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Delitos De Bienes De Acceso


Enviado por   •  8 de Diciembre de 2014  •  1.007 Palabras (5 Páginas)  •  242 Visitas

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Delitos en el acceso a Bienes y Servicios

Delito

Es toda conducta de acción u omisión tipificada por la Ley como antijurídica, contraria a derecho, culpable y punible y que viola el orden jurídico vigente.

Especulación

En economía, es el conjunto de operaciones comerciales o financieras que tienen por objeto la obtención de un beneficio económico, basado en las fluctuaciones de los precios. Una operación especuladora no busca disfrutar del bien o servicio, sino obtener un beneficio de las fluctuaciones de su precio con base en la teoría del arbitraje. En sentido extenso, toda forma de inversión es especulativa; sin embargo, el término se suele aplicar a aquella inversión que no conlleva ninguna clase de compromiso con la gestión de los bienes en los que se invierte, limitándose al movimiento de capitales (mercado financiero), habitualmente en el corto o medio plazo.

La especulación se basa, por tanto, en la previsión y en la anticipación, de forma que el especulador también puede equivocarse si no prevé correctamente la evolución de los precios futuros, de forma que tendrá que vender barato algo que compró caro. El mercado especulativo por tanto premia a los buenos previsores y castiga a los malos.

Quienes vendan bienes declarados de primera necesidad a precios superiores a los fijados por la autoridad competente, alteren la calidad o condicionen su venta, incurrirán en el delito de especulación.

Acaparamiento.

Este concepto se usa en el contexto de la Economía y las finanzas públicas.

Es la Práctica monopolística tendiente al encarecimiento de un Producto mediante la congelación de su oferta, antes de que lleguen al Mercado de Consumo, con el fin de venderlos cuando los Precios de los mismos resulten superiores a los actuales. El acaparamiento se fundamenta entonces, en la previsión de un aumento de la Demanda y es una práctica especulativa. Sin Embargo, quien acapara corre el riesgo de equivocarse en sus suposiciones y perder parte de los activos que ha invertido en la Compra, con lo cual se convierte en un demandante como cualquier otro que concurre al Mercado. Sin Embargo, cuando se realiza en volúmenes muy amplios, se entiende como una práctica monopólica que muchos países condenan de diversas maneras.

Para que un Bien pueda ser acaparado se requiere que la Oferta no pueda aumentar rápidamente en el Tiempo en respuesta al aumento de los Precios que produce el Acaparamiento y, además, que no tenga sustitutos próximos. Por otra parte la Cantidad Demandada, debe disminuir menos que proporcionalmente ante los aumentos del Precio, es decir, debe ser una Demanda Inelástica ya que de otro forma el acaparador no podrá vender sus inventarios con Beneficio para sí.

El acaparamiento sólo es posible en mercados pequeños, donde no existen suficientes oferentes y las comunicaciones son escasas e imperfectas. En un Mercado abierto y global, como en la actualidad, el acaparamiento es una práctica poco provechosa, ya que es posible recurrir a otros oferentes de otras partes del planeta. Por esto no ocasiona perjuicios reales al Consumidor, y puede considerárselo como un modo más de regular la Oferta de mercancías y los Precios de las mismas. Quienes restrinjan la oferta, circulación o distribución de bienes declarados de primera necesidad, retengan los mismos, con o sin ocultamiento,

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