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Derecho Penal Economico

15 de Mayo de 2013

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UNIVERSIDAD DE SAN MARTÍN DE PORRES

FACULTAD DE DERECHO

CURSO : DERECHO PENAL ECONÓMICO

CATEDRÁTICO : BRAMONT – ARIAS TORRES LUIS FELIPE

INTEGRANTES :

1. No se ha cometido delito de fraude en la administración de personas jurídicas; en el sentido que no se ha configurado el Riesgo Patrimonial ni para la persona jurídica ni para terceros, por cuanto el agente financiero coloca el monto tomado en las cuentas corrientes de la empresa como parte de su pasivo, por lo que tal deuda debita no genera riesgo.

Así mismo el Directorio a fin de evitar un menoscabo monetario acuerda en vía de regularización aprobar el otorgamiento de préstamo personal al Gerente Financiero.

2. En el presente caso no existe autores y/o participes de acuerdo debido a que el hecho generador nunca surtió efectos (no se ha configurado el riesgo patrimonial), tal como se detalla en la pregunta uno.

UNIVERSIDAD DE SAN MARTÍN DE PORRES

FACULTAD DE DERECHO

CURSO : DERECHO PENAL ECONÓMICO

CATEDRÁTICO : BRAMONT – ARIAS TORRES LUIS FELIPE

INTEGRANTES :

1. No se ha cometido delito de fraude en la administración de personas jurídicas; en el sentido que no se ha configurado el Riesgo Patrimonial ni para la persona jurídica ni para terceros, por cuanto el agente financiero coloca el monto tomado en las cuentas corrientes de la empresa como parte de su pasivo, por lo que tal deuda debita no genera riesgo.

Así mismo el Directorio a fin de evitar un menoscabo monetario acuerda en vía de regularización aprobar el otorgamiento de préstamo personal al Gerente Financiero.

2. En el presente caso no existe autores y/o participes de acuerdo debido a que el hecho generador nunca surtió efectos (no se ha configurado el riesgo patrimonial), tal como se detalla en la pregunta uno.

UNIVERSIDAD DE SAN MARTÍN DE PORRES

FACULTAD DE DERECHO

CURSO : DERECHO PENAL ECONÓMICO

CATEDRÁTICO : BRAMONT – ARIAS TORRES LUIS FELIPE

INTEGRANTES :

1. No se ha cometido delito de fraude en la administración de personas jurídicas; en el sentido que no se ha configurado el Riesgo Patrimonial ni para la persona jurídica ni para terceros, por cuanto el agente financiero coloca el monto tomado en las cuentas corrientes de la empresa como parte de su pasivo, por lo que tal deuda debita no genera riesgo.

Así mismo el Directorio a fin de evitar un menoscabo monetario acuerda en vía de regularización aprobar el otorgamiento de préstamo personal al Gerente Financiero.

2. En el presente caso no existe autores y/o participes de acuerdo debido a que el hecho generador nunca surtió efectos (no se ha configurado el riesgo patrimonial), tal como se detalla en la pregunta uno.

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