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Derecho Administrativo


Enviado por   •  8 de Julio de 2015  •  2.454 Palabras (10 Páginas)  •  192 Visitas

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Protocolo facultativo sobre la venta de niños, la prostitución infantil y la utilización de niños en la pornografía

La explotación sexual comercial de la infancia —como la venta de niños, la prostitución infantil, el turismo sexual infantil y la pornografía infantil— se da en muchos lugares del mundo. Se calcula que alrededor de un millón de menores de edad (la mayoría niñas, pero también un número considerable de niños) caen todos los años en las redes del multimillonario comercio sexual, víctimas de la degradación y sometidos a un riesgo que amenaza sus vidas.

Los artículos 34 y 35 de la Convención sobre los Derechos del Niño dicen que los gobiernos deben proteger a los niños y niñas de todas las formas de explotación y abusos sexuales y tomar todas las medidas posibles para asegurar que no se les secuestra, se les vende o se trafica con ellos. El Protocolo Facultativo de la Convención relativo a la venta de niños, la prostitución infantil y la utilización de niños en la pornografía sirve de complemento a la Convención al exigir a los Estados una serie de requisitos precisos para poner fin a la explotación y el abuso sexuales de la infancia. También protege a los niños y niñas de la venta con objetivos no sexuales, como por ejemplo otras formas de trabajo forzado, adopciones ilegales o donación de órganos.

El Protocolo ofrece definiciones de delitos como "venta de niños", "prostitución infantil" y "pornografía infantil". También obliga a los gobiernos a criminalizar y castigar las actividades relacionadas con estos delitos. Exige castigos no solamente para quienes ofrecen o entregan niños y niñas para su explotación sexual, transferencia de órganos, obtención de beneficios o trabajos forzados, sino también para todo aquel que acepte a un niño o niña destinado a estas actividades.

El Protocolo protege también los derechos y los intereses de las víctimas infantiles. Los gobiernos deben proporcionar servicios jurídicos y otro tipo de apoyo para estas víctimas. Esta obligación incluye tener en cuenta el interés superior del niño en cualquier tipo de actividad relacionado con el sistema de justicia criminal. Los niños y niñas deben también recibir apoyo médico, psicológico, logístico y financiero que contribuya a su rehabilitación y reintegración. Como complemento de la Convención sobre los Derechos del Niño, este texto debe interpretarse siempre a la luz de los principios de la no discriminación, del interés superior del niño y de su participación.

El texto hace también hincapié en el valor de la cooperación internacional, que es importante para combatir estas actividades que se realizan a menudo más allá de las fronteras nacionales. Las campañas de concienciación, de información y de educación públicas contribuyen también a proteger a la infancia contra estas graves conculcaciones de sus derechos.

Después de recibir las primeras 10 ratificaciones necesarias para su entrada en vigor, el Protocolo Facultativo sobre la venta de niños, la prostitución infantil, el turismo sexual infantil y la pornografía infantil se convirtió en un documento jurídicamente vinculante el 18 de enero de 2002. Hoy en día, más de 100 países han firmado y ratificado este Protocolo. Para obtener más información sobre proceso de ratificación o adhesión, haga clic en “Utilizar la Convención para proteger a la infancia” a la izquierda.

Trabajo infantil

Hoy en día cerca de 250 millones de niños trabajan en el mundo y más de 150 millones lo hacen en condiciones peligrosas. Adicionalmente, cada año más de 1 millón de estos niños son víctimas de tráfico humano.

Definición de trabajo infantil

El trabajo infantil se refiere a cualquier trabajo o actividad que priva a los niños de su infancia. En efecto, se trata de actividades que son perjudiciales para su salud física y mental, por lo cual impiden su adecuado desarrollo.

El trabajo infantil incluye:

• Trabajo infantil antes de la edad legal mínima: la edad legal mínima en la que los niños están autorizados a trabajar es de 15 años (14 en los países en desarrollo). Para trabajos ligeros (sólo unas horas de vez en cuando) el límite mínimo de edad es de 13 a 15 años (12 a 14 en los países en desarrollo). Finalmente, para realizar trabajos arduos el límite asciende a los 18 años (16 años bajo ciertas condiciones en los países en desarrollo).

• Las peores formas de trabajo infantil: consisten en todas las formas de esclavitud o prácticas similares, como el trabajo forzoso, la trata, la esclavitud por deudas o la servidumbre. Esto también incluye actividades ilícitas y/o actividades que puedan poner en peligro la seguridad, la salud y la moral de los niños, como la prostitución, la pornografía, el reclutamiento obligatorio o forzoso debido a conflictos armados, el tráfico de drogas, etc.

• Trabajo forzoso: comprende tareas domésticas realizadas durante largas horas en un medio insalubre, en lugares peligrosos que requieran el uso de materiales o herramientas peligrosas o que fuercen al niño a cargar objetos que son demasiado pesados.

Ciertas actividades no son consideradas como trabajo o explotación. Las actividades que implican simplemente ayudar a los padres a completar las tareas diarias de la familia, a las que los niños pueden dedicar unas pocas horas a la semana y que les permite ganar un poco de dinero para sus gastos, no son consideradas como explotación infantil, ya que no perjudican su bienestar.

Los efectos negativos del trabajo infantil

La dificultad de las tareas y las duras condiciones de trabajo crean un gran número de problemas, como el envejecimiento prematuro, la desnutrición, la depresión o la drogadicción.

Los niños procedentes de entornos desfavorecidos, de grupos minoritarios o sustraídos del seno familiar carecen de protección. Sus empleadores hacen lo que sea necesario para hacerlos completamente invisibles y, por lo tanto, son capaces de ejercer control absoluto sobre ellos. Estos niños trabajan en condiciones degradantes, lo que socava todos sus derechos y principios fundamentales.

Por otra parte, los niños que trabajan no están en capacidad de tener una educación normal y serán condenados a convertirse en un adulto analfabeto, sin tener la posibilidad de crecer en su vida social y profesional.

En algunos casos, el trabajo infantil también pone en peligro la dignidad y la moral del niño, especialmente cuando es víctima de explotación sexual, como la prostitución o la pornografía infantil.

Además,

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