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Definicion De Sociedades


Enviado por   •  27 de Mayo de 2012  •  1.281 Palabras (6 Páginas)  •  425 Visitas

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1. DEFINICION DE SOCIEDADES

 SOCIEDADES ANONIMAS

La Sociedad Anónima es una persona jurídica formada por la reunión de un fondo en común, suministrado por accionistas responsables sólo por sus respectivos aportes y administrada por un directorio integrado por miembros esencialmente revocables. Las Sociedades Anónimas pueden ser de dos clases: Abiertas o Cerradas.

Abiertas: Aquellas que hacen oferta pública de sus acciones en conformidad a la Ley de Mercado de Valores; tienen 500 o más accionistas o bien, las que a lo menos, el 10% de su capital suscrito pertenece a un mínimo de cien accionistas. Estas Sociedades quedarán sometidas a la fiscalización de la Superintendencia de Valores y Seguros, y deberán inscribirse en el Registro Nacional de Valores teniendo cuidado de observar las disposiciones legales especiales que les sean aplicables.

Cerradas: Aquellas no comprendidas en la definición de "Abiertas", sin perjuicio de que voluntariamente puedan sujetarse a las normas que rigen a las Sociedades Anónimas Abiertas.

En este tipo de Sociedades, ya sean Abiertas o Cerradas prima el capital, independiente de quien lo aporte, por eso se denominan “Anónimas”. Es aconsejable crear una Sociedad Anónima cuando se planea incorporar inversionistas.

 SOCIEDADES LIMITADAS

Los socios pueden ser nacionales o extranjeros, personas naturales o jurídicas, sin que su número pueda ser inferior a dos ni superior a cincuenta.

No se exige un mínimo de capital y, aunque presenta similitudes con las Sociedades Anónimas, especialmente en la responsabilidad limitada de sus miembros, se diferencia de aquéllas en aspectos tan importantes como en que las cuotas de participación de sus miembros en la Sociedad no están incorporadas en documento alguno ni son libremente transmisibles, es decir, no corresponde a acciones libremente transables.

Sus actividades no están sometidas a ningún control específico por parte de los organismos gubernamentales.

En las Sociedades de Responsabilidad Limitada prima el elemento personal por sobre el aporte de capital.

 SOCIEDADES EN COMANDITA POR ACCIONES

Este tipo de Sociedad presenta coexistencia de sus participantes pudiendo ser Socios Administradores o Generales que responden ilimitadamente de las deudas sociales y participan en la gestión de la Sociedad, junto con Socios Comanditarios que no participan en la gestión y cuya responsabilidad se limita al capital aportado. Si el capital aportado por estos últimos está representado en acciones, la Sociedad adquirirá la forma de “Comanditaria por Acciones”.

 SOCIEDAD INDIVIDUAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA

Corresponde a una persona jurídica con patrimonio propio distinto del titular y con carácter comercial. Se diferencia de la Empresa Unipersonal principalmente por dos aspectos: el primero, es que al ser persona jurídica, opera con un RUT distinto y, en segundo término, la responsabilidad se torna limitada, es decir, el propietario sólo responde con sus bienes personales hasta el aporte de capital efectuado a la Empresa, y la Empresa responde con todos sus bienes.

Por otra parte, una Sociedad corresponde a la asociación de personas naturales o jurídicas dedicadas a una actividad comercial de la que se persigue un lucro o ganancia que se reparte entre los participantes o socios, de acuerdo a la proporción de sus aportes y a la naturaleza de la Sociedad.

 ASOCIACION O CUENTA EN PARTICIPACION

Es una sociedad interna aplicada al trafico mercantil que constituye el fin común de los socios entre los que se distingue el comerciante (gestor), que contribuye a ese fin con su capital o trabajo o sólo trabajo y los cuenta partícipes que no necesitan ser comerciantes y contribuyen al fin común con la aportación de capital.

No se forma un patrimonio común ni gozan estas sociedades internas de la personalidad jurídica, ni adoptan una razón social. Externamente, el gestor dirige las operaciones en su nombre y bajo su responsabilidad. El gestor hace suyas las aportaciones de los cuenta partícipes. Internamente, el gestor gestionará el negocio y rendirá cuantas, practicándose la liquidación en el modo pactado.

 SOCIEDAD DE PROFESIONALES

Aquella sociedad que se constituye para el ejercicio en común de la actividad profesional.

Se entiende como actividad profesional, aquella para la cual se requiere:

• Titulación Universitaria oficial o,

• Titulación profesional para cuyo ejercicio sea necesario

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