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Enviado por   •  7 de Abril de 2014  •  2.093 Palabras (9 Páginas)  •  183 Visitas

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NIA 330 RESPUESTAS DEL AUDITOR A LOS RIESGOS VALORADOS

Introducción

Alcance de esta NIA

Esta Norma Internacional de Auditoria (NIA) trata de la responsabilidad que tiene el auditor, en una auditoria de estados financieros, de diseñar e implementar respuestas a los riesgos de incorreción material identificación y valorados por el auditor de conformidad con la NIA 315

Fecha de entre en vigor

Esta NIA es aplicable a las auditorias de estados financieros correspondientes a periodos iniciados a partir del 15 de diciembre de 2009

Objetivo

EL objetivo del auditor es obtener evidencia de auditoria suficiente y adecuada con respecto a los riesgos valorados de incorrección material mediante el diseño e implementación de respuestas adecuadas a dichos riesgos.

Definiciones

A efectos de las NIA, los siguientes términos tienen los significados que figuran a continuación:

(a) Procedimiento sustantivo: procedimiento de auditoria diseñado para detectar incorreciones materiales en las afirmaciones.

Los procedimientos sustantivos comprenden:

(i) Pruebas de detalle ( de tipos de transacciones, saldos contables e información a revelar); y

(ii) Pruebas de detalle ( de tipos de transacciones, saldos contables e información a revelar); y

(b) Prueba de controles: procedimiento de auditoria diseñado para evaluar la eficacia operativa de los controles de la prevención o en la detección y corrección de incorrecciones materiales en las afirmaciones.

Requerimientos

Respuestas Globales

EL auditor diseñara e implementara respuestas globales para responder a los riesgos valorados de incorrección material en los estados financieros.

Procedimientos de auditoria que responden a los riesgos valorados de incorrección material en las afirmaciones.

El auditor diseñara y aplicara procedimientos de auditoría posteriores cuya naturaleza, momento de realización y extensión estén basados en los riesgos valorados de incorrección material en las afirmaciones y respondan a dichos riesgos.

Para el diseño de los procedimientos de auditoria posteriores que han de ser aplicados, el auditor:

(a) Considerará los motivos de la valoración otorgada al riesgo de incorrección material en las afirmaciones para cada tipo de transacción, saldo contable e información a revelar, incluyendo:

(i) La posibilidad de que exista una incorrección material debido a las características especificas del correspondiente tipo de transacción, saldo contable o información a revelar, y

(ii) Si en la valoración del riesgo se han tenido en cuenta los controles relevantes (es decir, el riesgo de control), siendo entonces necesario que el auditor obtenga evidencia de auditoria para determinar si los controles operan eficazmente (es decir, el auditor tiene previsto confiar en la eficacia operativa de los controles para la determinación de la naturaleza, momento de realización y extensión de los procedimientos sustantivos), y

(b) Obtendrá evidencia de auditoria mas conveniente cuanto mayor sea la valoración del riesgo realizada por el auditor.

Pruebas de controles

EL auditor diseñara y realizara pruebas de controles con el fin de obtener evidencia de auditoria suficiente y adecuada sobre la eficacia operativa de los controles relevantes si:

(a) La valoración de los riesgos de incorreción material en las afirmaciones realizada por el auditor comporta la expectativa de que los controles estén operando eficazmente (es decir, para la determinación de la naturaleza momento de realización y extensión de los procedimientos sustantivos, el auditor tiene previsto confiar en la eficacia operativa de los controles; o

(b) Los procedimientos sustantivos por su mismos no pueden proporcionar evidencia de auditoria suficiente y adecuada en las afirmaciones

En el diseño y aplicación de pruebas de controles, el auditor obtendrá evidencia de auditoria mas convincente cuanto mas confié en la eficacia de un control.

Naturaleza y extensión de las pruebas de controles

Para el diseño y aplicación de pruebas de controles, el auditor:

(a) Realizara indagaciones en combinaciones con otros procedimientos de auditoria, con el fin de obtener evidencia de auditoria sobre la eficacia operativa de los controles, así como:

(i) La manera en que se hayan aplicado los controles en los momentos relevantes a lo largo del periodo sometido a auditoria.

(ii) La congruencia con la que se hayan aplicado, y

(iii) Las personas que los hayan aplicado y los medios utilizados.

(b) Determinara si los controles que van a ser probados dependen de otros controles (controles indirectos) y, en este caso, si es necesario obtener evidencia de auditoria que corrobore la eficacia operativa de dichos controles indirectos.

Momento de realización de las pruebas de controles

El auditor realizara pruebas sobre los controles en lo que respecta al momento concreto, o a la totalidad del periodo en relación con el cual tiene previsto confiar en dichos controles, sin perjuicio de los dispuesto en los apartados 12 y 15 siguientes, con el fin de obtener una base adecuada para la confianza prevista por el auditor.

Utilización de la evidencia de auditoria obtenida durante un periodo intermedio

12.- Si el auditor obtiene evidencia de auditoria sobre la eficacia operativa de los controles durante un periodo intermedio, el auditor:

(a) obtendrá evidencia de auditoria sobre los cambios significativos en dichos controles con posterioridad al periodo intermedio; y

(b) determinara la evidencia de auditoría adicional que debe obtenerse para el periodo restante.

Utilización de la evidencia de auditoria obtenida

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