CÓDIGO DE ÉTICA PROFESIONAL DEL CONTADOR PÚBLICO
yadira705921 de Octubre de 2013
649 Palabras (3 Páginas)478 Visitas
CÓDIGO DE ÉTICA PROFESIONAL DEL CONTADOR PÚBLICO
PRINCIPIOS FUNDAMENTALES
Los principios que se detallan a continuación son de carácter general y determinan un conjunto de que los Contadores Públicos deben observarlos rigurosamente.
1. INTEGRIDAD
El Contador Público deberá mantener incólume su integridad moral en el ejercicio profesional. De él se espera: rectitud, probidad, honestidad, dignidad y sinceridad en toda circunstancia.
2. OBJETIVIDAD
Para el Contador Público, objetividad representa: imparcialidad, desinterés y actuación si prejuicios en todos los asuntos que corresponden al campo de su actuación profesional.
3. INDEPENDENCIA
El Contador Público en el ejercicio profesional deberá tener y demostrar absoluta independencia mental y de criterio con respecto a todo enteres que pudiera considerarse incompatible con los principios de integridad y objetividad, junto a los cuales la independencia de criterio es esencial y concomitante.
4. COMPETENCIA Y CUIDADO PROFESIONAL
El Contador Público deberá contratar solamente trabajos para los cuales él o sus asociados o colaboradores cuenten con la capacidad e idoneidad necesarias para que los servicios comprometidos se realicen en forme eficaz y satisfactoriamente obligado a actualizar los conocimientos necesarios para su actuación profesional y especialmente aquellos requeridos par el bien común y los imperativos de progreso social y económico.
El Contador Público actuara con la intención, cuidado, diligencia de un profesional responsable consigo mismo y con la sociedad, asumiendo siempre una responsabilidad personal indelegable por los trabajos por él ejecutados o realizados bajo su dirección.
5. CONFIDENCIALIDAD O SECRETO PROFESIONAL
El Contador Público tiene la obligación de guardar el secreto profesional, no revelando por ningún motivo los hechos o circunstancias de que tenga conocimiento durante el curso de la presentación de sus servicios profesionales, a menos que exista la obligación o el derecho legal o profesional para hacerlo.
6. OBSERVANCIA DE LAS DISPOSICIONES NORMATIVAS
El Contador Público debe realizar su trabajo cumpliendo las normas técnicas y profesionales promulgadas por el Colegio de Contadores de Bolivia. En ausencia de estas para algún caso específico deberá actuar de conformidad con las normas técnicas y profesionales promulgadas por la Federación Internacional de Contadores (IFAC). Además, deberá observar las instrucciones recibida de su cliente o delos funcionarios competentes del ente que requiere sus servicios, siempre que estas sean compatibles con los principios de integridad, objetividad e independencia, así como los demás principios y normas de ética y reglas formales de conducta y actuación aplicables a las circunstancias.
7. DIFUSIÓN Y COLABORACIÓN
El Contador Público tiene la obligación de contribuir, de acuerdo con sus posibilidades personales, al desarrollo, superación y dignificación de la profesión.
8. COMPORTAMIENTO PROFESIONAL
a) El Contador Público deberá abstenerse de realizar actos que afecten negativamente la reputación de la profesión. Para ello el Contador Público debe tener siempre presente que la sinceridad, buena fe y lealtad para con sus colegas, son las condiciones básicas para el ejercicio libre y honesto de la profesión y para la convivencia pacifica, amistosa y cordial de sus miembros; así como también para con sus clientes, con terceros y público en general.
b) Es deber de todo Contador Público el servicio a su patria
...