Derecho Administrativo
Santino92Trabajo31 de Agosto de 2015
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Clasificación de los actos administrativos: Materiales y jurídicos.
Elementos del acto jurídico: La manifestación de la voluntad y el objeto.
Diferencia entre actos jurídicos y hechos jurídicos: El acto es el que provoca consecuencias jurídicas, es un acto humano querido y los hechos son acontecimientos naturales o hechos de la mano del hombre que tienen consecuencias jurídicas y no querían producirse.
Diferencia entre actos administrativos y jurisdiccionales: El acto administrativo es continuo y permanente, lo hace el poder ejecutivo y es para beneficio colectivo e interés público y los actos jurisdiccionales requieren el planteamiento que una persona haga de un conflicto para resolverse, lo hace el poder judicial y resuelve controversias sobre una situación.
Características del acto administrativo: Es un acto jurídico de derecho público, lo emite la administración pública, es impugnable y persigue el interés público.
¿Qué es el silencio administrativo?: Es la ausencia de la manifestación de la libertad del órgano administrativo.
Posibles consecuencias del acto administrativo: La negativo ficta y la afirmativa ficta.
Explique la revocación administrativa: Hace cesar los efectos jurídicos de un acto valido o por convenir así a quien lo produjo.
Describa dos medios anormales de la extinción del acto administrativo:
- Prescripción: Medio de adquirir derechos o liberarse de obligaciones por el transcurso del tiempo.
- Caducidad: Perdida de un derecho por falta de actividad de un lapso que fija la ley para su ejercicio.
Que es la irregularidad del acto administrativo: Son defectos o vicios de un acto administrativo.
Características del procedimiento administrativo: Legalidad, eficacia, gratuidad, publicidad, agilidad y equidad.
Cinco ramas del derecho administrativo: D. ambiental, D. educativo, D. minero, D. pesquero y el D. turístico.
Clasificación de las fuentes del derecho:
Reales: Acontecimientos culturales de cualquier tipo que determinan el contenido del derecho positivo.
Formales: Son los procesos de creación de las normas jurídicas.
Históricas: Son los documentos (inscripciones, papiros, libros, etc.) que encierran el texto de una ley o conjunto de leyes.
¿En qué consiste la codificación?: Es la reducción sistematizada a una unidad del conjunto de normas jurídicas.
Fundamento constitucional que tienen los entes paraestatales: Es el artículo 90 de la constitución.
Características de los organismos descentralizados: Son creados por la ley del congreso, el derecho positivo les reconoce una personalidad jurídica propia, cuentan con patrimonio propio y gozan de autonomía jerargica.
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