Convenio de Estocolmo sobre Contaminantes Orgánicos Persistentes.
alexisanmarinoEnsayo25 de Mayo de 2014
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Convenio de Estocolmo sobre Contaminantes Orgánicos Persistentes.
El Convenio de Estocolmo tiene por objeto proteger la salud humana y el medio ambiente frente a los contaminantes orgánicos persistentes (COP), así como promover las mejores prácticas y tecnologías disponibles para reemplazar a los COP que se utilizan actualmente, y prevenir el desarrollo de nuevos COP a través del fortalecimiento de las legislaciones nacionales y la instrumentación de planes nacionales de implementación para cumplir estos compromisos.
México firmó el convenio el 23 de mayo de 2001, en Suecia, y lo ratificó el 10 de febrero de 2003. Fue el primer país de Latinoamérica que ratificó este convenio, el cual entró en vigor el 17 de mayo de 2004.
Establece un fuerte régimen internacional para promover la acción global respecto a los COP que amenazan la salud y el desarrollo de los seres humanos y la vida silvestre, por lo que dispone una serie de medidas de control sobre su producción, importación, disposición, uso y eliminación.
El Convenio de Estocolmo es de reciente creación, apenas celebró su 4ª Conferencia de las Partes en mayo de 2009. En este tiempo se han establecido las reglas de procedimiento y los órganos subsidiarios necesarios, como el Comité de Revisión de COP, que garantizan su operación. Además de promover que los países Parte integren sus Planes Nacionales de Implementación (PNI) para cumplir los compromisos que establece este instrumento. El PNI de México se integró en octubre de 2007, al ser aprobado por el Comité Nacional de Coordinación de México, de composición multisectorial, se remitió al secretariado del convenio en febrero de 2008.
La 4ª Conferencia de las Partes del Convenio de Estocolmo (Ginebra, Suiza, 4 al 8 de mayo de 2009) tuvo un segmento ministerial con el tema “Atendiendo a los desafíos de un futuro libre de contaminantes orgánicos persistentes”. Se aprobó la inclusión de 9 sustancias nuevas en los Anexos del Convenio. Se adoptó una decisión en la que se aprobaron las recomendaciones del Grupo de Trabajo Ad hoc sobre sinergias de los Convenios de Rotterdam, Basilea y Estocolmo; se presentaron los informes regionales sobre la evaluación de la eficacia del Convenio, y se aceptaron algunas nominaciones de los Centros Regionales, entre ellas, la de México a través del CENICA. No se adoptó un mecanismo de incumplimiento por la falta de consenso
En 1992 se celebró en Río de Janeiro, Brasil, la Conferencia de las Naciones Unidas sobre Medio Ambiente y Desarrollo, también conocida como la "Cumbre de la Tierra". Dicha reunión generó tres logros significativos en materia de protección ambiental: la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático (UNFCCC, por sus siglas en inglés), la Convención de Lucha contra la Desertificación (UNCCD) y el Convenio sobre la Diversidad Biológica (CDB), siendo este último el primer acuerdo mundial enfocado en la conservación y el uso sostenible de la biodiversidad.
Hitos ambientales
El CDB ganó rápidamente una aceptación generalizada y más de 150 gobiernos firmaron el documento en el marco de la Cumbre en Río de Janeiro.
Convenio de Basilea
Convenio de Basilea sobre el Control de los Movimientos Transfronterizos de los Desechos Peligrosos y su Eliminación.
El Convenio de Basilea tiene como objetivo reducir al mínimo la generación de desechos peligrosos y su movimiento transfronterizo, así como asegurar su manejo ambientalmente racional, para lo cual promueve la cooperación internacional y crea mecanismos de coordinación y seguimiento.
Fue adoptado por la Conferencia de Plenipotenciarios el 22 de marzo de 1989, mediante la firma de 116 países; México ratificó el convenio el 22 de febrero de 1991, siendo publicado en el Diario Oficial el 9 de agosto de ese mismo año,
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