Derecho Romano
guadalupelopez29 de Noviembre de 2011
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TEMA III
PERSONAS
Dentro de la familia romana, se distinguen las personas sui iuris (de propio derecho) de las alieni iuris (derecho ajeno). Las primeras son las que poseen, si son hombres, la plena capacidad jurídica, y son los paterfamilias, personas que gozan además, del status libertatis (son libres) y del status civitatis (son ciudadanos romanos). Se logra este status al encontrarse libres de autoridad sobre ellos, ya sea por muerte de sus antecesores varones, por vía masculina, o por haber sido emancipados. Los sui iuris y paterfamilias son cabeza de sus familias y poseen distintas potestas: la patria potestas sobre sus filius (liberis y adoptados), la manus sobre su esposa y nueras, y el mancipium sobre los incorporados en causa mancipi, por venta de su pater o por abandono noxal (quien cometía un delito era entregado en noxa a la víctima si su pater no optara por reparar el daño cometido). El pater era también el dueño de los esclavos sobre los que tenía la dominica potestas, y del patrimonio familiar (dominium).
Las mujeres podían también ser sui iuris por haber muerto el pater, pero nunca serían pater, ya que no podían ser cabeza (iniciar) de una familia. En este caso, de ser las mujeres sui iuris; si eran impúberes estaban bajo la tutela prevista para los menores (igual que los varones) pero cumplidos los 12 años quedaban bajo la tutela perpetua de los agnados mientras no se casaran. En época de Augusto se les otorgó el ius liberorum, que significaba la posibilidad de no tener tutor si se era ingenua con tres hijos o liberta con cuatro.
Los alieni iuris estaban bajo la potestas del pater, cualquiera sea su sexo o edad; podían casarse con su conformidad y si bien los varones púberes podían ejercer cargos públicos, litigar y votar en los comicios, como no tenían patrimonio no podían testar. Todo lo que adquirían ingresaba al patrimonio familiar, cuyo dueño era el pater, lo que se mitigó con la aparición de los peculios, o pequeños patrimonios que pudieron ir adquiriendo los filius, separados del patrimonio familiar
AUTOEVALUACIÓN
TEMA III
*Instrucciones: conteste correctamente las siguientes preguntas.
1. Explique que es la adquisición y pérdida de la personalidad.
Es el conjunto de cualidades jurídicamente relevantes: libres, ser romanos, familia independiente : patria potestad.. O por lo contrario perdida cuando: muere; incurre en esclavitud o bien por cambiar de ciudadania.
2. ¿Cuáles son los requisitos de la personalidad?
Libres, ser romano y patria potestad.
3. Explique breve referencia al Status Libertatis; naturaleza jurídica del esclavo.
En Roma los hombres se dividían en libres y esclavos. Sólo los libres tenían capacidad jurídica. El esclavo era la persona la que la norma positiva privaba una situación de libertad. Sólo se terminaba cuando se declaraba una institución de libertad.
Abandono noxal cuando se daba al esclavo por acto de indemnización.
4. ¿Cuáles son las causas de la esclavitud prevista por el Ius Gentium, Ius
Civile y en el Ius Honorarium?
El Ius Gentium es el derecho que se aplicaba a los extranjeros y a los romanos en sus litigios con estos. El ius civile es el antiguo derecho romano, que se manifiesta en las costumbres, leges, senadoconsultos y plebiscitos. El ius honorarium se basaba en los edictos de los magistrados, y respondía al derecho que éstos tenían de hacer reglamentos y comunicaciones
Servir en las legiones romanas.
5. ¿Cuáles son las causas de la extinción de la esclavitud?
Las leyes de estoa, filosofia estoica. El feudalismo. La union con los barbaros. Manumitido-libertad.
6. ¿Cuáles son las fuentes de la ciudadanía romana?
SE ADQUIRIA POR NACIMIENTO EN CASO DE
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