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Derechos Humanos

erikam22032 de Diciembre de 2012

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Justicia y Derechos Humanos

La justicia es la encargada de realizar estudios, investigaciones y propuestas que favorezcan el compromiso de las organizaciones de la sociedad civil con la promoción, protección y defensa de los derechos humanos y la dignidad del ser humano, en el marco de una política pública socialmente concertada.

La justicia se representa por una mujer con los ojos vendados, con una balanza en una mano y una espada en la otra.

El término justicia viene de Iustitia, y el jurista Ulpiano la definió así:

Iustitia est constans et perpetua voluntas ius suum cuique tribuendi; "La justicia es la constante y perpetua voluntad de dar (conceder) a cada uno su derecho". Los derechos son: "honeste vivere,alterun non laedere et suum quique tribuere"... "vive honestamente, no hagas daño a nadie y da a cada uno lo suyo"

La palabra justicia designó, originalmente, la conformidad de un acto con el derecho positivo, no con un ideal supremo y abstracto de lo justo. A dicho concepto objetivo corresponde, en los individuos, una especial actividad inspirada en el deseo de obrar siempre conforme a derecho; desde este punto de vista, Ulpiano definió la justicia, según el texto transcrito. Se cree que el jurista se inspiró en la filosofía griega de pitagóricos y estoicos. Resulta, así que la iustitia es una voluntad que implica el reconocimiento de lo que se estima justo y bueno (aequum et bonum).

El observar el adecuarse a la ley en las acciones humanas, los principios jurídicos se concentran de manera constante y perpetua. De tal modo, la justicia pierde su contenido abstracto, de valor ideal y estático, transformándose en una práctica concreta, dinámica y firme que permanentemente ha de dirigir las conductas.

La justicia (del latín, Iustitia) es la concepción que cada época y civilización tiene acerca del sentido de sus normas jurídicas. Es un valor determinado por la sociedad. Nació de la necesidad de mantener la armonía entre sus integrantes. Es el conjunto de reglas y normas que establecen un marco adecuado para las relaciones entre personas e instituciones, autorizando, prohibiendo y permitiendo acciones específicas en la interacción de individuos e instituciones.

Este conjunto de reglas tiene un fundamento cultural y en la mayoría de sociedades modernas, un fundamento formal:

 El fundamento cultural se basa en un consenso amplio en los individuos de una sociedad sobre lo bueno y lo malo, y otros aspectos prácticos de cómo deben organizarse las relaciones entre personas. Se supone que en toda sociedad humana, la mayoría de sus miembros tienen una concepción de lo justo, y se considera una virtud social el actuar de acuerdo con esa concepción.

 El fundamento formal es el codificado formalmente en varias disposiciones escritas, que son aplicadas por jueces y personas especialmente designadas, que tratan de ser imparciales con respecto a los miembros e instituciones de la sociedad y los conflictos que aparezcan en sus relaciones.

En el lenguaje común, el término justicia arrastra consigo la intuición de que «las personas deben recibir el trato que se merecen» y, en este sentido, conserva aún todo su vigor la definición de Ulpiano: «Dar a cada uno lo suyo». Desde el punto de vista individual, según Aranguren, la virtud de la justicia es el hábito consistente en la voluntad de dar a cada uno lo suyo.

Los Derechos Humanos

Los derechos humanos son aquellas libertades, facultades, instituciones o reivindicaciones relativas a bienes primarios o básicos que incluyen a toda persona, por el simple hecho de su condición humana, para la garantía de una vida digna, sin distinción alguna de etnia, color, sexo, idioma, religión, opinión política o de cualquier otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición.

Las políticas públicas desplegadas por el Estado venezolano, desde 1999, se orientan a garantizar los derechos humanos y lograr la inclusión plena de los venezolanos y las venezolanas, haciendo posible su realización y disfrute de manera integral y, especialmente, los derechos colectivos económicos, sociales y culturales.

El Título III del Texto Fundamental desarrolla el articulado de derechos consagrados para la construcción del nuevo modelo de nación, basado en el respeto de los derechos humanos. El artículo 19, garantiza el respeto de los derechos humanos conforme al principio de progresividad y sin discriminación, siendo obligatoria para los órganos del Poder Público, de conformidad con la Constitución, con los tratados sobre derechos humanos suscritos y ratificados por la República.

En Venezuela el artículo 23 de la constitución establece: "Los tratados, pactos y convenciones relativos a derechos humanos, suscritos y ratificados por Venezuela, tienen jerarquía constitucional y prevalecen en el orden interno, en la medida en que contengan normas sobre su goce y ejercicio más favorables a las establecidas en esta Constitución y en las leyes de la República, y son de aplicación inmediata y directa por los tribunales y demás órganos del Poder Público".

La República Bolivariana de Venezuela asume el importante compromiso internacional de presentar el Examen Periódico Universal, mecanismo del Consejo de Derechos Humanos encomendado por la resolución 60/251.

Instrumentos internacionales de derechos humanos ratificados por el Estado venezolano:

 Pacto Internacional de los Derechos Económicos, Sociales y Culturales

 Pacto Internacional de los Derechos Civiles y Políticos

 Protocolo Facultativo del Pacto Internacional de los Derechos Civiles y Políticos

 Segundo Protocolo Facultativo del Pacto Internacional de los Derechos Civiles y Políticos

 Convención Internacional sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Racial

 Convención Contra la Tortura y otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes

 Convención sobre la Eliminación de todas las formas de Discriminación contra la Mujer

 Protocolo Facultativo de la Convención Sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Contra la Mujer

 Convención sobre los Derechos del Niño

 Protocolo Facultativo de la Convención de los Derechos del Niño Relativo a la Venta Prostitución Infantil y utilización de Niños en la Pornografía

 Protocolo Facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño Relativo a la Participación de Niños en Conflictos Armados

Cuáles son los derechos humanos?

Toda persona tiene derecho:

 A la vida.

 A la integridad personal -física, psíquica

y moral.

 A la libertad personal.

 A peticionar ante las autoridades.

 A la libertad de expresión.

 A la protección de la libertad de conciencia y de

religión.

 A reunirse libremente y a asociarse.

 A la identidad y la nacionalidad.

 A la propiedad privada.

 A circular y a residir en el territorio de un Estado.

 A un juicio justo en un plazo razonable ante un tribunal

objetivo, independiente e imparcial y a la doble instancia judicial.

 A la presunción de inocencia.

 A la defensa.

 A no ser discriminado.

 A trabajar.

 A la salud.

 A la cultura.

 A la protección y asistencia familiar.

 A la asistencia de niños y adolescentes.

 A recibir protección y asistencia durante el embarazo

y parto.

 A una alimentación, vestido y vivienda adecuadas.

 A la educación pública y gratuita en todos

los niveles de enseñanza.

 A un medio ambiente sano y equilibrado.

 A la autodeterminación de los pueblos.

 A la protección de su salud, seguridad e intereses

económicos y a una información adecuada y veraz

en relación al consumo y uso de bienes y servicios

 A vivir en paz.

 Al desarrollo humano económico y social sostenible.

La Constitución Venezolana y los Derechos Humanos

La Constitución de Venezuela de 1999 fue adoptada en diciembre de 1999, impulsada por Hugo Chávez, actual Presidente, recibiendo un gran respaldo de diversos sectores, incluyendo a actores de la Constitución de Venezuela de 1961, como Luís Miquilena y el rechazo de los partidos tradicionales. Chávez y sus seguidores la llaman la "Constitución Bolivariana", por inspirarse en los ideales de Simón Bolívar y su ideología el Bolivarianismo.

Los Derechos Humanos en la Constitución de Venezuela.

Nos referimos ahora al texto constitucional modificado, en lo relativo al tema de los Derechos Humanos, contenido en el Título III, Capítulos I, II, III, V, VIII.

Título III.- De los Deberes, Derechos Humanos y Garantías

Capítulo I.-Disposiciones Generales

"Artículo 19. El Estado garantizará a toda persona, conforme al principio de progresividad y sin discriminación alguna, el goce y ejercicio irrenunciable, indivisible e interdependiente de los derechos humanos. Su respeto y garantía son obligatorios para los órganos del Poder Público de conformidad con la Constitución, los tratados sobre derechos humanos suscritos y ratificados por la República y las leyes que los desarrollen.

Artículo 20. Toda persona tiene derecho al libre desenvolvimiento de su personalidad, sin más limitaciones que

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