DEMANDA ACCION REIVINDICATORIA
tany131130 de Julio de 2013
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C. JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA
DEL RAMO CIVIL EN TURNO
P R E S E N T E.-
JESÚS ANTONIO PARRA MILLÁN Y MARÍA DE LOS ANGELES ASTENGO GARCÍA, mexicanos, mayores de edad, casados, de ocupación empleados, señalando domicilio para oír y recibir notificaciones en calle Ignacio Ramírez número 38, entra las Avenidas Álvaro Obregón y Francisco Márquez de la Colonia Ignacio Allende, de esta ciudad de Culiacán, Sinaloa, nombrando como nuestros Procuradores Judiciales de conformidad a lo establecido en el artículo 52 bis del Código de procedimientos Civiles vigente en el Estado, a los CC. LICS. ESTANISLAO FLORES ALMODÓVAR Y EDUARDO FRANCISCO CARVAJAL PÉREZ, ante Usted C. Juez con el debido respeto comparecemos para:
E X P O N E R.-
Por medio del presente escrito, por nuestro propio derecho, nos presentamos ante su señoría a demandar en la Vía Ordinaria Civil, la ACCIÓN REINVINDICAORIA, en contra de los CC. CARLOS RAMÍREZ TEJEDA y su esposa ANA GARCÍA DE RAMÍREZ, quienes pueden ser notificados y emplazados en el domicilio ubicado en Calle Rosendo G. Castro número 13, del Conjunto Habitacional Fidel Velázquez Sánchez, de Eldorado, Culiacán, Sinaloa, de quienes reclamamos lo siguiente:
A).- La declaración de que somos propietarios de la casa marcada con el número 13 de la calle Rosendo G. Castro, del Conjunto Habitacional Fidel Velázquez Sánchez, de Eldorado, Culiacán, Sinaloa.
B).- La desocupación y entrega a los suscritos del inmueble mencionado en el inciso anterior, con sus frutos, accesiones, por ser de nuestra legítima propiedad, como lo demostramos con las copias certificadas de la escritura pública número 5232 (Cinco Mil doscientos treinta y dos), Volumen XVIII (décimo Octavo), a cargo del protocolo del notario Público número 54 (cincuenta y cuatro), Lic. Oscar Guillermo Corrales López, mismas que acompañamos, el cual adquirimos mediante contrato de compraventa celebrado entre los suscritos, con los CC. JESÚS RAFAÉL ASTENGO ALMEIDA Y MARÍA DE LOS ÁNGELES GARCÍA TERRAZAS.
C).- El pago de daños y perjuicios que me han ocasionado.
D).- El pago de gastos y costas que se generen con motivo del presente juicio, hasta su total conclusión.
Fundamos la presente demanda en los siguientes puntos de hechos y consideraciones de derecho.
H E C H O S.-
1.- Como lo acreditamos con las copias certificadas de la escritura pública número 5232 (Cinco Mil Doscientos Treinta y Dos), Volumen XVIII (Décimo Octavo), a cargo del protocolo del notario Público número 54 (cincuenta y cuatro), Lic. Oscar Guillermo Corrales López, con ejercicio en esta ciudad de Culiacán, Sinaloa, somos legítimos propietarios de una finca urbana, compuesta de un terreno con superficie de 225.00 (doscientos veinticinco puno cero) metros cuadrados y sobre el mismo edificada una construcción con superficie de 82.84 (ochenta y dos punto ochenta y cuatro) metros cuadrados, destinada a casa habitación, la cual consta de 03 (tres) recámaras, cocina, sala-comedor, un baño patio posterior y cochera descubierta, ubicada en Calle Rosendo G. Castro número 13, del Conjunto Habitacional Fidel Velázquez Sánchez, de Eldorado Culiacán, Sinaloa, de la cual nos encontramos hasta la actualidad al corriente en el pago del impuesto predial, como se acredita con los recibos que para tal efecto anexamos, misma finca que se encuentra inscrita en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio de esta municipalidad, bajo el número de Inscripción 160, del Libro 1185, de la Sección Primera, según se acredita con el documento que anexamos como base de nuestra acción.
2.- El inmueble anteriormente descrito objeto del presente juicio, cuenta con las siguientes medidas y colindancias:
---Al Norte mide 10.00 (diez punto cero) metros y colinda con calle Rosendo G. Castro.
---Al Sur mide 10.00 (diez punto cero) metros y colinda con lote número13 (trece).
---Al Oriente mide 22.50 (veintidós punto cincuenta) metros y colinda con lote número 17 (diecisiete) y 18 (dieciocho).
---Al Poniente mide 22.50 (veintidós punto cincuenta) metros y colinda con lote número 12 (doce).
3.- Que la finca urbana señalada precedentemente fue ocupada por los CC. CARLOS RAMÍREZ TEJEDA, SU ESPOSA ANA GARCÍA DE RAMÍREZ y sus hijos, de una manera ilícita, sin nuestro permiso ni consentimiento y sin ningún derecho, desde el 10 de enero de 2004, y que hasta la fecha se encuentran ocupando el inmueble de referencia sin ningún título, a pesar de que en múltiples ocasiones les hemos solicitado la desocupación y entrega material el bien inmueble de nuestra propiedad, en forma extrajudicial, siempre encontrando respuestas negativas, a tal grado de manifestarnos que dicha finca no la desocuparán, ni nos la entregarán, ya que es donde viven y que su intención es quedarse con dicho inmueble, que le hagamos como quiéramos, así mismo, el señor Jesús Rafael Astengo Almeida, padre de la suscrita María de los Ángeles Astengo García también en múltiples ocasiones se ha apersonado ante los demandados para solicitarles la desocupación de la casa, obteniendo de igual forma respuestas negativas; hemos acudido al Juzgado menor de la Sindicatura de Eldorado, solicitando su intervención, para lograr la desocupación y entrega del bien multirreferido y aun así, no hemos logrado que los hoy demandados nos hagan entrega del mismo; es el motivo, causa y razón por la que acudimos ante su Señoría, en la vía y forma propuesta, para que conforme a derecho se nos haga la devolución material y se nos ponga en posesión en forma judicial del bien inmueble del cual solicitamos su reivindicación. De estos hechos tienen pleno conocimiento los CC. FERMÍN LORENZO RODRÍGUEZ ALFARO, JESÚS BELTRÁN FELIX Y JESÚS RAFAEL ASTENGO ALMEIDA.
4.- Como los suscritos somos propietarios de pleno derecho del mencionado inmueble y como no tenemos la posesión del mismo por la mencionada ocupación ilícita, es por lo que nos vemos en la imperiosa necesidad de promover esta demanda a efecto de que una vez de que se nos declare propietarios, se nos haga entrega material y jurídica del mencionado inmueble.
CAPITULO DE DERECHO:
En cuanto al fondo son aplicables los artículos 831, 832 y demás relativos del Código Civil; en cuanto al procedimiento lo norman los artículos 1, 2, 4, 257, 258 y demás relativos del Código de Procedimientos Civiles, ambos ordenamientos vigentes para el Estado de Sinaloa.
P R U E B A S.-
En cumplimiento a lo dispuesto por los artículos 95, 96 y 258 Fracción VIII del Código de Procedimientos Civiles vigente en el Estado, acompaño al presente escrito de demanda las siguientes:
DOCUMENAL PÚBLICA I.- Consistente en copia debidamente certificada ante el Notario Público número 86 en el Estado de Sinaloa, Lic. Samuel Lara López de la escritura pública número 5232 (Cinco Mil doscientos treinta y dos), Volumen XVIII (décimo Octavo), a cargo del protocolo del notario Público número 54 (cincuenta y cuatro), Lic. Oscar Guillermo Corrales López, inscrita en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio de esta municipalidad, bajo el número de Inscripción 160, del Libro 1185, de la Sección Primera, la cual ampara la propiedad a favor de los suscritos de la finca urbana ubicada en Calle Rosendo
G. Castro número 13, del Conjunto Habitacional Fidel Velázquez Sánchez, de Eldorado, Culiacán, Sinaloa. Con esta prueba se pretende demostrar y se demuestra, lo narrado en los puntos de hechos mencionados, en el sentido, de que la finca hoy en litigio que ampara el título de propiedad pertenece a los suscritos actores, por haberla adquirido mediante contrato de compraventa. Esta prueba se relaciona con los puntos 1, 2, 3 y 4 de hechos de la demanda.
en nueve recibos expedidos por el H. Ayuntamiento de Culiacán, mediante los cuales hemos cubierto el impuesto predial, correspondiente de la finca urbana ubicada en Calle Rosendo G. Castro número 13, del Conjunto Habitacional Fidel Velázquez Sánchez, de Eldorado, Culiacán, Sinaloa, desde el año 2003 hasta la fecha. Con estas pruebas documentales pretendemos demostrar y se demuestra que los suscritos actores, nos encontramos al corriente en el pago del impuesto predial que nos corresponde en relación al inmueble multirreferido, hoy en litigio. Esta prueba la relaciono con el punto 1 de hechos de la demanda.
Por lo anteriormente expuesto y fundado a Usted C. Juez atentamente PEDIMOS:
PRIMERO.- Se nos tenga por presentes demandando en la vía Ordinaria Civil la Acción Reivindicatoria en contra de los CC. CARLOS RAMÍREZ
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