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Derecho Publico


Enviado por   •  21 de Agosto de 2011  •  2.299 Palabras (10 Páginas)  •  840 Visitas

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Analizar y valorar la moral del abogado y su actuación en el ejercicio profesional en relación con los principios deontológicos y su relación con los clientes, colegas y demás personajes del proceso jurídico.

SU SENTIDO Y NECESIDAD

Es un importante deber de las Facultades de Derecho y de los colegios de abogados preocuparse seriamente y con sentido de responsabilidad de recordarle a los que ejercen o han de ejercer la abogacía cuales son sus deberes. No es posible que en ninguna de tales instancias se deje de impartir instrucción deontológica. No hacerlo es contribuir a la degradación del menester profesional del abogado, al deterioro social de su imagen, a la pérdida de la fe en la justicia. Es, en fin, colaborar a la divulgación ética de la sociedad y sus principios.

El abogado que es honesto y probo es consecuente con sus principios y con el juramento que pronunció al incorporarse a su respectivo colegio profesional.

EL SECRETO PROFESIONAL Y EL DEBER DE INFORMAR

El abogado tiene como deber ético el guardar reserva de los asuntos vinculados con la vida privada de sus clientes. Ello, porque se debe proteger el bien jurídico correspondiente a la intimidad de la vida privada de las personas, protegidas por la normatividad jurídica y la jurisprudencia comparada. Frente al derecho la intimidad de la vida privada del cliente y de su familia se alza el correlativo deber del abogado de guardar secreto sobe todo lo relacionado con dicha intimidad ética y jurídicamente comprometido a no violar el derecho a la intimidad en la vida privada de aquel cliente que le confía informaciones que pertenecen exclusivamente a dicha esfera jurídica.

El sacerdote, el médico, el abogado son aquellas personas que por las especiales características de su ministerio o profesión se encuentran muy cerca del ser humano y sus más delicados problemas. Ellos son depositarios de asuntos y actividades vinculados con el mundo referido a la intimidad de la persona. La confianza y la lealtad son valores que signan y presiden dichas relaciones interpersonales. En el lecho de muerte de una persona se suele imaginar la presencia del sacerdote, a quien se le confía los pecados, del médico, que posee toda la información de los problemas relativos a su enfermedad, y la del abogado que conoce el destino de sus bienes al haber participado en la redacción de su testamento y de haberlo tal vez asesorado en algún tramo de su vida.

Los códigos de ética profesional, sobre todo los relacionados con la actividad de los abogados y de los médicos, contienen dispositivos de protección de la intimidad de la persona así como aquellos relacionados con el deber de estos profesionales de guardar el correspondiente secreto de las confidencias e informaciones que reciben concernientes a la intimidad de la vida privada de sus clientes. De otro lado, como es sabido, ciertas constituciones y códigos civiles y penales, actualmente vigentes, protegen la intimidad de las personas prescribiendo como ilícitos todas aquellas conductas que conozcan indebidamente y divulguen secretos o confidencias relativos al ámbito de la privacidad personal y ordenamientos jurídicos normas protectoras de la intimidad, este interés existencial es tutelado por la jurisprudencia. El autor en su ejercicio profesional ya largo a la fecha ha conocido en carne propia este derecho y deber principista. El joven abogado toma debida nota a este a este deber, derecho y responsabilidad.

LA DEONTOLOGÍA JURÍDICA COMO HUMANIZADORA DEL DERECHO ANTE LA GLOBALIZACIÓN

Aunque se admitiera, siguiendo la posición a ultranza de Kant y Kelsen, que el Derecho fuese totalmente independiente de la ética, la Deontología Jurídica abriría, de par en par, una puerta de acceso de la ética a la práctica jurídica. La ética exigiría a legisladores, jueces y abogados una actuación responsable, de acuerdo a los valores jurídicos fundamentales. De este modo la ética accedería al Derecho, no por una puerta falsa, sino más que por la vía de la teoría, por el camino de la práctica.

La ética constituye el ámbito que inspira y cobija los más nobles sentimientos del ser humano. Sin ética el hombre estaría sin "hogar", a la intemperie, desamparado en un mundo en el que sólo imperaría la ley de la selva y la de los más bajos instintos.

Así pues, urge una renovación de la moral, que en diálogo con la postmodernidad genere una moral de la persona, una moral concreta, una moral de actitudes y de opciones fundamentales. Urge promover, no una moral minimalista, sino una moral de aspiraciones.

Las recientes aventuras bélicas de los últimos años con las secuelas de hambre, destrucción y muerte nos están revelando la importancia y necesidad de la ética, no sólo a nivel individual y nacional, sino a un nivel planetario. Los esfuerzos humanos para construir un mundo más justo, más humano y más fraterno, van mucho más allá de los progresos técnicos, que sin la guía de la ética pueden convertirse en una amenaza para la paz y la justicia. Ahora bien, la orientación del progreso a nivel técnico y político debe pasar por la ética y especialmente por la ética de las profesiones, y entre ellas, por la ética de la profesión jurídica.

Quizá ninguna profesión, como la jurídica, esté sometida a una tan fuerte tensión: la de guiarse por los altos ideales de la justicia y la equidad, y la de dejarse arrastrar por las más bajas inclinaciones hacia la corrupción y la injusticia. Lamentablemente el problema no es nuevo, ni se circunscribe a una sola nación.

En efecto, la mala fama de la profesión jurídica ya existía desde la época de Platón. El filósofo de la Academia escribió en su diálogo Las leyes: "Hay muchas cosas nobles en la vida humana, pero en la mayoría se fijan males que fatalmente los corrompen y dañan... sin embargo, a esta profesión que se nos presenta bajo el bello nombre de arte se le asigna una mala reputación... Ahora bien, en nuestro Estado este llamado arte... no debería existir jamás".

No sólo Platón, empero, los eliminó de su Estado, también Tomás Moro, un gran abogado, los desterró de su Utopía: "Ellos no tienen abogados entre sí, porque los consideran la clase de personas cuya profesión es desvirtuar las cosas".

Más radical es la proclama de los revolucionarios del drama Enrique VI de Shakespeare: "Lo primero que debemos hacer es matar a todos los abogados".

Siendo una profesión tan noble, las recriminaciones contra los abogados son un hecho casi universal. Después del descubrimiento

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