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Derecho Subjetivo: es la Relación entre el Deudor y Acreedor


Enviado por   •  4 de Noviembre de 2012  •  Ensayos  •  530 Palabras (3 Páginas)  •  499 Visitas

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Derecho objetivo:

Derecho subjetivo: es la relación entre el deudor y acreedor.

Derecho adjetivo: son las normas para hacer valer los derechos.

El derecho para los romanos era el conocimiento divino de lo justo y de lo injusto.

Ius Flavinium-> religión

->jurisconsultos eran consultados para resolver controversias jurídicas, si alguna persona pedía prestado determinada cantidad de cobre u oro y otra persona no quería regresar se recurría a ellos para saber que era lo justo, o por ejemplo una herencia, hay un problema en términos hereditarios que se llama la:

Premoriencia: esto dice que si el padre fallece al mismo tiempo que el hijo, por los romanos fue resuelto diciendo que no le tocaba heredar al hijo (articulo 1237 código civil federal)

Conmoriencia: no se sabe en el accidente quien murió primero porque pudo ser que el hijo y no estaban de acuerdo en que el descendiente heredara.

Ius Civile=Derecho Civil.

Justicia distributiva: darle a cada quien lo que le corresponda.

Roma era una sociedad evidentemente dominada por los hombres mayores de edad (SUI IURIS) ellos eran los únicos aplicables del Ius Civile.

A los extranjeros se les aplicaba el IUS GENTUM.

El IUS HONORARIUM fue creado por los pretores para aplicarse a los que no eran ciudadanos romanos.

Silogismos: juicios de valor aplicados al derecho

Juicios categóricos, no admiten contradicción (imperativo categórico) y se aplican a leyes de carácter físicas (ley que siempre será cumplida) siempre será así e indican lo que debe ser.

Si es A es B.

Imperativos atributivos: están condicionados a una actividad del ser humano a diferencia de los categóricos, estos imperativos atributivos se refieren a lo que debe ser, no a lo que es.

Si es A debe ser B, Si no es B es C.

Una norma jurídica: es una norma que produce consecuencias en caso de no cumplirse y que tiene las siguientes características:

1. Son normas bilaterales.

2. Es externa, o sea, se tiene que exteriorizar en el mundo físico (no bastaría con la intención) porque físicamente se tiene que cumplir. Tiene una pequeña fase interna, sobre todo los elementos de los contratos como dolo o mala fe.

3. Es coercible porque el estado a través del poder judicial obliga a que se cumpla la ley. (esta es la característica fundamental de las normas jurídicas.

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