artículo 133 de la Ley Orgánica del Trabajo, donde se define como "la remuneración, provecho o ventaja, cualquiera fuere su denominación o método de cálculo, siempre que pueda evaluarse en efectivo, que corresponda al trabajador por la prestación de su servicio y, entre otros, comprende las comisiones, primas, gratificaciones, participación en los beneficios o utilidades, sobresueldos, bono vacacional, así como recargos por días feriados, horas extras o trabajo nocturno, alimentación y vivienda".

Salario Integral mensual = Salario mensual normal+horas extras+días feriados+bono nocturno+bono vacacional+comisiones+primas+gratificaciones

De esta forma la diferencia entre el salario normal y el salario integral es que el segundo es la suma del primero con todas las prestaciones, bonos y gratificaciones incluidas.

Salario por unidad de tiempo

El salario por unidad de tiempo se aplica cuando se toma en cuenta el tiempo empleado para llevar a cabo una actividad, sin que su resultado afecte a éste.

Ejemplo: Un empleado es contratado para pintar una residencia y se le cancelará por el tiempo que le lleve realizar su labor. Es decir, en el supuesto caso de que ambas partes hayan convenido un pago de 400 Bs por día, y el empleado tardó 14 días culminar su labor, el patrón deberá cancelar diariamente los 400 Bs durante los 14 días que se le prestó el servicio.

Ahora bien, si el salario es calculado por mes, se debe dividir en monto mensual entre 30, lo cual dará como resultado la remuneración diaria que percibirá el empleado. De igual forma, el monto diario se divide entre el número de horas trabajadas para calcular la alícuota por hora que percibirá el trabajador. Se debe tomar en cuenta si éstas son en horario diurno, nocturno o mixto.

En aquellos casos donde el número de horas trabajadas durante la semana varíe, el valor de las mismas que establecerá promediando las horas diarias trabajadas en los días laborado durante la semana.

Ejemplo: Si un empleado trabajó el lunes 6 horas, el martes 2 horas, el miércoles 4 horas, el jueves 5 horas y el viernes 1 horas; se deben sumar las horas semanales, 6+2+4+5+1=18 horas, éste resultado será el número de horas que se le cancelarán por sus servicio durante esa semana, si cada hora es pagada a 100Bs al trabajadores le corresponderían 1.800 Bs por sus servicios.

Salario por unidad de obra, por pieza o a destajo

El salario por unidad de obra, por pieza o a destajo, se calculará según la obra realizada por el empleado. Ejemplo: Un trabajador es contratado para remodelar los pisos de una vivienda, éste deberá llegar a un acuerdo con el patrono para determinar el monto que le será cancelado por dicha labor.

Este tipo de salario no podrá ser menor al estipulado por unidad de tiempo. Partiendo del ejemplo anterior, el empleado podría percibir por hora 100Bs pero llega a un acuerdo con el patrono de que se le cancelará un monto específico por sus servicios, éste no puede ser menor a la remuneración que

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