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DERECHOS REALES TERCERIA


Enviado por   •  7 de Mayo de 2014  •  406 Palabras (2 Páginas)  •  549 Visitas

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RESPUESTA:

1)

a) El fallo “TERCERIA DE DOMINIO DE MARIA MARGARITA GAVOTTO EN AUTOS "BAS JUAN CARLOS c/ NORBERTO JUAN B. MANFREDI-EJECUTIVO”, trata sobre una tercería de dominio, planteada por quien es titular del bien embargado. Sin embargo, el embargante lleva adelante un recurso de apelación ante la decisión judicial de hacer lugar a la tercería.

Lo que se analiza es la sentencia que se pronuncia sobre el recurso, planteándose la cuestión de si corresponde o no hacer lugar a la tercería.

El tribunal que juzga el caso, hace lugar a la apelación, dejando sin efecto la tercería y manteniendo el embargo, es decir que deja sin efecto la sentencia dictada en primera instancia; la razón de esta solución es que el régimen del código civil requiere, para la constitución del dominio, la tradición, es decir el modo, además del título; y la incidentista no la tuvo nunca la posesión.

A diferencia del primer caso, en "TORCHIO DE ELIAS MONICA EVANGELINA - RECURSO DE APELACION CONTRA RESOLUCION DEL REGISTRO GENERAL DE LA PROVINCIA", también estamos ante una apelación, pero el hecho que la funda es totalmente diferente, porque lo que se busca es dejar sin efecto una observación realizada por el Registro de la propiedad en una escritura autorizada por la recurrente.

El hecho generador de la apelación es en este caso, es la superposición de derechos por haberse autorizado la escrituración de un mismo inmueble a distintos propietarios.

b) En el caso de la tercería de dominio, el derecho real no fue adquirido por la Sr. Gavotto, ella no adquirió el derecho real sobre el inmueble debido a que no se realizó nunca la tradición del mismo, y esto es indispensable en nuestro régimen legal para la adquisición del derecho, por esto, ella solo posee un derecho personal, ya que solamente posee el título. Es importante destacar que los vendedores son los que detentan la posesión del inmueble y que la escritura fue presentada al Registro fuera del plazo legal para hacerlo, lo cual genera la perdida de efectividad del derecho.

En el caso de superposición de títulos, tampoco hubo adquisición del derecho real, porque la escritura fue autorizada con errores, la posesión del inmueble comprendido en el hecho ya estaba detentada por quienes fueran sus compradores, dejando al último comprador (a quien se le autorizo la escritura en último término) solo un derecho personal contra el vendedor.

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