DELITOS ECONOMICOS EN EL AMBITO DE LA EMPRESA
simon20 de Marzo de 2012
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REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA EDUCACION SUPERIOR
ALDEA UNIVERSITARIA Wenceslao Monserratte
CARRERA: ESTUDIO JURIDICOS
MATERIA: Delitos económicos en el ámbito de la empresa
TEMA: 1
Integrante:
Simón Jiménez
Ciudad Guayana 12 de Marzo de 2012
Concepto delito: Es toda conducta de acción u omisión tipificada por la Ley como antijurídica, contraria a derecho, culpable y punible y que viola el orden jurídico vigente.
Según Soler: lo define como "Una acción típicamente anti jurídica, culpable y adecuada a una figura legal conforme a las condiciones objetivas de esta"
2. DELITOS ECONOMICOS EN EL AMBITO DE LA EMPRESA
Diferentes Delitos Casos y Consecuencias:
Los diferentes delitos son el acaparamiento, la especulación, la censura, la cartelización. Estos delitos traen como consecuencia el desabastecimiento de los productos de primera necesidad, se crea una escasez ficticia en los mercados y centro de distribución, otra consecuencia es la elevada desproporción de los precios, haciendo inalcanzable para la población, el acceso a estos bienes crea un desequilibrio en la sociedad y por ende en la familia.
Análisis Penal de los Delitos Económicos Señalados:
Los delitos económicos se encuentran especificados en la Ley para la defensa de las personas en el acceso a los bienes y servicios, mediante esta ley se establecen los ilícitos administrativos sus procedimientos y sanciones por tanto siendo servicios públicos que satisfacen necesidades de interés colectivo, también son sancionados y penalizados en el código penal venezolano, en sus artículo 372.
Consecuencias Sociales que produce su transgresión:
Cuando se transgreden las leyes para producir delitos económicos se causa conmoción individual o colectiva ocasionando contrariedad con los principios fundamentales de la Constitución y provocando efectos nocivos y violentos a la sociedad que a su vez toman medidas para evitar los abusos a los cuales es sometida.
Fundamentos Constitucionales de los delitos económicos:
Estos fundamentos están expresamente asentados en el Art. 113 de la CRBV, donde nos indica que no se permitirá el monopolio actividad económica de los particulares y el abuso de la posición de dominio en conjunto o particularmente por personas, empresas y de las demandas concentradas.
El Estado garantizará y tomará las medidas necesarias para contrarrestar todos los efectos nocivos y restrictivos del monopolio, el abuso de la posición de dominio y de las demandas concentradas, protegiendo así al público consumidor a productores (as) y mantener asegurada la efectividad de la competencia en la economía.
De acuerdo al análisis de los artículos 138 al 145
ESPECULACION: Según la Ley Antimonopolio y la Competencia desleal es la ganancia o beneficio que se obtiene en la compra venta en operaciones bursátiles y diversas transacciones lucrativas. La ley sanciona con prisión de dos a seis (años alteren la calidad o condicionen su venta, incurrirán en el delito
ACAPARAMIENTO: Es la acumulación de artículos, en manos de una o varias personas que actúan de común acuerdo con la intención de dejarlos a un precio que no es el resultado del juego natural de la oferta y la demanda.
BOICOT: Es interrumpir una relación especialmente comercial, con una persona, grupo o nación para perjudicarlos y obligarlos a ceder en algo.
ALTERACION FRAUDULENTA DE PRECIO: Son actos que consiste en difundir noticias falsas, en emplear violencia, amenazas, engaño, o cualquier otra maquinación para alterar los precios de los alimentos
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