Derecho Romano
Montserrat8525 de Septiembre de 2014
507 Palabras (3 Páginas)158 Visitas
CARACTERÍSTICAS EFECTOS JURÍDICOS CLASIFICACIÓN CAUSAS DE EXTINCIÓN REQUISITOS
Persona física -Ser humano libre.
-Dotado de personalidad.
-Susceptible de ser sujeto de derechos y obligaciones.
-Se producen desde antes de nacer y trascienden aún después de la muerte.
Herencia (incluso del niño concebido, siempre y cuando naciera vivo y viable)
-Ciudadanos.
-Esclavitud. (Modalidad de capitis deminutionis máxima).
-Capitis deminutionis, propiamente no es la pérdida, pero sí se disminuye la personalidad debido a cambios de s posición respecto al orden jurídico. Tener:
-Status libertatis (Ser libre no esclavo).
-Status civitatis (Ser romanos, no extranjeros).
-Status Familiae (Ser independientes de la patria potestad).
Personalidad
-Conjunto de características.
- Permiten distinguir a un individuo de otro.
-Caracteres que integran a la personalidad son: capacidad, patrimonio, domicilio y nombre.
-Se producen desde antes de nacer y trascienden aún después de la muerte.
-Status libertatis (Ser libre no esclavo).
-Status civitatis (Ser romanos, no extranjeros).
-Status Familiae (Ser independientes de la patria potestad). -Muerte.
-Capitis deminutionis máxima, mínima y moderada. (Propiamente no es la pérdida, pero sí se disminuye la personalidad debido a cambios de s posición respecto al orden jurídico).
-Pérdida de ciudadanía.
-Pérdida de calidad de ser sui iuris. -Ser persona física.
Persona colectiva -Ficción jurídica.
-Agrupaciones de hombres y ordenaciones de bienes a los que la Ley les reconoce patrimonio y condición de sujetos de derecho.
-Tienen fines comunes. -Capacidad de ser titulares de derechos y facultad de crear, modificar y extinguir derechos y obligaciones. -Corporaciones o asociaciones (consecución de un fin común generalmente de lucro).
-Fundaciones (fines de beneficencia). -Por acuerdo de los integrantes de la persona moral.
-Porque se acabe el fin a perseguir. -Integradas por tres personas mínimo.
-Fin común y lícito.
-Tener estatuto.
-Tener patrimonio independiente.
-Tener representantes.
-Existencia independiente de la de sus miembros.
Esclavitud -Institución jurídica.
-Representaba el estatus del individuo.
-El sujeto se consideraba cosa perteneciente a una persona física libre.
-No tiene personalidad jurídica. -El dueño ejercía poder sobre vida y muerte del esclavo.
-Actio Noxalis.- en caso de que el esclavo cometiese delito, el ofendido tenía derecho a esta acción contra el dueño para que le pagara una indemnización, o en su caso podía realizar el abandono noxal que era dejar en manos del ofendido al esclavo.
-Esclavo podía tener peculium y dinero.
- -Libertos ciudadanos (adquirían libertad y ciudadanía).
-Libertos latinos junianos (obtenían su libertad de forma no solemne).
-Libertos dedicticios (esclavo con mala conducta).
SOLEMNES:
-Por vindicta (proceso fingido).
-Por censo (inscripción del esclavo al censo).
-Por testamento (declaración de voluntad hecha por el dominus o dueño).
-Por declaración hecha por sacerdote.
NO SOLEMNES:
MANUMISIÓN:
-Per epistolam (declaración escrita).
-Invitar a la mesa al esclavo.
-Inter amicus (con la presencia de testigos). -Por Nacimiento.
-Cautividad de guerra.
-Hombres que fingían ser vendidos como esclavos y dividieran su precio con el vendedor.
-Mujeres que se metían con esclavos y después de tres llamadas de atención no cesaba.
-Falta de pago de impuestos.
-Elusión del servicio de armas.
...