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Deberes Y Derechos


Enviado por   •  15 de Junio de 2014  •  1.537 Palabras (7 Páginas)  •  178 Visitas

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Sujetos Plenos de Derecho

El Artículo 78 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela establece que todos los niños, niñas y adolescentes son sujetos plenos de derecho, lo que hace que estén bajo máxima protección de la legislación y también por los órganos y tribunales especializados, garantizando que todo lo establecido por la Constitución y la Convención de los derechos del niño y demás tratados, sea ratificado y suministrado por el Estado.

Derecho a la vida

En el artículo 15 de la LOPNNA, establece que todos los niños, niñas y adolescentes tienen derecho a la vida, a que se respete la vida y no se juegue con ella, también establece que es deber del Estado garantizar este derecho mediante políticas públicas dirigidas a asegurar la sobrevivencia y el desarrollo integral de todos los niños, niñas y adolescentes.

Este artículo se fundamenta mediante lo establecido en la ley suprema, la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, expresando en el artículo 43, lo siguiente: “El derecho a la vida es inviolable”. Un derecho protegido sumamente por políticas internacionales, catalogado como un derecho supremo en la Convención de Derechos Humanos.

Derecho a un nombre y a una nacionalidad

En el artículo 16 de la LOPNNA se tipifica el derecho que tienen los niños, niñas y adolescentes a poseer un nombre y también una nacionalidad, expresando lo siguiente: “Todos los niños, niñas y adolescentes tienen derecho a un nombre y a una nacionalidad.”

Este derecho se fundamente en el artículo 56 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, la cual establece el siguiente fragmento: “Toda persona tiene derecho a un nombre propio, al apellido del padre y de la madre”. De igual manera, el derecho garantiza esa identidad que debe poseer el niño desde el momento de su nacimiento, donde pueda ser registrado como ciudadano venezolano, haciéndolo garante de todos los derechos y deberes establecidos por la legislación venezolana.

Derecho al libre desarrollo de la personalidad

La LOPNNA ratifica el derecho de niños, niñas y adolescentes al libre desenvolvimiento de su personalidad en el artículo 28, estableciendo lo siguiente: “Todos los niños, niñas y adolescentes tienen derecho al libre y pleno desarrollo de su personalidad, sin más limitaciones que las establecidas en la ley”.

Este derecho se fundamenta en el artículo 20 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, el cual manifiesta lo siguiente: “Toda persona tiene derecho al libre desenvolvimiento de su personalidad, sin más limitaciones que las que derivan del derecho de las demás y del orden público y social”.

Derecho a la libertad de pensamiento, conciencia y religión

El artículo 35 de la LOPNNA, establece que todos los niños, niñas y adolescentes tienen derecho a la libertad de pensamiento, conciencia y religión, que es deber del padre, la madre y la familia de orientarlos y guiarlos a realizar el completo ejercicio de este derecho, para así poder contribuir plenamente con su desarrollo integral.

Este artículo se encuentra ratificado por la Constitución Venezolana en sus artículos 57 y 59, el primero de ellos establece el derecho que tiene toda persona a expresar libremente sus pensamientos, opiniones, mediante cualquier medio; mientras que el artículo 59 manifiesta el derecho que tienen todos los venezolanos a profesar de manera libre sus creencias, religión, culto, pero también el deber que tiene el estado de garantizar a la ciudadanía que dicho derecho sea cumplido.

Derecho a la salud

Artículo 41 de la LOPNNA: “Todos los niños, niñas y adolescentes tienen derecho a disfrutar del nivel más alto posible de salud física y mental. Asimismo, tienen derecho a servicios de salud, de carácter gratuito y de la más alta calidad, especialmente para la prevención, tratamiento y rehabilitación de las afecciones a su salud. En el caso de niños, niñas y adolescentes de comunidades y pueblos indígenas debe considerarse la medicina tradicional que contribuya a preservar su salud física y mental”.

Lo establecido por el artículo 41 de la LOPNNA, manifiesta el derecho que tienen todos los niños, niñas y adolescentes, de manera igualitaria, a disfrutar de una buena salud, en cada uno de sus aspectos, mencionando a la atención médica gratuita mediante los servicios de salud dispuestos por el Estado, para evitar futuras afecciones en las distintas comunidades que componen la nación.

Este derecho lo fundamentan los artículos 83 y 84 de la Constitución venezolana. El artículo 83 expresa lo siguiente: “La salud es un derecho social fundamental, obligación del Estado, que los garantizara como parte del derecho a la vida”. Así mismo el artículo 84 manifiesta lo siguiente:

“Para garantizar el derecho a la salud, el Estado creará, ejercerá la rectoría

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